Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 10/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 130
Miércoles, 10 de julio de 2019
Pág. 2


ADMINISTRACIÓN LOCAL
2701/19

AYUNTAMIENTO DE ALBANCHEZ
ANUNCIO
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, a continuación, se publica íntegramente el acuerdo plenario adoptado por el Ayuntamiento de Albanchez en sesión extraordinaria celebrada el 21 de junio de 2019, referente a las retribuciones del cargo de Alcalde que realizará sus funciones en régimen de dedicación parcial al 75%.
Texto del acuerdo:
8.- DEDICACION PARCIAL AL 75% DEL CARGO Y RETRIBUCION DE ALCALDE DE AYUNTAMIENTO DE ALBANCHEZ.
Por el Sr. Alcalde se procede a la lectura de la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

Esta Alcaldía, desde el punto de vista de la organización interna, y debiendo tener en cuenta lo preceptuado en el artículo 75
bis y ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, considera que es necesario establecer la dedicación parcial del cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Albanchez y reconocer el nuevo régimen retributivo que se les asigna a los corporativos, a la vista de los cambios producidos en la corporación local y por tanto cambio de Alcalde, tras la celebración de elecciones de 26 de mayo de 2019.
Considerando que la promulgación de la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, implica en lo que a este particular extremo se refiere, la inclusión de un apartado bis y ter en el artículo 75 de la Ley 7/1985. Establece el citado artículo 75 ter que, en los Ayuntamientos de municipios con población inferior a 1.000 habitantes, ningún miembro podrá prestar sus servicios en régimen de dedicación exclusiva. Por otra parte, el artículo 75 bis viene a señalar que los miembros de las Corporaciones Locales de población inferior a 1000 habitantes no tendrán dedicación exclusiva.
Excepcionalmente, podrán desempeñar sus cargos con dedicación parcial, percibiendo sus retribuciones dentro de los límites máximos señalados al efecto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Considerando y según la Disposición adicional trigésima quinta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, junto al incremento adicional publicado en el Documento de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, aprobado el 13/07/2018 y publicado el 27 de julio de 2018, el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias, excluidos los trienios a los que, en su caso, tengan derecho aquellos funcionarios de carrera que se encuentren en situación de servicios especiales.
Los miembros de Corporaciones locales de población inferior a 1.000 habitantes no tendrán dedicación exclusiva.
Excepcionalmente, podrán desempeñar sus cargos con dedicación parcial, percibiendo sus retribuciones dentro de los límites máximos señalados al efecto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y en concreto se nos indica la siguiente escala, atendiendo a su dedicación:
Dedicación
Referencia
Dedicación parcial al 75%

31.100,32 euros
Dedicación parcial al 50%

22.806,70 euros
Dedicación parcial al 25%

15.550,67 euros
Por todo ello, PROPONGO:
PRIMERO. Establecer el desempeño del cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Albanchez en régimen de dedicación parcial al 75%, y una retribución bruta anual de 23.520 euros, que se percibirá en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y los dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y el alta en el régimen general de la Seguridad Social, en función del porcentaje de dedicación, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
SEGUNDO. Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, el acuerdo del Pleno adoptado previo Informe de Intervención, a los efectos del artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y dada su trascendencia.
TERCERO. Notificar dicho acuerdo al interesado y al servicio de personal e intervención para su conocimiento y efectos.
No obstante, la corporación adoptará lo que estime conveniente.
La Corporación, somete a votación la Propuesta con el resultado de 6 votos a favor 5 del grupo CIUDADANOS y 1 del grupo PSOE-A por lo que queda aprobado el acuerdo transcrito, en todos sus términos, por unanimidad de los seis miembros presentes, de los siete que componen legalmente la Corporación.
En Albanchez, a veintiuno de junio de dos mil diecinueve.
EL ALCALDE, Amador López Pardo.


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PROPUESTA DE LA ALCALDÍA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 10/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaísEspaña

Fecha10/07/2019

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones6214

Primera edición26/04/1999

Ultima edición10/05/2024

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