Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 18/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 136
Jueves, 18 de julio de 2019
Pág. 20


ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
2895/18

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ROQUETAS DE MAR
N.I.G.: 0407942C20170003261.
Procedimiento: Juicio Verbal Desahucio Precario -250.1.2 696/2017. Negociado: C3.
De: D./D. SABADELL REAL ESTATE DEVELOPMENT S.A.
Procurador/a Sr./a.: MARÍA DEL MAR GAZQUEZ ALCOBA.
Letrado/a Sr./a.: LUCÍA TEIRA OTERO.
Contra D./D.: IGNORADOS OCUPANTES.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal Desahucio Precario -250,1.2 696/2017 seguido a instancia de SABADELL REAL
ESTATE DEVELOPMENT S.A. frente a IGNORADOS OCUPANTES se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Roquetas de Mar a 28 de junio de 2.018.
Vistos y examinados los presentes autos n.º 696/2017, de juicio verbal de desahucio por precario por Fco.-José Domínguez Ureña, Magistrado-Juez JAT del TSJ de Andalucía, Ceuta y Melilla: seguidos a instancia de SABADELL REAL ESTATE
DEVELOPMENT S.A. representada por la procuradora Sra. Gázquez Alcoba, contra ignorados ocupantes de la vivienda sita en Calle Alberto Closas, número 3, Escalera 1, Planta 2, Puerta D, CP 04740, Roquetas de Mar, con base en los siguientes:
FALLO:
Que debo estimar y estimo la demanda deducida por la procuradora de los Tribunales Sra. Gázquez Alcoba en nombre y representación de SABADELL REAL ESTATE DEVELOPMENT S.A., acordando el lanzamiento de ignorados ocupantes de la vivienda sita en Calle Alberto Glosas, número 3, Escalera 1, Planta 2, Puerta D, CP 04740, Roquetas de Mar, con base en los siguientes.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Almería en el plazo de 20 días.
Por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, IGNORADOS OCUPANTES, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Roquetas de Mar a veintiocho de junio de dos mil dieciocho.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, David Pérez Martínez.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y ex Reglamento general de protección de datos UE 2016/679 de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento do datos personales y a la libre circulación de estos datos.


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SENTENCIA NÚM. 142/2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 18/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha18/07/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones6214

Primera edición26/04/1999

Ultima edición10/05/2024

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