Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/8/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 10

BOLETIN OFICIAL

bano anunciará de viva voz la ubicación y el número formado por los SORTEADORES, quedando grabada esta operación por el sistema de audio y video, y así sucesivamente, hasta completar el sorteo, momento en el cual, el Escribano procederá a verificar el resultado del mismo. Esto se realizará mediante el control de la planilla emitida por la impresora, con el Acta manual realizada por el Escribano interviniente, todo lo cual deberá ser también suscripto por el Jefe de Sorteo.
5. De producirse algún desperfecto en la grabación y/o impresión del sorteo, se dejará constancia en el Acta manual confeccionada por el Escribano actuante.
6. Una vez finalizado el Sorteo, el Escribano procederá a descargar de los SORTEADORES todas las bolillas, que serán depositadas en su estuche correspondiente, con los resguardos de seguridad necesarios, quedando las mismas en custodia de la Gerencia de Escribanía.
7. Si por alguna causa ajena a la voluntad del Instituto, se viere interrumpido el Sorteo, será válido lo sorteado hasta ese momento. Si al producirse la interrupción del mismo, no se hubiere determinado la ubicación y/o el número completo, es decir que la extracción es parcial, se anulará, quedando constancia del resultado del sorteo en el Acta confeccionada manualmente por el Escribano. Todas las alternativas deben ser salvadas por el Escribano en el Acta correspondiente.
8. Cuando, por alguna eventualidad, el acto programado no pueda comenzar en el horario previsto o deba interrumpirse el mismo, habrá una tolerancia para dar inicio o continuar: en el caso de los sorteos de Quiniela o sorteos especiales, hasta ciento veinte 120 minutos; y para sorteos de Lotería, hasta ciento ochenta 180 minutos.
9. Si hubiere transcurrido el tiempo de tolerancia previsto en el inciso anterior y continuaran los inconvenientes, el inicio o continuación del acto se realizará en el horario que la Gerencia de Juegos determine.
Si por dichos inconvenientes y/o cualquier otra causa de fuerza mayor, no se pudiera ejecutar un Sorteo Propio en el día para el cual está programado, el INSTITUTO DE ASISTENCIA SOCIAL podrá resolver el empleo del Extracto de un Sorteo a realizarse por otro Organismo, no incluido en el programa de sorteos de ese día.
Si habiendo comenzado el Sorteo, surgiera un inconveniente que no pudiera ser solucionado en el día para el cual está programado, serán considerados válidos los números que hasta ese momento hubieran sido extraídos, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 7, completándose el extracto con las respectivas ubicaciones del extracto de un Sorteo a realizarse de otro organismo, no incluido en el programa de Sorteos de ese día, que el Instituto disponga sea utilizado.

Miércoles 27 de Agosto de 2008

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
INSTITUTO DE ASISTENCIA SOCIAL

Res. N 560

21-08-08

Artículo 1º.- AUTORIZAR el cambio de Titularidad de la Permisión de la Agencia Oficial Nº 2010, sita en Mitre Nº 552 de la ciudad de Trelew, adjudicada a la Sra. María Silvia SOLIVELLA D.N.I. Nº 12.175.352
a favor del Sr. Claudio Carlos ENGRASSI D.N.I.
13.022.981, suscribiéndose y tramitándose toda la documentación pertinente para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.Artículo 2º.- AUTORIZAR la ampliación de hipoteca en primer grado de privilegio a favor del INSTITUTO
DE ASISTENCIA SOCIAL, hasta la suma de Pesos Sesenta Mil $ 60.000 constituída sobre el inmueble identificado como PARCELA 1 de la MANZANA 49 de la ciudad de Trelew, Departamento Rawson, Provincia del Chubut; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en la Matrícula 01-37 35.614, en garantía de la relación comercial y demás obligaciones que mantenga con el INSTITUTO DE ASISTENCIA SOCIAL el Sr.
Claudio Carlos ENGRASSI D.N.I. 13.022.981 por la explotación de la Agencia 2010 de la ciudad de Trelew.Artículo 3º.- FACULTAR suficientemente al Sr.
Gerente General del INSTITUTO DE ASISTENCIA SOCIAL
a suscribir el Contrato de Explotación correspondiente con el Sr. Claudio Carlos ENGRASSI D.N.I. 13.022.981.Artículo 4º.- REQUERIR a la Gerencia de Contrataciones confeccione el Contrato de Explotación por la Agencia Oficial Nº 2010 de Trelew para ser rubricado por el Sr. Claudio Carlos ENGRASSI D.N.I.
13.022.981, que en su etapa inicial deberá tener una vigencia desde la fecha de la presente Resolución y hasta el 31/03/2009 fecha en que opera el vencimiento de todos los contratos con los Permisionarios Oficiales de la Provincia-, debiendo oblar por dicho período un canon proporcional en concepto de explotación de los juegos comercializados por el Organismo, cuyo importe anual establecido por Resolución Nº 099-IAS-P/2007.Artículo 5º.- SOLICITAR a la Gerencia de Contabilidad y Finanzas Departamento Cuentas Corrientesconfeccione la Boleta de Depósito correspondiente para dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 3º, en cuanto al cálculo del canon proporcional a abonar por el Sr. Claudio Carlos ENGRASSI D.N.I. 13.022.981.

INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL
Y SEGUROS

Res. N 1000

13-06-08

Artículo 1º: RECONOCER bajo el régimen GENERAL de la Ley Provincial N 3923 T.O.N 4251 los servicios prestados por el Señor Jesús Estanislao MOYA
D.N.I.N 10.147.206, en la Municipalidad de Rawson por el período del 01-06-75 al 31-08-83, totalizando OCHO
08 AÑOS, TRES 03 MESES Y UN 01 DIA de servi-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/8/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha27/08/2008

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4340

Primera edición07/01/2004

Ultima edición06/06/2024

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