Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/8/2005

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social ha tomado intervención de su competencia;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Hácese lugar a recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra. Dora Alicia Bouchet, con domicilio legal en Rivadavia Nº 326, de esta ciudad, por el presunto retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver la solicitud de jubilación amas de casa, conforme se desprende de los considerandos del presente.
Art. 2º -- Fíjase un plazo de veinte 20 días, contados a partir de la recepción de las actuaciones, para que la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, se pronuncie respecto del reclamo formulado, atento lo expresado en el presente texto legal.
Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 4º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social y pasen las presentes actuaciones a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a sus efectos.
- JORGE P. BUSTI
- Graciela D.L. de Degani - -----DECRETO Nº 2214 MSAS
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 2 de mayo de 2005
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica presentado por el Sr. Abel Vaccaro contra la Resolución Nº 575/03 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que habiendo sido interpuesto en tiempo y forma, el mismo procede contra la medida legal que denegó el reajuste de sus haberes jubilatorios, solicitado con motivo de la sanción del Decreto Nº 158/00 MEOSP;
Que los agravios del actor se centran en dos puntos escasamente desarrollados, ésto es, que el citado decreto es un aumento salarial que tiene carácter

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/8/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha04/08/2005

Nro. de páginas62

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2005>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031