Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 7/8/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 150
Miércoles, 07 de agosto de 2019
Pág. 2


ADMINISTRACIÓN LOCAL
3405/19

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
ÁREA DE PRESIDENCIA, HACIENDA, TURISMO Y EMPLEO
SECRETARIA GENERAL
ANUNCIO
El Sr. Presidente de la Diputación, D. Javier Aureliano García Molina, ha dictado, con fecha 25 de julio de 2019, el Decreto núm. 1964, relativo a determinación de Diputados/as del Grupo Socialista de esta Diputación que desempeñarán los cargos en régimen de dedicación exclusiva y dedicación parcial, por lo que procede su publicación, de conformidad con el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

El Pleno de esta Corporación Provincial, en sesión celebrada el día 19 de julio de 2019, acordó que tendrán derecho al régimen de dedicación exclusiva 17 Diputados/as Provinciales que ostenten los cargos siguientes: el Presidente de la Diputación, los/as Vicepresidentes/as que ejerzan delegación, los Diputados/as Delegados/as que sean designados por el Presidente y los Portavoces de los Grupos Políticos propuestos por los mismos.
Asimismo, autorizo el desempeño del cargo de Diputado/a Provincial en régimen de dedicación exclusiva a otro más 1 de los referidos en el apartado anterior, que será designado por el Presidente de la Corporación.
Asimismo, acordó autorizar el desempeño del cargo de Diputado/a Provincial con dedicación parcial a siete 7 Diputados/as, que desarrollarán funciones de Portavoz adjunto del grupo en relación a las materias de cada una de las Áreas en las que se estructura la Corporación Provincial, responsable de la fiscalización en éstas y miembro de la Comisión Informativa correspondiente a las materias del Área que fiscaliza.
Por parte del portavoz del Grupo Socialista se han propuesto a esta Presidencia los componentes del grupo que hayan de ejercer los cargos en régimen de dedicación exclusiva y dedicación parcial.
Considerando lo dispuesto en los artículos 75 bis y 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en el artículo 13 del RD 2.568/1986, de 28 de noviembre, y en el acuerdo de Pleno antes mencionado.
Obra en el expediente, en sentido favorable, el preceptivo informe a que se refiere el artículo 172 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986.
Por todo lo cual, RESUELVO:
1º Determinar que va a desempeñar el cargo en régimen de dedicación exclusiva el siguiente Diputado del Grupo Socialista de esta Diputación:
- D. Marcelino López Valverde, portavoz suplente.
2º Determinar que van a desempeñar el cargo en régimen de dedicación parcial 75% los/as siguientes Diputados/as del citado Grupo Socialista, para desarrollar las funciones de portavoces adjuntos del Grupo en relación a las materias de cada una de las Áreas en las que se estructura la Corporación Provincial. Responsable de la fiscalización de éstas y miembro de la Comisión Informativa correspondiente:
- Dña. María Teresa Piqueras Valarino Bienestar Social, Igualdad y Familia.
- Dña. Anabel Mateos Sánchez Presidencia, Cultura y Cine, Deportes y Juventud.
- Dña. María González Martínez Bienestar Social, Igualdad y Familia.
- Dña. Carmen María Aguilar Carreño Asistencia a Municipios y Recursos Humanos.
- D. Antonio Gutiérrez Romero Fomento, Medio Ambiente y Agua.
- D. Juan Manuel Ruiz del Real Hacienda, Promoción Agroalimentaria y Régimen Interior.
3º Los Diputados/as indicados percibirán las retribuciones establecidas en el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 19 de julio de 2019, acuerdo que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
4º De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, la aplicación del régimen de dedicación exclusiva o parcial sólo se aplicará si se produce la aceptación por los Diputados/as. En la aceptación del régimen de dedicación exclusiva o parcial, los Diputados/as deberán manifestar que conocen las obligaciones que les corresponden en aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
5º De la circunstancia de aceptación, o no, del régimen de dedicación exclusiva o parcial, se dará cuenta al Pleno de la Diputación en la próxima sesión que celebre.
6º El presente decreto se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Almería, a 2 de agosto de 2019.
EL SECRETARIO GENERAL, Mariano Jesús Espín Quirante.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
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DETERMINACIÓN DE DIPUTADOS/AS DEL GRUPO SOCIALISTA DE ESTA DIPUTACIÓN QUE DESEMPEÑARÁN LOS
CARGOS EN RÉGIMEN DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y DEDICACIÓN PARCIAL.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 7/8/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha07/08/2019

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones6232

Primera edición26/04/1999

Ultima edición05/06/2024

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