Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/12/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 25.125 - 232/12

PARANA, jueves 13 de diciembre de 2012

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
LEYES
LEY Nº 10181
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1º: Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a recibir en carácter de donación el inmueble propiedad de los Sres. Lisman Orlando Antonio, Lisman Jorge María y Lisman Aldemar, que es el desprendimiento del remanente del campo ubicado en la Séptima Sección, Distrito Ceibas, Dpto. Gualeguaychú hoy Islas del Ibicuy, cuyo dominio figura inscripto con el Nº 25.161, Fº 481, Tº 78, con una superficie de seis mil trescientos sesenta y nueve metros cuadrados con sesenta y cinco decímetros cuadrados 6.369,65 m2. que es la suma total de calles, ochavas y reserva fiscal lotes A y B, conforme al acta de donación firmada por los donantes.
Art. 2º: Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a transferir a nombre del Municipio de Villa Paranacito el inmueble citado en el artículo 1º.
Art. 3º: Facúltase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites necesarios para la efectiva transferencia del dominio en primer al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, y seguidamente al Municipio de Villa Paranacito.
Art. 5º: Comuníquese, etc.Paraná, Sala de Sesiones, 21 de noviembre de 2012
José Angel Allende Presidente H. Cámara Diputados Nicolás Pierini Secretario H. Cámara Diputados José Orlando Cáceres Presidente H. Cámara Senadores Laurato Schiavoni Prosecretario H. Cámara Senadores
EDICION: 26 Págs. - $ 2,50

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
Paraná, 10 de diciembre de 2012
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 10 de diciembre de 2012. Registrada en la fecha bajo el Nº 10181. CONSTE Adán Humberto Bahl.
LEY Nº 10182
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1º: Ratifícase la vigencia de la declaración de utilidad pública dispuesta por Ley Nº 9995, de los inmuebles afectados por la obra Ruta Provincial Nº 23, Tramo Villa Elisa Jubileo, conforme el detalle del Anexo I de la ley mencionada.
Art. 5º: Comuníquese, etc.Sala de Sesiones, Paraná, 4 de diciembre de 2012
José Angel Allende Presidente H. Cámara Diputados Nicolás Pierini Secretario H. Cámara Diputados José Orlando Cáceres Presidente H. Cámara Senadores Mauro G. Urribarri Secretario H. Cámara Senadores Paraná, 10 de diciembre de 2012
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 10 de diciembre de 2012. Registrada en la fecha bajo el Nº 10182. CONSTE Adán Humberto Bahl.

LEY Nº 10183
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
TITULO I
DEL CÓDIGO FISCAL
Art. 1º: Incorporar al Artículo 12º del Código Fiscal T.O. 2006, como Inciso 13, el siguiente:
Efectuar inscripciones y bajas de oficio en todos los tributos administrados por la Administradora, en los casos en que ésta posea información y elementos fehacientes que justifiquen las mismas.
A tales fines, la Administradora previamente notificará al sujeto, contribuyente o responsable los datos disponibles que dan origen a la inscripción o baja de oficio, otorgándole un plazo de quince 15 días hábiles para que cumplimente las formalidades exigidas para la inscripción o baja al Padrón o Registro, o para que aporte los elementos de prueba que justifiquen la improcedencia de la misma.
Cuando el contribuyente o responsable no se presente dentro del plazo establecido precedentemente, o haciéndolo no justifique la improcedencia de la inscripción o la baja, la Administradora dictará el acto administrativo pertinente disponiendo la inscripción o baja de oficio como contribuyente, según corresponda, sin perjuicio de las sanciones que le pudieran corresponder por el incumplimiento a los deberes formales.
Art. 2º: Sustitúyase el último párrafo del Artículo 49º del Código Fiscal T.O. 2006 por los siguientes:
Cuando el tributo y sus intereses fueran cancelados en un solo pago y dentro de los quince 15 días corridos posteriores a la intimación o vista del contribuyente, se generará como sanción una multa automática por omisión del diez por ciento 10% de la obligación tributaria omitida. Dicha multa se elevará al treinta por ciento 30% si el contribuyente opta por formalizar un plan de financiación dentro

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/12/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha13/12/2012

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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