Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 11/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 1220

05-11-19

Artículo 1.- Modificar el Artículo 10 del Anexo I
del Decreto Reglamentario N 1248/95 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 10.- CREDENCIALES. La autoridad de aplicación otorgará a los Directores y/o Personas Responsables, Vigiladores y Personal Administrativo o de Servicios de las empresas de Seguridad Privada habilitadas, una credencial confeccionada con material de PVC que contará con medidas de seguridad digitales e individuales. Las mismas tendrán vigencia por el término de un 01 año a partir de la fecha de su emisión y a su vencimiento serán reintegradas al Área Investigaciones de la Policía de la Provincia del Chubut para su renovación. Su pérdida, deterioro o sustracción deberá ser denunciada en el término de veinticuatro 24 horas ante la autoridad de aplicación, presentando en ese mismo acto solicitud escrita para su nueva expedición o renovación según se trate.Artículo 2.- Modificar el Artículo 12 del Anexo I
del Decreto Reglamentario N 1248/95 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 12.- ARANCELES. Fíjese el valor módulo en el equivalente al uno por ciento 1% del haber total de un Agente de Policía de la Agrupación Comando Escalafón General, incluyéndose en el cómputo el sueldo básico y todo otro tipo de asignaciones generales otorgadas, con la sola excepción de las asignaciones familiares, para los servicios registrales que presta la autoridad de aplicación, cuya descripción y valor módulo se fijan en el Accesorio C de la presente reglamentación, debiendo abonarse los mismos por año calendario del 01 al 15 de enero.
El prestador sancionado con multa prevista por el Artículo 23 de la Ley I N 168, deberá efectuar el depósito correspondiente dentro de los quince 15 días, contados a partir del momento en que queda firme la Resolución que la impone.
Los importes que ingresen en concepto de multas y aranceles fijados por el presente Artículo, serán depositados en la cuenta N 200-229-014 bajo la letra U Ley I N 168 antes Ley 3941.Artículo 3.- Reemplazar en el Decreto Reglamentario N 1248/95 la expresión Departamento Judicial por Área Investigaciones.Artículo 4.- Reemplazar en el Decreto Reglamentario N 1248/95 la expresión Registro Nacional de Armas RENAR por Agencia Nacional de Materiales Controlados ANMaC.Artículo 5.- Suprimir el Accesorio B del Decreto Reglamentario N 1248/95.Artículo 6.- Modificar el Artículo 1 del Accesorio C del Decreto Reglamentario N 1248/95, el que que-

Lunes 11 de Noviembre de 2019

dará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1.- Fijar los aranceles, expresados en valor módulo, cuyo cálculo se efectuará en base a lo previsto en el Artículo de la presente reglamentación, de los servicios regístrales que serán los siguientes:
a Inscripción por Empresa 50 módulos b Renovación Habilitación Anual 17 módulos c Credenciales de Directivos, Empleados 05 módulos d Habilitación Equipos de Comunicación Fijo 04 módulos e Habilitación Equipos de Comunicación Móvil Cada Uno 02 módulos f Autorización Nueva Oficina o Sucursal Cada Una 10 módulos g Fusión, Escisión, Transformación o Regularización Societaria 40 módulos h Cambio de Nombre y/o Denominación y/o Domicilio 06 módulos i Certificaciones que se requieran para trámites administrativos 04 módulos.-

Dto. Nº 1221

05-11-19

Artículo 1.- OTÓRGUESE a favor de la Municipalidad de Trelew, representada por su Intendente Municipal, Sr. Adrián Darío MADERNA, Documento Nacional de Identidad N 26.459.365, la suma de PESOS UN MILLÓN
QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL CUATRO $ 1.526.004, en concepto de subsidio para ser destinado a asistir económicamente a CIENTO SETENTA Y UN 171 desocupados de dicha ciudad, los que percibirán la suma de PESOS OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO $ 8.924
cada uno.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, el cual asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL CUATRO $ 1.526.004 se imputará con cargo a la Jurisdicción 15 - Secretaría de Trabajo - SAF 15 - Programa 01Conducción de la Secretaría de Trabajo /00/00/A01/5 Transferencias/7- Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos corrientes/
6 - Aportes a gobiernos municipales/01 - Fuente de Financiamiento 3.47 - Ejercicio: 2019.-

Dto. Nº 1222

05-11-19

Artículo 1.- OTÓRGUESE una ayuda social directa a los trabajadores en relación de dependencia de la firma GUILFORD ARGENTINA S.A., por la suma de PESOS SEIS
MIL $6.000 por trabajador, por un total de CIENTO SESENTA Y CUATRO 164 trabajadores, ascendiendo a la suma total de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL $ 984.000, por el período correspondiente al mes de Octubre/2019.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, y que asciende la suma total de PESOS
NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL $ 984.000 se imputará con cargo en la Jurisdicción 15- SAF - 15 Secretaría de Trabajo - Programa 17 - Programa de Asistencia Laboral/ 00/ 00/ A04 Trabajar para Incluir/5 - Transferencias/1 - Transferencias al sector privado para gastos corrientes/ 4 - Ayuda social a personas/ 01 - Fuente de Financiamiento 3.47 - Ejercicio 2019.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 11/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha11/11/2019

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones4335

Primera edición07/01/2004

Ultima edición26/04/2024

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