Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/03/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

20 de marzo de 2023

BOLETIN OFICIAL Nº 6170

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA

DECRETOS
DECRETO Nº 126/23

Viedma, 9 de febrero de 2023

Visto: el Expediente N 007474-G.G.A.-2023 del Registro de la Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río Negro, y;
CONSIDERANDO:
Que por el presente se gestiona la Contratación Directa para el pago del canon por parte de Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río Negro, CUIT 30-62293145-8, establecido por la Fundación del Automovilismo Deportivo de la República Argentina F.A.D.R.A CUIT 30-64840455-3, correspondiente a la realización de las competencias automovilísticas puntuables del Campeonato Argentino de las Categorías Turismo Carretera TC y Turismo Carretera Pista TC Pista, a realizarse en el Autódromo de la ciudad de Viedma los días 10 al 12 de Febrero del 2023;
Que en su carácter de Ente Fiscalizador Nacional de Automovilismo Deportivo -conforme Ley 24052la Asociación de Corredores Turismo Carretera A.C.T.C., pone en conocimiento al P.E. que se ha otorgado a esta provincia una fecha puntuable para las categorías automovilísticas mencionadas supra en el Calendario Automovilístico del año 2023, ofreciendo como fechas de realización las indicadas precedentemente en el Autódromo Ciudad de Viedma fs. 02;
Que a fs. 60/64 obra un contrato de Cesión de Derechos entre la Asociación de Corredores Turismo Carretera A.C.T.C. y F.A.D.R.A., en carácter de Cesionario, por la cual la primera cede a la segunda, los derechos que le corresponden para la explotación de los derechos económicos derivados de eventos, competiciones y campeonatos de automovilismo deportivo en la Categoría de Turismo Carretera -TC, Turismo Carretera Pista -TCP-, así como cualquier otra categoría que organice en el futuro y/o que fiscalice, la sustituya o complemente la A.C.T.C.;
Que asimismo, a fs. 03 entonces la Señora Ministra de Turismo y Deportes de la Provincia, solicita que el Canon sea abonado por Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río Negro, los cuales ascienden a la suma total de pesos cuarenta millones $ 40.000.000.-;
Que a fs. 03 obra autorización del Poder Ejecutivo de la provincia;
Que el evento deportivo a desarrollarse, contribuye no solo al impulso de esa disciplina deportiva, sino que también tiene un impacto social y económico para toda la ciudad.
Que de acuerdo a los principios de celeridad y economía en los trámites administrativos Artículo 47
de la Constitución Provincial y lo previsto en el Artículos 2 inciso b y 8 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia Ley A N 2938, resulta adecuado y procedente autorizar a la máxima autoridad de Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río Negro, a abonar el referido Canon, para la realización del evento deportivo indicado supra Artículo 33 Ley H N 3186, Artículo 33 Punto 1
inciso c -Anexo Idel Decreto H N 1737/98;
Que en el marco de la Contratación Directa señalada, Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río Negro será la encargada de abonar a F.A.D.R.A. el canon correspondiente a las categorías automovilísticas Turismo Carretera TC y Turismo Carretera Pista TC Pista, por la suma total de pesos cuarenta millones $ 40.000.000.-;
Que a fs. 55/56 se suscribe el Convenio de Reconocimiento de Derechos Económicos y Comerciales entre la Fundación del Automovilismo Deportivo de la República Argentina F.A.D.R.A y el Organizador Ministerio de Turismo y Deportes de la Provincia;
Que a fs. 52 se encuentra acreditada la razonabilidad del precio del Canon a abonar a la citada Fundación, conforme lo establecido por el Artículo 25 Punto 4, del Anexo II al Decreto H N 1737/98;
Que el gasto será solventado con el recurso 12811 Producto de la Lotería para Funcionamiento, correspondiente a la Jurisdicción 49: Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río Negro;
Que la presente contratación se encuadra en el Título VII, Artículo 92 inciso d de la Ley H N 3186 de Administración Financiera y Decreto H N 1737/98 Anexo II Reglamento de Contrataciones Artículo 25
Punto 1, inciso d;
Que corresponde comprometer y ordenar el presente gasto de conformidad a lo establecido en los Artículos 30 y 31 de la Ley H N 3186 de Administración Financiera;

Firmado Digitalmente por SERGIO D. HAIDT - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6170.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/03/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha20/03/2023

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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