Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/8/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Jueves 21 de Agosto de 2008

BOLETIN OFICIAL

REQUISITOS:
Título Terciario y/o Universitario en carreras afines.-

Dto. Nº 984

13-08-08

Artículo 1.- DESIGNAR al señor Subsecretario d e G o b i e r n o y J u s t i c i a , D r. D i e g o G u i l l e r m o CARMONA DNI Nº 23.409.386 clase 1973 como representante Institucional de la Provincia del Chubut y a la Comisario Gabriela Marta del Carmen LOPEZ DNI Nº 18.027.209 clase 1967 como representante suplente, ante el Consejo Federal de Seguridad Vial.

RESOLUCION

PAGINA 3

a realizar tareas de pesca exploratoria de langostino patagónico en el área comprendida entre los siguientes puntos geográficos:
43º 35 LS y la costa 43º 35 LS y el límite exterior de jurisdicción provincial 44º 30 LS y la costa 44º 30 LS y el límite exterior de jurisdicción provincial Artículo 2º: LAS infracciones a la presente Resolución serán sancionadas en el marco de la legislación vigente.
Artículo 3º: REGISTRESE, Comuníquese permisionarios, a la Prefectura Naval.

a los
Argentina, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.
SECRETARIA DE PESCA
Resolución N 256/08.
Rawson, 08 de Agosto de 2008.VISTO:
La Resolución Nº 060/08.SP.- y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 060/08.SP.-se creó a partir del día 09 de abril de 2008 una veda total temporaria para la captura de todo tipo de especies, comprendida entre los paralelos 43º35 LS y 44º 30 LS;
Que atento al tiempo transcurrido resulta pertinente habilitar a las embarcaciones menores a veintiún 21
metros de eslora a realizar tareas de pesca exploratoria de la especie langostino patagónico en la zona antes mencionada;
Que atento a las solicitudes recepcionadas en relación a la realización de pesca exploratoria para la especie langostino, y atento no constar en esta Secretaría el incumplimiento de los convenios de abastecimientos suscriptos oportunamente por las embarcaciones solicitantes y en función del criterio precautorio que debe existir para este tipo de medidas, resulta conveniente que la pesca exploratoria se realice con un número limitado de embarcaciones;
Que en función de la competencia específica de asistencia al Poder Ejecutivo en la implementación y planificación de las políticas referidas a los recursos pesqueros, la Secretaría de Pesca resulta el organismo competente para el dictado de la presente Resolución;
POR ELLO:
El Secretario de Pesca
RESUELVE:
Artículo 1º: HABILITAR a partir de las 14:00 hs.
del día 08 de agosto de 2008, a las embarcaciones que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución,
Tec. JUAN CARLOS BERON
Secretario de Pesca Provincia del Chubut ANEXO I

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/8/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha21/08/2008

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4339

Primera edición07/01/2004

Ultima edición15/05/2024

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