Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

Distribución de Gas Natural, Segunda Etapa, Grupo II, Localidad Paraná" y a realizar todos y cada uno de los actos que sean necesarios hasta la finalización total de la obra, cuyo presupuesto oficial, al mes de enero/20, asciende a la suma de $ 70.810.101,26 y con un plazo de ejecución de la obra de 210 días corridos, de conformidad con la documentación aprobada por Resolución N 050/2020 SME.Facultando a la señora Secretaria Ministerial de Energía para que por resolución, designe lo comisión de evaluación de las ofertas, que se presenten a la Licitación Pública N 04/2019 SME-GAS, la que estará integrada por un representante de la Asesoría Legal, un representante de la Dirección de Desarrollo Gasífero y un representante de la Dirección de Administración, el cual debe ser Profesional de Ciencias Económicas, de la Secretaría Ministerial de Energía.Instruyendo a la Secretaría Ministerial de Energía y a la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía Hacienda y Finanzas, a efectuar las previsiones presupuestarias correspondientes para dar continuidad al presente plan de ampliación acorde al cronograma de obras que se determine.La erogación que demande esta contratación será atendida con recursos del Fondo de Desarrollo Energético de Entre Ríos, creado por Decreto Ley N 6879/82 y ratificado por la Ley N 7512, con las modificaciones introducidas por la Ley N 8916, texto según artículo 2 de la Ley N 10153.
RESOLUCIÓN Nº 785 MPIyS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 3 de junio de 2020
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda, solicita modificación del presupuesto de gastos y cálculo de recursos para el año vigente a fin de adecuar los cambios operados durante el corriente ejercicio;
CONSIDERANDO:
Que es necesario efectuar modificación presupuestaria en el presupuesto vigente, con el fin de reflejar las devoluciones de los préstamos entre subfuentes que se hicieron en ejercicios anteriores y cuyos fondos ingresaron en el presente año, ampliando los recursos en las Subfuentes: 0517, Programa Federal de Construcción y Mejoramiento de Viviendas y 5077, Aporte Programa Federal de Construcción de Vivienda Techo Digno y un aumento de la Subfuente 0245, Fondo Nacional de la Vivienda FONAVI, Ley N 23966, incorporando la Clase 04: otras cuentas a cobrar;
Que ha tomado intervención la Oficina Provincial de Presupuesto, manifestando que la modificación propuesta resulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones del artículo 14 de la Ley N
10754, Presupuesto 2020;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial, Ejercicio 2020, establecido por Ley N 10754, mediante ampliación de créditos por la suma de Pesos setenta y dos millones novecientos veintiséis mil ochocientos diez con ochenta centavos $
72.926.810,80 en la Jurisdicción 25, Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, Unidad Ejecutora: Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda, conforme se discrimina en planillas analíticas del recurso y del gasto que adjuntas forman parte integrante del presente decreto.Art. 2º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios y de Economía, Hacienda y Finanzas.Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, archívese, remítase copia a la Honorable Legislatura y pasen las presentes actuaciones al Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda, a sus efectos.GUSTAVO E. BORDET
Raúl M. Richard Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 800 MPIyS
RECONOCIENDO Y PAGANDO PRESTACIÓN DE SERVICIO
Paraná, 9 de junio de 2020
VISTO:
El servicio de traslado de sacas a fin de distribuir correspondencia entre la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones y sus delegaciones en el interior de la provincia prestado por la empresa Servijur SRL durante el período comprendido entre el mes de septiembre de 2016 al 18 de junio de 2019 inclusive; y CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Nº 251 MPIyS, del 10 de julio 2013
se aprobó la Licitación Privada Nº 91/12, adjudicándose a la empresa Servijur SRL, la prestación del servicio de traslado de sacas de correspondencia entre la sede de la Subsecretaría de Arquitectura y
Paraná, martes 28 de julio de 2020

Construcciones y sus delegaciones en el interior de la provincia, por el término de veinticuatro 24 meses con opción a favor del Estado de prórroga por doce 12 meses más, a un precio unitario de $ 450,00 el bolsín y un valor mensual de $ 7.200,00, destacando que dicho contrato venció el 27 de agosto de 2016;
Que con posterioridad mediante la Resolución Nº 1.331/17 MPIyS, se autorizó a la Unidad Central de Contrataciones del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, a efectuar una licitación pública, con el objeto de contratar el servicio de traslado de sacas antes citado, destacando que ante la falta de ofertas, por Resolución Nº 442/19 MPIyS se aprobó lo actuado en la Licitación Pública Nº 29/17, declarándose desierto el llamado antes citado, autorizando a efectuar un segundo llamado licitación pública, con el objeto de contratar el servicio de traslado de sacas de correspondencia entre la sede de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones y sus delegaciones en el interior de la provincia;
Que mediante Resolución Nº 1.106/19 MPIyS, se adjudicó a la empresa Servijur SRL la contratación del servicio de traslado de sacas de correspondencia en el interior de la provincia, por doce 12 meses, con opción a favor del Estado de prorrogarlo por doce 12 meses más, a un valor mensual de $ 83.616,00 por ser la propuesta más conveniente a los intereses del Estado Provincial, firmándose el contrato en fecha 19 de junio de 2019;
Que el servicio de sacas ha sido en todo momento indispensable para dar celeridad a las tramitaciones que la política del Gobierno Provincial encara, trasladando cuantiosa documental entre la sede de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, como así también de distintos organismos, dependientes del Ministerio de Planeamiento, lnfraestructura y Servicios, con el objeto de llevar adelante las obras que se ejecutan en la provincia;
Que por tal motivo la Administración continuó usufructuando el servicio de sacas prestado por la empresa Servijur SRL, quien continuó con la prestación efectiva del servicio a pesar de haber operado el vencimiento del contrato original en fecha 27 de agosto de 2016, adjuntando la facturación respectiva por el monto previsto en el contrato vencido, comunicando mediante nota de fojas 72, que a partir del 1º de noviembre del año 2017, el precio de la prestación ascendería a $ 54.450 con IVA incluido;
Que obran en autos las facturas correspondientes a los periodos comprendidos entre septiembre de 2016 a junio de 2019, ascendiendo la deuda capital a la suma total de $ 1.168.020,00, conforme se detalla en el Anexo I;
Que la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones a fojas 1/2 y fojas 69/70 manifiesta que la firma Servijur SRL ha mantenido ininterrumpidamente el servicio en idénticas condiciones, aún después de haber fenecido el contrato por finalización del plazo pactado;
Que por expediente Nº 1.888.204 se tramitó el proceso licitatorio para adjudicar el servicio, cuyo resultado en una primera instancia quedó desierto, adjuntándose posteriormente la Resolución Nº 1106/19 MPIyS que el proceso y adjudica el servicio. Sin entrar en consideraciones demora en la tramitación de la adjudicación del servicio en los términos de la Ley 5.140 t.u.o. por Decreto Nº 404/95 MEOySP y Decreto Nº 795/96 MEOySP, conforme manifiesta el organismo antes mencionado, el servicio se mantuvo ininterrumpido, adjuntándose mensualmente la facturación para el reconocimiento y pago del servicio;
Que a fojas 41 vto., toma intervención el asesor legal de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones y manifiesta que el Poder Ejecutivo, en uso de sus facultades que les son propias y exclusivas, y sobre todo a los efectos de evitar el enriquecimiento sin causa por parte de la Administración y de reclamos futuros, podrá reconocer el gasto y autorizar su pago, criterio que ha compartido a fojas 48 y vto. la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, mencionando este último además que según surge del presupuesto que se adjunta a fojas 89, el precio del servicio brindado ha sido conveniente en términos económicos, pues resulta ser un 31,37%
del presupuesto ofrecido por el Correo Oficial de la República Argentina a la misma fecha de comparación;
Que según puede observarse en los considerandos de la resolución que aprueba la licitación, la empresa Servijur SRL ha sido quien ha cotizado muy por debajo de los demás oferentes $
83.616 mensuales, siendo la más conveniente al mes de abril de 2019. Es decir, si bien el servicio ha ido aumentando en su costo, aún por fuera del contrato, el precio no resulta ser irrazonable, considerándose que ha sido un precio más que conveniente;
Que siguiendo lo expresado a fojas 165 por la Dirección de Asuntos Jurídicos en su informe ampliado a raíz de una serie de observaciones efectuadas por la Contaduría General de la Provincia, sin perjuicio de las medidas que puedan adoptarse respecto a las responsabilidades que concurran en relación al reconoci-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha28/07/2020

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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