Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 19/4/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Fijase a partir de la fecha el nuevo valor módulo de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 118 de la Ley II N 76
Decreto N 431
Rawson, 15 de abril de 2024
VISTO:
El Expediente N 418-EC-2022 y la Ley II N 76; y CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la modificación del valor módulo establecido en el artículo 118 de la Ley II N 76;
Que el incremento del valor módulo permitirá adecuar las contrataciones a los valores de mercado, en especial las contrataciones directas;
Que el artículo 118 de la Ley II N 76, faculta al Poder Ejecutivo a modificar el valor módulo cuando lo estime oportuno, conforme la variación del índice de Precios Internos al por Mayor o el que en el futuro lo sustituya, que publica el INDEC tomando como base el índice correspondiente a junio de 2005;
Que se agregan a las actuaciones los cálculos de variación del índice de Precios Internos al por Mayor, de conformidad a lo establecido en la normativa provincial vigente en materia de contrataciones;
Que en consecuencia y teniendo en cuenta la variación del índice referido corresponde fijar el nuevo valor módulo a la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO
CON 00/100 $275.458,00;
Que ha intervenido legalmente la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1.- Fijase a partir de la fecha del presente Decreto, el nuevo valor módulo de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 118 de la Ley II N 76, en la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 00/100
$275.458,00.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
Artículo 3.- REGÍSTRESE, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.Lic. IGNACIO AGUSTÍN TORRES
Dr. ANDRÉS MATÍAS MEISZNER
Lic. FACUNDO RAMIRO BALL

Viernes 19 de Abril de 2024

PODER EJECUTIVO: Adecuar, a partir de la fecha del presente decreto, la Estructura Orgánica Funcional en la órbita de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación Decreto N 452
Rawson, 15 de Abril de 2024
VISTO:
El Expediente N 851-SIEyP-2024, la Ley de Ministerios I N 764 sustituida en los artículos 2, 3, 15 y 210
por la Ley I N 770; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 4 de la Ley de Ministerios I N 770, el que sustituye al artículo 21 de la Ley I N
764, el cual fija las competencias de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, enumerando las competencias que asigna la Constitución Provincial;
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4
Inciso 11 de la Ley I N 764, es competencia de cada Ministerio y Secretario de Estado, proponer al Poder Ejecutivo la nueva Estructura Orgánica Funcional de su Departamento;
Que en virtud a la aprobación de las mencionadas Leyes es necesario adecuar la Estructura Orgánica Funcional del ex Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación asignándole la denominación Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación que colaborará con el Poder Ejecutivo en el despacho de los asuntos administrativo, con igual rango y jerarquía que los Ministros Secretarios;
Que asimismo resulta necesario aprobar Misiones, Funciones y Requisitos de los cargos del Agrupamiento Jerárquico de la Ley I N 74 y del Agrupamiento/Carrera Superior/Jerárquico del Convenio Colectivo de Trabajo N 10/11;
Que los cargos Jefe de Departamento pertenecientes al Agrupamiento/Carrera Personal Superior/Jerárquico se encontrarán, a partir de la fecha del presente decreto, encuadrados en los términos previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo N 10/11;
Que por lo expuesto en los anteriores considerandos resulta necesario adecuar la Estructura Orgánico Funcional en la Órbita de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, de acuerdo a lo solicitado, la que consiste en: crear la Subsecretaría de Proyectos Estratégicos de Infraestructura para el Desarrollo, la Subsecretaría de Inspección de Infraestructura Escolar, cambiar la denominación del Departamento Auditoria Externa dependiente de la Dirección de Registro y Control de Gestión el que pasará a denominarse Departamento Seguimientos y eliminar la Subsecretaría de Obras Municipales; de la Subsecretaría de Obras Públicas: la Dirección de Infraestructura Portuaria y crear en la misma: la Dirección General de:
Obras Municipales de las que dependerán la Dirección de Proyectos de Inversión y sus Departamentos:
Evaluación y Seguimiento de Proyectos y Certificaciones y Administración, la Dirección General de Infraestructura Portuaria de la que dependerán los Departamentos: Técnico de Obra y Seguimiento y Con-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 19/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha19/04/2024

Nro. de páginas49

Nro. de ediciones4339

Primera edición07/01/2004

Ultima edición15/05/2024

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