Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/11/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial
Martes 7 de Noviembre de 2023

de Dominio serán remitidos al INSTITUTO AUTÁRQUICO
DE COLONIZACIÓN Y FOMENTO RURAL para la entrega en acto público al propietario.-

Dto. N 1322

25-10-23

Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución XXVIII
N 209/23 MSeg.Artículo 2.- Desafectar, a partir de la fecha del presente decreto, en virtud de lo normado por los artículos 80 incisos b y f y 84 incisos a, b y h de la Resolución Interna N 02/2016, del Reglamento Orgánico de la Escuela de Cadetes de Policía, aprobado por Decreto N 47/78 y modificado por Decreto N 189/81, como Cadete de Segundo Año, a GONZALEZ, Rocío Jazmín D.N.I. N 44.410.762 - clase 2002
Artículo 3.- Declarar vacante a partir de la fecha del presente decreto el cargo de Cadete de Segundo Año de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad.-

Artículo 1.- Déjase sin efecto el Decreto N 947/22.Artículo 2.- Otórgase título de propiedad a favor del señor FELIPE GABRIEL NUÑEZ, DNI N 12.167.378, de conformidad con lo proscripto por la Ley I N 157, sobre la superficie de TRES MIL CIENTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS 3.132 m2 50 dm2., determinada por el Lote 7
del Macizo 18, Comuna Rural de Carrenleufú, Fracción D, Sección l-III, Departamento Languiñeo, de la Provincia del Chubut.Artículo 3.- Por intermedio de la Escribanía General de Gobierno se procederá a efectuar la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio y la inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Chubut.Artículo 4.- Cumplido el artículo 3 la totalidad de las Actuaciones y el Testimonio de la Escritura Traslativa de Dominio serán remitidos al INSTITUTO AUTÁRQUICO DE
COLONIZACIÓN Y FOMENTO RURAL para la entrega en acto público al propietario.-

Dto. N 1315

Dto. N 1323

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 1312

25-10-23

25-10-23

Artículo 1.- Dejar sin efecto resolución XXVIII N
210/23 MSeg.Artículo 2.- Desafectar, a partir de la fecha del presente decreto, en virtud de lo normado por el artículo 88 inc. a de la Resolución Interna N 02/2016, del Reglamento Orgánico de la Escuela de Cadetes de Policía, aprobado por Decreto N 47/78 y modificado por Decreto N 189/81, como Cadete de Segundo Año, a ARCE, Candela Agustina D.N.I N 42.573.201 - clase 2000.Artículo 3.- Declarar vacante a partir de la fecha del presente decreto el cargo de Cadete de Segundo Año de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad.-

Dto. N 1321

25-10-23

Artículo 1.- Déjase sin efecto el Decreto N
1.003/22.
Artículo 2.- Otórgase título de propiedad a favor del señor HÉCTOR ADAMO MATTUZ, DNI N
13.160.641, de conformidad con lo estipulado por la Ley I N 157, sobre la superficie de CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON
CUARENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS 472
m2 41 dm2., determinada por el Lote 14 de la Manzana 12 de la Comisión de Fomento de Puerto Pirámides, Departamento Biedma, de la Provincia del Chubut.Artículo 3.- Por intermedio de la Escribanía General de Gobierno se procederá a efectuar la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio y la inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Chubut.Artículo 4.- Cumplido el artículo 3 la totalidad de las Actuaciones y el Testimonio de la Escritura Traslativa
25-10-23

Artículo 1.- Déjase sin efecto el Decreto N 1.005/
22.Artículo 2.- Otórgase título de propiedad a favor de CLAUDIA ELIZABETH NAHUELTRIPAY, DNI N 26.944.744;
CARLOS RAÚL NAHUELTRIPAY, DNI N 26.249.221 y JORGE ANÍBAL NAHUELTRIPAY, DNI N 29.926.966; de conformidad con lo proscripto por la Ley I N 157, sobre la superficie de CUATRO MIL QUINIENTAS DIEZ HECTÁREAS, CUARENTA Y CINCO ÁREAS, CUARENTA Y NUEVE CENTIÁREAS 4.510 ha., 45 a., 49 ca., determinada por el Lote 2a, Fracción B y C, Sección J-ll, Departamento Cushamen, de la Provincia del Chubut.Artículo 3.- Por intermedio de la Escribanía General de Gobierno se procederá a efectuar la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio y la inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Chubut.Artículo 4.- Cumplido el artículo 3 la totalidad de las Actuaciones y el Testimonio de la Escritura Traslativa de Dominio serán remitidos al INSTITUTO AUTÁRQUICO DE
COLONIZACIÓN Y FOMENTO RURAL para la entrega en acto público a los propietarios.

Dto. N 1324

25-10-23

Artículo 1.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 302 - SAF
Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, en la Jurisdicción 50, S.A.F. 50 - SAF Ministerio de Educación y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N 1 a 3, que forman parte del presente Decreto.Artículo 2.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/11/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha07/11/2023

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones4339

Primera edición07/01/2004

Ultima edición15/05/2024

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