Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/03/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

7 de marzo de 2024

BOLETIN OFICIAL Nº 6267

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA

DECRETOS
DECRETO Nº 143/24

Viedma, 26 de febrero de 2024

Visto, el Expediente N 201651-HSH-2024 del Registro del Ministerio de Hacienda, la Ley N 25.917
Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, el Decreto Ley N 1/18, Leyes N 5.687 y N 5.688; y, CONSIDERANDO:
Que los próximos vencimientos de servicios de deuda pública títulos provinciales bajo ley nacional y ley extranjera, respectivamente y de Letras de Tesorería, implican un relevante desembolso a las arcas públicas que se suma a los cumplimientos ordinarios derivados de prestaciones de servicios esenciales imposibles de postergar, pagos de haberes salariales y transferencias ordinarias a Municipios;
Que la situación macroeconómica también impacta de lleno en la disponibilidad de recursos ante la gran pérdida de valor adquisitivo de ingresos por parte de los ciudadanos que deriva en mayores asistencias con la consecuente afectación de recursos públicos;
Que lo descripto fundamenta la necesidad de contar con instrumentos que garanticen continuar implementando políticas públicas, los que han sido expresamente previstos en la Ley N 5.687, cuyo artículo 57 dispone: Se faculta al Poder Ejecutivo, a efectos de instrumentar las operaciones de crédito público autorizadas en el presente Capítulo, a afectar los Recursos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos que le corresponda a la provincia, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1, 2 y 3 del Acuerdo Nación - Provincias sobre la Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos ratificado por ley nacional n 25570 o el régimen que lo sustituya, en la medida de la autorización prevista en la ley H n 5663, las Regalías Petrolíferas y adicionalmente otros recursos provinciales, en la medida de la utilización de la autorización para el uso del crédito contenida en este presupuesto y/o para garantizar operaciones de crédito con organismos internacionales autorizadas en la presente ley y/o para refinanciar deudas contraídas por la provincia, con el Estado Nacional y/o instituciones financieras en las que esté prevista la afectación y por un importe total igual a las cuotas de amortización e intereses que venzan en el Ejercicio Fiscal 2024 o por el total de estas deudas, aun cuando sus vencimientos operen en ejercicios futuros;
Que también el artículo 8 de la Ley N 5.688 habilitan alternativas de financiamientos que permitan continuar asumiendo las obligaciones inherentes a la gestión estatal: Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar operaciones de crédito público, en pesos y/o en dólares, con el Gobierno Nacional y/u Organismos Internacionales de Crédito Público y/o entidades financieras y/o instrumentos de deuda por hasta la suma de dólares estadounidenses cuarenta millones U$S 40.000.000
o su equivalente en pesos para financiar desequilibrios financieros y/o proyectos de infraestructura y/o proyectos de desarrollo económico;
Que en la actualidad la Provincia no mantiene línea de préstamo alguno con entidades bancarias, resultando el que se propicia una fuente de financiamiento que coadyuvará junto a otras herramientas de captación de recursos para atender las necesidades planteadas, garantizando la continuidad y sustentabilidad de las transferencias a Municipios y la prestación de los servicios básicos e indelegables del Estado Provincial;
Que ha tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda, Contaduría General y Fiscalía de Estado mediante Vista N 00431-24;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Autorízase al Ministerio de Hacienda, en el marco de la Ley N 5.683, a contratar con el Banco Patagonia S.A., un Préstamo por hasta la suma de pesos veinte mil millones $ 20.000.000.000 y a ceder en garantía de las obligaciones de pago el derecho sobre los Recursos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos que le corresponda a la provincia, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1, 2 y 3 del Acuerdo Nación - Provincias sobre la Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos ratificado por ley nacional n 25570 o el régimen que lo sustituya.

Firmado Digitalmente por MILTON C. DUMRAUF - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6267.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/03/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha07/03/2024

Nro. de páginas62

Nro. de ediciones1912

Primera edición03/01/2002

Ultima edición09/05/2024

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