Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 21 de Octubre de 2019

Nº 5818

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIX
EDICION DE 26 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Tel. 02920 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 26

DECRETOS

DECRETO Nº 1350
Viedma, 27 de Septiembre de 2019.Visto, el expediente N 075394-SI-2018, del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la ejecución de la obra: Plan Castello
Obras de Desarrollo: Proyecto Desarrollo de Riego en la localidad de Campo Grande, en la Provincia de Río Negro;
Que mediante Resolución N 012/19 del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos se aprobó la Documentación Técnica, el Presupuesto Oficial y se procedió al llamado a Licitación Pública fojas 376/378;
Que se ha cumplido con las publicaciones e invitaciones que exige la legislación vigente fojas 379, 382/389;
Que obrante a fojas 390/401 se encuentran los correspondientes recibos de venta de pliego de las empresas adquirientes y fotocopias autenticadas de los depósitos efectuados respectivamente;
Que a fojas 402/415 y 425 431 lucen agregadas las circulares sin consulta N 1, 2 y 3 respectivamente, junto a las constancias de notificación de las empresas adquirientes de los pliegos, por la cual se introdujeron aclaraciones al proceso licitatorio y a fojas 416/424 consta la circular con consulta N 1
y constancias de notificación a las firmas;
Que, conforme surge del Acta de Apertura obrante a fojas 1698/1699, con fecha 21 de Febrero 2019 se procedió a la apertura de los sobres correspondientes a la Licitación Pública N 01/2019, acto en el que presentaron sus ofertas las firmas Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima, Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, Ecosur Bahía Sociedad Anónima, U.T. Oriente Construcciones Sociedad Anónima Eca Sociedad Anónima y U.T. RJ Ingeniería Sociedad Anónima CN Sapag Sociedad Anónima;
Que a fojas 1700 consta Informe de Recepción y Control de Documentación del Departamento de Licitaciones y Compras, mediante el cual se informa que la firma Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima no ha dado cumplimiento al Apartado 10 Puntos N 1.12, 1.16 y 1.18 del Sobre N 1, y las firmas Tecnobras Argentina Sociedad Anónima y U.T. Oriente Construcciones Sociedad Anónima Eca Sociedad Anónima no han dado cumplimiento al Apartado 10 Puntos N 2.3 del Sobre N 2 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares;
Que en virtud de las ofertas recibidas, el Ministro de Obras y Servicios Públicos, mediante Resolución N 149/18, obrante a fojas 1754/1755 creó una Comisión de Preadjudicación encargada del estudio de las mismas en los términos en los Artículos 22 y 23 de la Ley J N 286 de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario;
Que a fojas 1757, obra nota S/N del Departamento Licitaciones y Compras, mediante la cual se informa que las firmas Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima, Tecnobras Argentina Sociedad Anónima y U.T. Oriente Construcciones Sociedad Anónima Eca Sociedad Anónima, han dado cumplimiento a lo solicitado fojas 1701/1753;

Que comparadas y analizadas las ofertas por la Comisión de Preadjudicación, se verifica que la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima presenta la oferta más conveniente por la suma de Pesos doscientos tres millones setecientos veintisiete mil trescientos sesenta y cuatro con ochenta y nueve centavos $ 203.727.364,89, representando un 16,40%
por encima del Presupuesto Oficial, según consta y se justifica en el Acta de Preadjudicación obrante a fojas 1859/1863 del presente expediente;
Que en virtud de lo expresado anteriormente surge que es conveniente adjudicar la ejecución de la obra: Plan Castello Obras de Desarrollo:
Proyecto Desarrollo de Riego en la localidad de Campo Grande, Provincia de Río Negro, a la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, con domicilio legal en la ciudad de Viedma, CUIT N 33-68448976-9, en la suma de Pesos doscientos tres millones setecientos veintisiete mil trescientos sesenta y cuatro con ochenta y nueve centavos $ 203.727.364,89;
Que el plazo de ejecución de la obra se estima será de 540 días corridos, proyectándose una ejecución presupuestaria para el ejercicio 2019 del treinta por ciento 30% del monto de adjudicación de la obra, de acuerdo a la nota N 249/19 obrante a fojas 1868, ascendiendo a la suma de Pesos sesenta y un millones ciento dieciocho mil doscientos nueve con cuarenta y siete centavos $ 61.118.209,47, quedando pendiente para el ejercicio 2020, la suma de Pesos ciento veintidós millones doscientos treinta y seis mil cuatrocientos dieciocho con noventa y tres centavos $ 122.236.418,93 representando un sesenta por ciento 60% y para el ejercicio 2021 un diez por ciento 10% por la suma de Pesos veinte millones trescientos setenta y dos mil setecientos treinta y seis con cuarenta y nueve centavos $ 20.372.736,49;
Que, de acuerdo a lo expresado en la Ley N 5201, la presente obra se financia con recursos provenientes del Fondo Fiduciario de Desarrollo Rionegrino Plan Gobernador Castello, destinado al financiamiento de obras de inversión pública que propendan al desarrollo regional y la integración provincial;
Que la presente obra es considerada prioritaria a los fines del Estado, atento a lo dictaminado por la Comisión de Priorización de Inversiones en el Acta Constitutiva obrante a fojas 08/11 de acuerdo a lo descrito en el artículo 7 de la mencionada ley;
Que en su artículo 11 la Ley N 5201 designó al Ministerio de Economía como autoridad de aplicación de la ley, y se dictó el Decreto N 1546 el cual dispuso en sus artículos 3, 4 y 5 delegar al Ministerio de Economía la negociación y condiciones de los títulos y a realizar las adecuaciones presupuestarias entre otras cuestiones, por lo que se solicita al Ministerio de Economía instuir al agente fiduciario ordenar los pagos a favor de la adjudicataria;
Que la presente obra prevé un Anticipo Financiero del 15% del monto contractual que asciende a la suma de Pesos treinta millones quinientos cincuenta y nueve mil ciento cuatro con setenta y tres centavos $
30.559.104,73, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 50
de la Ley J N 286 de Obras Públicas;
Que según lo estipulado en el Decreto 1313/14, y teniendo en cuenta el Apartado 21 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, la Dirección de Certificaciones, Intereses y Reformulación de Contratos del Ministerio de Obras y Servicios Públicos mediante Nota N 189/19 obrante a fojas 1873, estima el monto aproximado a redeterminar en la suma de
Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha21/10/2019

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones1908

Primera edición03/01/2002

Ultima edición18/04/2024

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