Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/11/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Otórguese Incrementos Salariales acordados en el marco del Acta Homologada por Resolución N 33/2023-SST-STR

Decreto N 1424
Rawson, 17 de Noviembre de 2023.
VISTO:
El Expediente N 4576-MGyJ-23 y el Inciso 1 del Artículo 155 de la Constitución de la Provincia del Chubut; y CONSIDERANDO:
Que en el marco de la declaración de emergencia económica, administrativa y financiera del Estado Provincial, efectuada en sucesivas oportunidades mediante Leyes VII N 81, VII N 91, VII N 92 y actualmente por Ley VII N 93, y atento al estado de las finanzas públicas provinciales, el Poder Ejecutivo adoptó diversas medidas tendientes a equilibrar las finanzas del sector público;
Que el Poder Ejecutivo efectúa una labor constante tendiente al reordenamiento definitivo de las cuentas públicas provinciales, lo que redundará en el mediano y largo plazo en beneficio de la totalidad de los chubutenses;
Que una de las prioridades en su agenda de trabajo fue llevar a cabo una minuciosa y responsable tarea orientada a una recomposición de los haberes de los agentes públicos;
Que en dicho contexto, mediante Acta de fecha 3 de agosto de 2023, el Poder Ejecutivo, la Asociación de Trabajadores del Estado ATE y la Unión de Personal Civil de la Nación UPCN, entidades gremiales representativas de los agentes públicos provinciales, acordaron un incremento salarial equivalente a un treinta y cinco por ciento 35% por el periodo comprendido entre agosto y diciembre del corriente año;
Que en el marco de la mencionada Acta, homologada por Resolución N 33/2023-SST-STR, las partes acordaron un incremento salarial de un siete por ciento 7%, liquidado en forma mensual con los haberes correspondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, tomando como base de cálculo el haber básico del mes de julio del corriente año;
Que el Poder Ejecutivo sostiene permanentes conversaciones con las diferentes entidades gremiales a fin de mantener vigente un espacio de diálogo productivo con los agentes del sector público;
Que en ese marco, y teniendo en consideración el contexto económico imperante, representantes del Gobierno Provincial han celebrado acuerdos, sobre la base de los incrementos salariales ya dispuestos;
Que sin perjuicio de ello, y atento la situación económica financiera de la Provincia y el orden alcanzado en la materia, ha permitido cumplir en tiempo y forma las obli-

Lunes 27 de Noviembre de 2023

gaciones del Poder Ejecutivo con los empleados públicos provinciales, estableciéndose una política pública que contemple a la persona trabajadora, pero siempre apuntando a la eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios públicos para todos los ciudadanos, resulta necesario disponer un incremento salarial para los agentes públicos provinciales en la medida que resulte factible, sin perjudicar los avances logrados en el plano económico y financiero de las arcas públicas provinciales;
Que en dicho contexto y sin perjuicio de los incrementos salariales ya acordados en el marco del acta homologada por Resolución N 33/2023-SST-STR, resulta factible establecer un incremento salarial para los agentes públicos de la Administración Central y Organismos Descentralizados, consistente en un tres por ciento 3% para el mes de noviembre y un tres por ciento 3% para el mes de diciembre de 2023, tomando como base de cálculo el haber básico del mes de octubre de 2023;
Que corresponde exceptuar del otorgamiento del presente incremento salarial a los agentes que pertenezcan a organismos que ya hubieren acordado incrementos para lo que resta del año 2023 o a sectores cuya remuneración esté vinculada a una escala externa al Ejecutivo Provincial;
Que el Ministerio de Economía y Crédito Público informó que el aumento que se otorga por el presente Decreto se encuentra previsto presupuestariamente;
Que el presente incremento salarial se otorga sin perjuicio de las futuras negociaciones paritarias que se lleven a cabo de conformidad a lo dispuesto por la Ley X N 39;
Que el presente Decreto se dicta en el marco de lo dispuesto por el inciso 1 del Artículo 155 de la Constitución de la Provincia del Chubut;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :
Artículo 1.- Otórguese adicionalmente a los incrementos salariales acordados en el marco del acta homologada por Resolución N 33/2023-SST-STR, un incremento salarial equivalente al tres por ciento 3%
para el haber básico correspondiente al mes de noviembre de 2023 y un tres por ciento 3% para el haber básico correspondiente al mes de diciembre de 2023, a la totalidad de los agentes de la Administración Central y Organismos Descentralizados, tomándose como base de cálculo de liquidación el haber básico del mes de octubre del corriente año.
Artículo 2.- Exceptúese del incremento salarial previsto en el presente Decreto a los agentes públicos provinciales que pertenezcan a organismos que ya hubieren acordado incrementos para lo que resta del año 2023 o a sectores cuya remuneración esté vinculada a una escala externa al Ejecutivo Provincial.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/11/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha27/11/2023

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4339

Primera edición07/01/2004

Ultima edición15/05/2024

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