Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETÍN OFICIAL

Que posteriormente se dicta el Decreto Nacional N 297/20, por el cual se dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio durante el plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo del corriente año, el que fue prorrogado mediante los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/
20, 493/20 y 520/20 hasta el 28 de junio de 2020
inclusive.
Que mediante Decreto Provincial N 270/20 se adhiere a los Decretos de Necesidad y Urgencia del Señor Presidente de la Nación 260/20, 274/20, 289/
20, 297/20 y normas concordantes y complementarias del Poder Ejecutivo Nacional, el cual reviste el carácter de una norma de orden público.
Que mediante Decreto Provincial 493/20 se dispone como medida temporaria y por el plazo de 14
días un marco normativo transitorio aplicable a las localidades de Trelew, Rawson, Puerto Madryn, Comodoro Rivadavia y Rada Tilly, respecto de las cuales continuaran rigiendo las disposiciones del Decreto Provincial 481/20 con ciertas restricciones y modificaciones que se establecen.
Que el Decreto provincial 271/20 estableció que el titular de cada Organismo de la Administración Pública Central, Descentralizada y de los Entes Autárquicos, deberá disponer por sí o por intermedio de quien corresponda, un esquema de guardias mínimas del personal afectado para garantizar las actividades esenciales que sean requeridas, contemplando las excepciones establecidas por el artículo 6 del Decreto Nacional N 297/20.
Que se establecieron guardias mínimas las cuales se mantienen conforme el esquema organizado por la Dirección General de Administración y Recursos Humanos, debiendo mantenerse los resguardos necesarios para preservar la salud en el ámbito laboral, conforme los protocolos que la autoridad sanitaria y/o de recursos humanos provincial establezca.
Que aquel personal que por el esquema de organización de guardias mínimas deba permanecer en su domicilio, y resulte necesaria su intervención en cuestiones de su competencia, podrá prestar sus servicios de forma remota, modalidad que será acordada con la Dirección de Administración y Recursos Humanos y su superior jerárquico.
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
POR ELLO:
EL MINISTRO DE HIDROCARBUROS

R E S U E LV E :
Artículo 1.- INSTRÚYASE a la Dirección General de Administración y Recursos Humanos a dar continuidad con el esquema de trabajo de guardias mínimas con la finalidad de garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales del Ministerio hasta tanto duren las actuales condiciones sanitarias. Asimismo, deberá coordinar con el personal que fuera requerido, para la prestación de servicios en forma remota desde su domicilio particular.

Martes 7 de Julio de 2020

Artículo 2.- REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
Ing. MARTÍN CERDÁ
Ministro de Hidrocarburos
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, INNOVACIÓN PRODUCTIVA Y CULTURA

Res. N 08

03-06-20

Artículo 1.- EXCEPTUAR el presente trámite del criterio de irretroactividad establecido en el Artículo 32 de la Ley IN 18, por aplicación del punto 3 de la misma norma legal.Artículo 2.- AUTORIZAR la prórroga, por el término de dos 2 meses, a partir del 1 de abril de 2020, a los becarios Cecilia Daniela ÁVILA, D.N.I. Nro. 34.089.536, Julián PONTONES, D.N.I. Nro. 32.147.495, Mónica Gabriela RACK, D.N.I. Nro. 29.858.819 y RAGO María Melisa, D.N.I.
Nro. 33.711.429, de las becas Internas Doctorales, Convocatoria 2014, cofinanciadas entre la Provincia del Chubut y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas CONICET.Artículo 3.- AUTORIZAR la prórroga por el término de CIEN 100 días corridos, en virtud del período de ausencia por Maternidad, a partir del 01 de junio del 2020, a la becaria Cecilia Daniela ÁVILA, D.N.I. Nro. 34.089.536, de la Beca Interna Doctoral correspondiente a la Convocatoria 2014, cofinanciada entre la Provincia del Chubut y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas CONICET.Artículo 4.- Establecer que los becarios enunciados en los Artículos precedentes, de la presente Resolución, deberán remitir a la brevedad a la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura el recibo rubricado a efectos de comprobar la recepción del mencionado beneficio.Artículo 5.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución y que asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CIENTO NOVENTA
CON 28 CENTAVOS $ 228.190,28 se imputará en la Jurisdicción 66: Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y CulturaSAF 66: Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y CulturaPrograma 16: Programa de Popularización de la Ciencia y la TecnologíaActividad 1: Programa de Popularización de la Ciencia y la TecnologíaInciso 5- Principal 1- Parcial 3- Ejercicio 2020- Fuente de Financiamiento 1.11.-

Res. N 09

03-06-20

Artículo 1.- AUTORIZAR la prórroga por el término de CIEN 100 días corridos, en virtud del período de ausencia por maternidad, a partir del 01 de abril del 2021, a la becaría FAUT, Mónica, DNI N 28.163.348, de la Beca Interna Postdoctoral correspondiente a la Convocatoria 2018, cofinanciada entre la Provincia del Chubut y el Con-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha07/07/2020

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4339

Primera edición07/01/2004

Ultima edición15/05/2024

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