Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/02/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

19 de febrero de 2024

BOLETIN OFICIAL Nº 6262

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA

DECRETOS
DECRETO Nº 89/24

Viedma, 5 de febrero de 2024

Visto: El Expediente N 009743-MSyJ-2024, del Registro del Ministerio de Seguridad y Justicia, las Leyes Provinciales L N 679, L N 2.397, L N 2.432, L N 2.988, S N 4283, S N 5185 y el Decreto Nacional N 438/23, y;
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente del Visto se tramita el otorgamiento de un bono extraordinario de carácter no remunerativo y no bonificable para todo el personal comprendido en las Leyes L N 679 y S N 4283 y S N 5185;
Que, ante el contexto inflacionario que afecta la economía social, el Gobierno de Río Negro, ha decidido otorgar en los meses de enero y febrero del corriente año, un bono extraordinario cuyos montos se determinan de acuerdo a las categorías o jerarquías escalafonarias de cada jurisdicción del Poder Ejecutivo Provincial, a fin de mitigar la caída del salario real frente a la aceleración inflacionaria;
Que al personal comprendido por la Ley L N 679 se le abonará según la escala jerárquica, cargos y montos detallados en el anexo I del presente Decreto;
Que al personal comprendido en las Leyes S N 4283, S N 5185 según la escala jerárquica y montos detallados en el anexo II del presente Decreto;
Que es intención del Poder Ejecutivo Provincial, trasladar esta medida de carácter excepcional al sector pasivo de la Policía y del Servicio Penitenciario Provincial;
Que en el año 1996 la Provincia de Río Negro transfirió al Estado Nacional su Sistema de Previsión Social regulado por las leyes provinciales vigentes, con excepción de lo establecido en el Título Décimo de la Ley L N 2432;
Que el Título Décimo de la Ley N 2432, según su texto original, regula el régimen de retiros y pensiones para el personal con estado policial de la Policía de la Provincia de Río Negro;
Que a su vez, la Ley S N 5.185, en su Artículo 147, establece que la Ley L N 2432, es la norma de aplicación al trámite de retiros y pensiones del personal penitenciario y sus derechohabientes;
Que en el marco de la Mesa de Diálogo de los Centros de Retirados de la Policía de Río Negro, creada por Resolución del Ministerio de Seguridad y Justicia N 559/2019, canal institucional que permite construir soluciones consensuadas y dar respuestas a los reclamos, consultas e inquietudes, se han recibido petitorios solicitando que las mismas medidas económicas extraordinarias otorgadas al sector activo, comprendan al sector pasivo policial como fue resuelto con los Decretos N 272/2020; 1269/2020, N 1055/21, N 329/23
y N 1153/23;
Que a los fines de no afectar la denominación utilizada con anterioridad, la suma no remunerativa y no bonificable, será denominada subsidio extraordinario;
Que el Poder Ejecutivo Provincial, ha evaluado las solicitudes y buscando asegurar la protección de las familias del sector pasivo policial y penitenciario, otorgará a modo excepcional, el mismo subsidio que al personal activo comprendido en las Leyes L N 679, S N 4283 y S N 5185, conforme las escalas jerárquicas y de cargos mencionadas detalladas en los Anexos I y II del presente Decreto, de carácter no remunerativo y no bonificable a los retirados y pensionados de la Policía y del Servicio Penitenciario de Río Negro que cuenten con alta previsional otorgado por ANSeS al momento de hacer efectivo el pago del mismo;
Que los subsidios extraordinarios que se otorgan por el presente Decreto no serán susceptibles de descuento alguno, ni computables para ningún otro concepto;
Que, en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al subsidio extraordinario establecido mediante el presente Decreto, percibiendo cada copartícipe idéntica proporción que aquella con la que se liquida su beneficio;
Que asimismo, si una persona es titular de más de un beneficio, por ejemplo un beneficio de retiro y un beneficio de pensión, solo podrá percibir un subsidio extraordinario;

Firmado Digitalmente por MILTON C. DUMRAUF - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6262.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/02/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha19/02/2024

Nro. de páginas45

Nro. de ediciones1912

Primera edición03/01/2002

Ultima edición09/05/2024

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