Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/2/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 28 de febrero de 2020

BOLETIN OFICIAL

Encuadrando el presente procedimiento administrativo en lo establecido por los siguientes textos legales: Resolución N 5392/10 MS
y su modificatoria Resolución N 881/12 MS, Decreto N 44/17 MS y Decreto N 464/17 MS.
Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, por un importe $
14.700,00, para solventar el costo del subsidio otorgado anteriormente, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilización parcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de los m is mo s , a tra vé s d e un de pó sito e n la C ue nta C orriente N
001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos - Sucursal 01 - Paraná Centro, CBU N 3860001001000066259955 a nombre de la UGP
Incluir Salud dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos. La constancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139 de Paraná C.P. 3100, en forma conjunta con copia del presente texto legal y nota del Director del Hospital dirigida a la mencionada Unidad de Gestión Provincial, explicando el motivo de dicha devolución.
RESOLUCION Nº 3769 MS
Paraná, 30 de octubre de 2017
Modificando el Presupuesto General de la Administración Provincial Ejercicio 2017 - Ley N 10.465 - en la Jurisdicción 45 - Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora: Dirección del Hospital Bicentenario Paraná; mediante transferencia compensatoria de créditos, por la suma de $ 4.978.284, de conformidad a la planilla analítica del gasto, que agregada forma parte integrante de la presente resolución, ya que la modificación presupuestaria propuesta, tiene por objeto dar solución presupuestaria a la asistencia financiera a otorgar al Hospital de la Baxada Dra. Teresa Ratto Paraná.
RESOLUCION Nº 3770 MS
Paraná, 30 de octubre de 2017
Autorizando un llamado a solicitud de cotización a realizar a través del Departamento Contrataciones dependiente de la Dirección General de Administración de este Ministerio, para la contratación y ampliación de 660 licencias de un Software Antivirus para 650 equipos de trabajo y 10 servidores en este Ministerio de Salud, por el período de 12 meses, por la suma aproximada de $ 121.488,00.
Encuadrando la presente gestión en la Ley N 5140 - texto único y ordenado por Decreto N 404/95 MEOSP - Capítulo II - Título III artículo 26 - Inciso B concordante con el Decreto Reglamentario N
795/96 MEOSP - Título I - Capítulo I - artículo 5 - Punto 3 - artículo 6 - Punto 3 - Inciso 3 y Título IV; y Decreto Modificatorio N 723/17
MEHF.
Aprobando los pliegos de condiciones particulares, técnicas y de condiciones generales, los que agregados forman parte integrante de la presente resolución.
RESOLUCION Nº 3771 MS
Paraná, 30 de octubre de 2017
Aprobando la Solicitud de Cotizaciones N 96/17 cuya fecha de apertura tuvo lugar el día 13 de septiembre de 2017 y autorizada mediante Resolución N 2836/17 MS, para la compra de 3 Scanner y 3 Impresoras láser monocromo, con destino al Programa UGP Incluir Salud de este Ministerio.
Adjudicando la compra solicitada de la siguiente manera: Azteca S.A.: Renglón 01: 3 Scanner HP 2500 - Cama Plana L2747A, a un precio unitario de $ 6.689,00, siendo el monto total adjudicado de $
20.067,00; y a SYS Computación de Savini G., Machado H. y Favot M.S.H.: Renglón 02: 3 Impresoras Láser Monocromo Ethernet USB
Wifi - HP Laser M203 DW, a un precio unitario de $ 4.200,00, siendo el monto total adjudicado de $ 12.600,00.
Encuadrando el presente procedimiento administrativo en la Ley N
5140 - texto único y ordenado - Decreto N 404/95 MEOSP - Capítulo II, Título III, artículo 26 - Inciso B - concordante con el Decreto Reglamentario N 795/96 MEOSP - Título I - Capítulo I - artículo 5 Punto 3 y artículo 6 - Punto 3 y Título IV y su modificatorio Decreto N 423/17 MEHF y Convenio Marco del Programa Federal Incluir Salud - Decreto 464/14 MS.
Autorizando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a efectivizar el pago a las firmas que han resultado adjudicadas las sumas de pesos que corresponda, en virtud a lo adjudicado anteriormente, previa presentación de documentación debidamente conformadas, según normativa legales e impositivas, debiendo el Departamento Tesorería rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

RESOLUCION Nº 3772 MS

13

Paraná, 30 de octubre de 2017
Autorizando y reconociendo el pago en concepto de haberes ca íd os a fa vo r de los hijos, Marta Romina La P az, D NI N
26.892.199, María Alejandra La Paz, DNI N 31.304.153, Mario Jorge La Paz, DNI N 23.884.595, Silvana Beatriz La Paz, DNI Nº 21.487.376 y Miguel Ángel La Paz, DNI N 22.633.957, correspondiente a los haberes que percibía su extinta madre la ex agente Rosa del Carmen Villagra, DNI Nº 5.709.117, cuyo deceso se produjo el día 30 de julio de 2016.
Encuadrando la presente en el Decreto Nº 1549/91 MEH, artículos 2º y 3º.
Facultando al Departamento Liquidaciones de este Ministerio de Salud a realizar los cálculos correspondientes a los efectos de hacer efectivo el pago solicitado la suma que corresponda en concepto a lo autorizado y reconocido anteriormente.
RESOLUCION Nº 3773 MS
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 30 de octubre de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el agente Emanuel Claudio Ezequiel Franco, DNI N 29.346.496, interpone recurso de apelación disciplinaria contra Disposición Interna N 27/17 del Hospital Pascual Palma de Paraná; y CONSIDERANDO:
Que por dicha disposición se establece la sanción de apercibimiento al Sr. Franco por haberle faltado el respeto a quien fuera Directora del Hospital Pascual Palma de Paraná, y por amenazar a la Jefa de División Personal, en fecha 5 de junio de 2017;
Que el agente en cuestión revista en un cargo Categoría 06 Personal de Servicios Generales - Escalafón General del Hospital Pascual Palma de Paraná;
Que en relación a la supuesta condición de delegado gremial de UPCN del agente Franco, manifestada a fs. 27 en el informe de la entonces Directora del nosocomio, surge que de acuerdo a la documentación aportada por el Departamento Personal del Ministerio de Salud y por la información brindada por el Departamento Registros y Legajos de la Dirección General de Recursos Humanos, que el agente no posee la condición gremial que presuntamente alegaba;
Que asimismo en fecha 1 de junio de 2017 por un error involuntario se aplicó al agente Franco una falta con aviso, y al tomar conocimiento de esta circunstancia, que fue oportunamente subsanada, el agente Franco se dirige a la Jefa de la División Personal en fecha 5 de junio de 2017 profiriendo insultos y amenazas, lo que ocurrió en presencia de testigos, motivando que la Sra. Acosta formule la exposición policial y que los agentes que presenciaron esta situación brinden un informe de los hechos, y previo a la aplicación de la sanción, se notificó al agente a fin de que formule el descargo que por ley le corresponde;
Que del aspecto formal debe advertirse, que pese a la calificación de apelación disciplinaria que le concede el recurrente, invocado asimismo el Artículo 69 de la Ley 7060 - Procedimientos para Trámites Administrativos, el mismo agente despliega una actitud que impide considerarlo como tal, ya que este artículo dispone:
Este recurso deberá ser interpuesto ante la autoridad que impuso la sanción, dentro de los tres días de notificada. En igual término el funcionario deberá elevar al superior jerárquico el recurso con su informe: circunstancia que no se verifica en los presentes toda vez que el remedio recursivo fue presentado ante el Sr. Ministro de Salud por Mesa de Entradas en fecha 5 de julio, por lo que se necesitó remitir los actuados al Hospital Pascual Palma de Paraná, a fin de que se informe lo sucedido y se anexe la Disposición Interna puesta en crisis, por lo que corresponde admitirlo como un recurso de apelación;
Que el argumento de que se vio vulnerado el derecho de defensa resulta falaz, ya que se observa copias de pedidos de descargo, el primero del que es notificado en fecha 7 de junio a fs. 04, el segundo de fecha 12 de junio a fs. 08, y el tercero en fecha 16 de junio a fs.
12, y cuya respuesta se anexa a fs. 13/14 en fecha 22/06/17;
Que corre agregado en autos nota de la Directora del Hospital Pascual Palma de Paraná, quien presenció los hechos que dan lugar a la sanción de apercibimiento aplicada y a fs. 16/17 informe realizado en cumplimiento de lo prescripto por el Artículo 69 de la

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/2/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha28/02/2020

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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