Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/7/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

Suplentes:
1 - BOMZI, Nadia Lorena - MI 26.467.827 2 - RAMÍREZ, María Cristina - MI 20.189.222
Representante al Consejo Federal Nacional Titular:
1 - GRECA, Cecilia - MI 16.795.817
Suplente:
1 - ZABALA, Gregorio - MI 10.070.557 10453 1 v./2.7.12
ASOCIACIÓN DE MAGISTRADOS Y
FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL DE
LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS
Acta Nº 13. En la ciudad de Paraná, a los 16
días del mes de junio de 2012, se reúnen los integrantes de la Junta Electoral de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos, Dres.
Juan M. Ascúa, María Cristina Basaldúa y María del Pilar Mestres, a los fines previstos en el Art. 29, 3º párrafo del estatuto de la asociación, dejando constancias que vencido el plazo establecido para la oficialización de las listas de candidatos, se presentó una sola lista en las condiciones previstas en el primer párrafo de la citada norma estatutaria, denominada Lista Independencia Judicial, integrada por:
Presidente: Dr. Alberto Javier Seró.
Vicepresidente: Dra. Gabriela López Arango.
Secretario general: Dr. Arturo Dumón.
Secretario de Actas: Dr. José Costa.
Prosecretario: Dr. Rubén Chaia.
Tesorero: Dr. Elvio Garzón.
Protesorero: Dr. Federico Planas.
Vocal 1º: Dra. Ana María Stagnaro.
Vocal 2º: Dr. Mariano Martínez.
Vocal 3º: Dr. Rafael Cotorruelo.
Vocal 4º: Dr. Carlos Ramón Zaburlín.
Vocal 5º: Dr. José Manuel Tournour.
Vocal 6º: Dr. Leonardo Portela.
Vocal suplente 1º: Dr. Jorge O. Torres.
Vocal suplente 2º: Dr. José Chemes.
Vocal suplente 3º: Dra. Flavia Pasqualini.
Vocal suplente 4º: Dra. Adriana Acevedo.
Revisor de cuentas titular: Dr. Ricardo Bonazzolla.
Revisor de cuentas suplente: Dr. Juan José Ardoy.
En consecuencia la Junta Electoral deja sin efecto el acto eleccionario de fecha 5 de julio de 2012, correspondiendo que la referida lista sea proclamada en la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el 11 de agosto de 2012
conforme al acta Nº 881 del 8 de junio de 2012.
No siendo para más se da por terminado el acto, en el lugar y fecha indicados, siendo las 17 horas.
F.C.S. 00084298 1 v./2.7.12

RESOLUCION
NUEVA

PARANA
COLEGIO DE CORREDORES PUBLICOS
INMOBILIARIOS DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 3/12
En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia, a los 26 días del mes de junio del año dos mil doce, se reúnen los miembros abajo firmantes del Consejo Directivo del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos, para resolver con motivo del expediente Nº 3/12 seguido contra el Corredor Walter José Alvez, con matricula habilitante Nº 103, a raíz de la denuncia iniciada por el Dr. Carlos Alberto Raina.
A saber:
VISTOS:
El sumario instruido contra el matriculado arriba señalado;
Los hechos y las pruebas efectuadas presentadas en la causa en la denuncia;
El descargo formulado por el matriculado;

Paraná, lunes 2 de julio de 2012

El dictamen de la asesoría legal de fecha 18
de junio de 2012;
La resolución emitida por el Tribunal de Disciplina en fecha 07 de junio de 2012; y;
CONSIDERANDO:
Que los hechos fueron correctamente expuestos por el Asesor Legal de la institución;
Que el encuadramiento legal de la infracción ha sido debidamente considerado y analizado por el Tribunal de Disciplina;
Que este Consejo Directivo comparte los fundamentos de la resolución emitida por el Tribunal de Disciplina;
Que el referido Tribunal aconseja:
1 Sancionar al Corredor Walter José Alvez, con matricula habilitante Nº 103, con la pena prevista por el Inc. b del Art. 47 de la Ley 9739
y el Inc. b del Art. 21 del Código de Disciplina aprobado por Asamblea General Extraordinaria del 02/10/09; a saber, apercibimiento público, por no haber observado, como debía, las previsiones de los Incs. h y j del Art. 9º, e Inc. f del Art. 10, todos de la Ley 9739, como así también del Inc. l del Art. 8º, y b y e del Art. 10, estos últimos del Código de Disciplina aprobado por Asamblea General Extraordinaria del 02/10/09;
2 Dejar constancia que la graduación de la presente sanción responde a la carencia de antecedentes que posee el matriculado y el reconocimiento tácito evidenciado en el depósito de las sumas reclamadas;
3 Indicarle al Corredor Walter José Alvez que en lo sucesivo deberá dirigir su conducta respetando las normas que dicta la profesión y abstenerse de repetir conductas como las demostradas.
Por todo ello;
El Consejo Directivo R E S U E L V E :
1 Sancionar al Corredor Walter José Alvez, con matricula habilitante Nº 103, con la pena prevista por el inc. b del Art. 47 de la Ley 9739
y el Inc. b del Art. 21 del Código de Disciplina aprobado por Asamblea General Extraordinaria del 02/10/09; a saber, apercibimiento público con publicación en diarios de la zona y pagina web del Colegio, por no haber observado, como debía, las previsiones de los Incs. h y j del Art. 9º, e Inc. f del Art. 10, todos de la Ley 9739, como así también del Inc. l del Art.
8º, y b y e del Art. 10, estos últimos del Código de Disciplina aprobado por Asamblea General Extraordinaria del 02/10/09.
2 Dejar constancia que la graduación de la presente sanción responde a la carencia de antecedentes que posee el matriculado y el reconocimiento tácito evidenciado en el depósito de las sumas reclamadas.
3 Indicarle al Corredor Walter José Alvez que en lo sucesivo deberá dirigir su conducta respetando las normas que dicta la profesión y abstenerse de repetir conductas como las demostradas.
4 Notificar al denunciado y al denunciante;
anotar en el libro de resoluciones del Art. 44 de la Ley 9739, y consignar la sanción en el legajo del colegiado.
5 Publíquese y archívese.Osides J.F. Mayor, presidente; Catello J.
Buonocore, secretario.
F.C.S. 00084304 1 v./2.7.12

DESIGNACION DE GERENTE
NUEVAS

PARANA
PANIFICACION LA ENTRERRIANA SRL
Por resolución del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas se ha dispuesto la publicación siguiente por un día en el Boletín Oficial.Fijación de domicilio y designación de gerente.

Razón social: PANIFICACION LA ENTRERRIANA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA.
Sede social: La Rioja Nº 999, de la ciudad de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos.Gerente: Eduardo Raúl CASTRIGNANO, según reunión de socios de fecha 31/10/2011
Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 11 de junio de 2012 - Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00084328 1 v./2.7.12
CYME SRL
Por resolución del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto la publicación por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:
En reunión de socios de fecha 18.11.11, de CYME SRL, con sede social y domicilio legal en calle Feliciano Nº 902, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, se aceptó la renuncia como gerente del Sr. Matteoda Facundo Roberto, DNI Nº 25.717.973, y se designó como gerente al Sr. Caino Guillermo Fabián, DNI Nº 20.554.865, de nacionalidad argentino, estado civil divorciado, comerciante, con domicilio en calle Acebal Nº 628, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, a partir del 18.11.11 y por tiempo indeterminado, quien aceptó el cargo.
Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 26 de diciembre de 2011 - Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00084345 1 v./2.7.12

MODIFICACION DE CONTRATO
NUEVAS

CONCORDIA
NOR OIL COMBUSTIBLES SRL
Por resolución del señor Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de Entre Ríos, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:
NOR OIL COMBUSTIBLES SOCIEDAD DE
RESPONSABLIDAD LIMITADA
Modificación de contrato y designación de gerente Por acta de reunión de socios de fecha 06 de enero de 2012 los señores, ALDO JOSE MIGUEL PETELIN, Documento Nacional de Identidad Nº 25.986.420 argentino, domiciliado en calle República del Brasil Nº 490, de esta ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos; y MARIA BELEN SCHAUVINHOLD, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 32.072.075 domiciliada en República del Brasil Nº 490, de esta ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos; únicos integrantes de la sociedad que gira bajo la denominación de NOR
OIL COMBUSTIBLES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, inscripta en el Registro Público de Comercio Dirección de Inspección de Personas Jurídicas Entre Ríos, Legajo Nº 851 del 27 de abril de 2009 y convienen por unanimidad lo siguiente:
1 Modificar la cláusula séptima del contrato social que quedará redactada de la siguiente forma:
S E P T I M A : L a a d m i n i s t r a c i ó n y r e p r esentación legal de la sociedad será ejercida por uno o más gerentes, socios o no, designado por los socios en asamblea, por el término indefinido hasta que la asamblea lo decida, pudiendo ser reelegidos en forma indefinida.
La designación de socios gerentes, no obligará a la sociedad a reformar su contrato social, ya que dicha designación no constará en el mismo, sino en el acta respectiva. En representación de la Sociedad, ya sea por los Socios Gerentes o por la firma del apoderado o apoderados quedan facultados para realizar todas las actividades y negocios que corres-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/7/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha02/07/2012

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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