Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/8/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

- Desígnase a partir de la toma de posesión en la Jurisdicción 20, Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos, Programa 19, Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, en el grado de Agente al ciudadano Walter Gabriel Lucero, clase 1974, MI N 25.288.323, domiciliado en calle Aristóbulo Del Valle N 745 de la ciudad de Concordia, Entre Ríos.
Art. 2º -- Impútese el gasto a Dirección de Administración 966, Carácter 1, Jurisdicción 20, Subjurisdicción 02, Entidad 000, Programa 19, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 2, Función 20, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 001, Inciso 1, Partida Principal 1, Partida Parcial 1/3/4/6, Partida Subparcial 1005/1506/1512/1518/1520/1035/1055, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del presupuesto 2006.
Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario Ministerial de Obras y Servicios Públicos, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Nº 5906/06 MGJEOySP.
Art. 4º -- Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente decreto pasen estos actuados a la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia de Entre Ríos para la notificación, toma de posesión del designado y oportunamente archívense.
- JORGE P. BUSTI
- Adán H. Bahl - -----DECRETO Nº 8143 GOB
- DENEGANDO SOLICITUD
- Paraná, 4 de diciembre de 2006
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que la Sra. Gómez Amelia, DNI N 18.583.783, gestiona el reconocimiento y pago de una suma de dinero correspondiente a tres 3 meses de sueldo en concepto de luto por el fallecimiento de su esposo, el Sargento Reynoso Emilio Adolfo, ocurrido el 25 de enero de 2005, quien fuera numerario del Servicio Penitenciario de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que a fs. 03/08 obra acta de defunción del Sr. Adolfo Emilio Reynoso, copia de partida de matrimonio, copia de Documento de Identidad, y certificado de convivencia;
Que la Ley N
5797, Régimen Legal del Servicio Penitenciario de Entre Ríos no prevé específicamente el llamado derecho de luto;
Que si bien la Ley N 3289 del Estatuto del Empleado Público, establece en su artículo 34 el subsidio por fallecimiento del empleado, liquidándose a su familia tres 3 meses de sueldo, específicamente en el artículo 1

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/8/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha09/08/2007

Nro. de páginas84

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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