Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 22/7/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 22 de Julio de 2009

BOLETIN OFICIAL

PAGINA 3

SUSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 1º DE LA LEY I
Nº 387 ANTES LEY Nº 5.852.

DECRETOS PROVINCIALES

LEY I Nº 405

PODER EJECUTIVO: Acéptase Renuncia al Cargo de Secretario de Hidrocarburos y Minería y Desígnase Interventor de Petrominera Chubut S.E.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE

LEY :
Artículo 1º.- Sustitúyase el artículo 1º de la Ley I
Nº 387 antes Ley Nº 5.852, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1.- Establécese en el ámbito de la Provincia del Chubut el procedimiento de grabado del número de dominio en las partes móviles de todo vehículo automotor registrado en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, el cual deberá realizarse en las plantas de verificación habilitadas por el Ministerio de Gobierno y Justicia con carácter obligatorio.
Artículo 2º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE JULIO DE
DOS MIL NUEVE.
Ing. MARIO VARGAS
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Dto. N 865/09.
Rawson, 20 de Julio de 2009.
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la sustitución del artículo 1º de la Ley I Nº 387 antes Ley Nº 5.852;
sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 02 de julio de 2.009 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: I 405
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN

Dto. Nº 781/09.
Rawson, 06 de Julio de 2009.
VISTO:
Los Decretos Nº 13/07 y 678/09; y CONSIDERANDO:
Que el señor Secretario de Hidrocarburos y Minería, Contador Luis TARRIO ha presentado la renuncia al cargo que fuera designado mediante el Decreto N 13/07, resultando de las actuales circunstancias oportuna su aceptación;
Que en virtud del artículo 1º del Decreto Nº 678/09, se dispuso la prórroga de la intervención de Petrominera Chubut S.E. por el término de TRES 3 meses a partir del 27 de junio de 2009, en uso de la atribución otorgada por los artículos 120º y 121º de la Ley I Nº 18 antes Ley Nº 920;
Que en virtud del artículo 2º del referido Decreto se procedió a la designación del respectivo interventor en la persona que venía ejerciendo esa función;
Que resulta necesaria la designación de un nuevo Interventor de Petrominera Chubut S.E., en uso de la facultad exclusiva del Poder Ejecutivo en los términos del Artículo 155º inciso 1º de la Constitución Provincial, sin afectar la intervención dispuesta en los términos de ley por el artículo 1º del Decreto citado en el Visto;
Que el señor Luis Eduardo TARRIO DNI Nº 5.069.214
clase 1948, reúne las condiciones personales para ocupar el cargo de Interventor de Petrominera Chubut S.E., y se desempeñará ejerciendo las facultades, funciones y atribuciones que el Estatuto Social aprobado por Ley I Nº 129 le confiere al Directorio de la Sociedad, en el marco de la Intervención dispuesta en el marco del artículo 1º del Decreto Nº 678/09;
Que ha tomado legal intervención el Asesor Legal de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
DECRETA:
Artículo 1º.- ACEPTESE la renuncia del Contador Luis Eduardo TARRIO DNI Nº 5.069.214 clase 1948 al cargo de Secretario de Hidrocarburos y Minería, para el que fuera designado mediante Decreto N 13/07.
Artículo 2.- DESIGNASE en el cargo de Interventor de Petrominera Chubut S.E. al señor Luis Eduardo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 22/7/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha22/07/2009

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4339

Primera edición07/01/2004

Ultima edición15/05/2024

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