Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/01/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 31 de Enero de 2019

BOLETIN OFICIAL N 5744

RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE
Resolución Nº 037
Viedma, 10 de Enero de 2019
Visto: El expediente Nº 086062-SAYDS-2017 del Registro de la Secretaría General, caratulado "S/ Unificación de Resoluciones y Actualización de los Montos de las Tasas Administrativas de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Río Negro", el Art. 85 de la Constitución de la Provincia de Río Negro, la Ley de Ministerios Nº 5.105, las Leyes M Nº 4.741, M Nº 3.266, M Nº 3.250, Q Nº 2056, Decreto M N 656/2004, Resolución Nº 641/SAYDS/2016, Resolución N 339/SAYDS/2018, Resolución N 072/SAYDS/2018, y;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en las Leyes M Nº 3.266 y M Nº 4.741, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable es la máxima Autoridad Ambiental en jurisdicción provincial en los términos del Artículo 85 de la Constitución Provincial;
Que, en tal carácter, es el organismo encargado de implementar y gestionar el Registro Provincial de Consultores Ambientales conf. Art. 23 de la ley M
Nº 3.266, el Registro Provincial de Residuos Especiales conf. Art. 4 de la ley M Nº 3.250, el Registro Provincial de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos, Bocas de expendio de Fraccionadores, Revendedores de Combustibles a Grandes Consumidores y Lubricentros Resolución Nº 641/SAyDS/16;
Que, asimismo tiene a su cargo, la evaluación de las Declaraciones Juradas y Estudios de Impacto Ambiental de todos los proyectos de obras o actividades capaces de modificar, directa o indirectamente el ambiente del territorio provincial conf. Art. 5 y 28 Ley M Nº 3266;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Anexo III del Decreto M N 656/
2004 -reglamentario en forma parcial de la Ley M Nº 3266- y complementado por la Resolución N 339/SAYDS/2018 de fecha 14.03.2018, es también este organismo el encargado de administrar la tasa que deben abonar quienes desarrollen actividades hidrocarburíferas en todas sus etapas, destinada a financiar el costo de las erogaciones asociadas con las contraprestaciones e insumos necesarios para llevar a cabo las actividades de control y fiscalización de dicha actividad;
Que, conforme los alcances de la Ley Q N 2.056, esta Secretaría tiene a su cargo el manejo, protección, conservación, propagación, repoblación, restauración, control y aprovechamiento racional del recurso fauna silvestre, realizado en forma integrada y armónica con los demás recursos naturales que constituyen sus hábitats o ambientes. En ese sentido, se encuentra a cargo del otorgamiento de permisos y licencias de caza deportiva así como lo referente a las actividades de cría, tránsito, transporte, comercialización, industrialización y manufacturación de los productos y subproductos que tienen origen en la Fauna Silvestre Rionegrina Conf. Art. 29 y 37;
Que, estas competencias a su vez son complementadas con sistemas de auditoria, monitoreo, control y fiscalización de todas las actividades que puedan impactar el ambiente y, en ese sentido las tareas son financiadas por distintas tasas administrativas creadas para tales fines conforme los detalles mencionados ut supra;
Que, en orden a ello fueron dictadas las Resoluciones N 028/04 y Nº 1400/SAYDS/16 tasas de inscripción al Registro Provincial de Consultores y sus actualizaciones; Nº 432/COD/08 y Nº 1401/SAYDS/16 tasas de inscripción al Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Especiales y sus actualizaciones; Nº 433/COD/08 y N 1402/SAYDS/16 tasas correspondientes a Evaluación de DDJJ, EIA y sus actualizaciones; Nº 641/SAYDS/2016 tasa para inscripción en el Registro Provincial de Bocas de Expendio de Combustibles; Nº 106/SAYDS/2017 y Nº 240/SAYDS/2017 tasas hidrocarburíferas - Decreto M Nº 656/04 y;
Resoluciones SG Nº 671/2017 y Nº 832/2017 tasas correspondientes a permisos y licencias de caza e inscripción en los Registros creados por artículos 29 y 37 de la ley provincial Q Nº 2.056;
Que, mediante las Resoluciones precitadas se fijaron los montos correspondientes a las tasas administrativas que le correspondía percibir a esta Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Río Negro, que asimismo mediante la Resolución N 072/SAYDS/2018 se dejaron sin efecto las Resoluciones precitadas en función de la dispersión normativa existente, unificándose las tasas administrativas y aranceles a percibir por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable en un único cuerpo normativo, facilitando al administrado tomar conocimiento de los valores vigentes para cada una de las actividades correspondientes, estableciendo en los anexos, los montos del período 2018 y la cuenta de destino en la cual deben depositarse dichos importes;

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Que, en función de ello, resulta necesario determinar la actualización de los montos de dichas tasas y aranceles para el período 2019, para las distintas actividades desplegadas por esta Secretaria, como así también determinar la tasa a percibir por las operaciones de abandono de pozos hidrocarburiferos en el marco del Decreto M N 656/2004 complementado por la Resolución N 339/SAYDS/2018;
Que la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable es competente para el dictado de la presente en función de la Ley de Ministerios Nº 5.105
y el Decreto Nº 36/15, por medio de la cual se la designa autoridad ambiental de la provincia;
Que, encontrándose ausente la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, se encuentra facultada para el dictado de la presente, la Subsecretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la provincia, en función del Decreto N 1375/18 y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución N 1472/SAYDS/2018;
Por ello:
La Subsecretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable RESUELVE:
Articulo 1º.- Actualícese los montos correspondientes a las tasas y aranceles a percibir por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable para el período 2019, de conformidad con lo dispuesto por las Leyes M Nº 3266, M N 4741, M Nº 3250 y Q Nº 2056, y el Decreto Provincial N 656/
04, según el contenido de los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución.Art. 2º.- Determínese la tasa correspondiente al trámite de inscripción en el Registro Provincial de Operadores de Abandono de Pozos Hidrocarburíferos de conformidad a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en el considerando respectivo y de acuerdo al monto establecido en el anexo III de la presente.Art. 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, haciéndose saber que no se darán trámite a las presentaciones que se efectúen sin acreditar el pago de la tasa correspondiente.Art. 4º.- Regístrese, Publíquese en Boletín Oficial, cumplido, archívese.Nancy A. Peilman. Subsecretaria.

Anexo I Resolución Nº 037/2019
A. Registro Provincial De Consultores Ambientales LEY M Nº 3.266
1. Tasa Ambiental Anual para consultores individuales: pesos cuatro mil $ 4.000.
2. Tasa Ambiental Anual para consultorías: pesos once mil $11.000.
B. Presentación de Estudio de Impacto Ambiental LEY M Nº 3.266
1. Declaración Jurada Ambiental: pesos seis mil $ 6.000.
2. Estudio de Impacto Ambiental: pesos ocho mil $ 8.000.
3. Actualizaciones Bianuales: pesos seis mil $ 6.000.
C. Registro de Residuos Especiales LEY M Nº 3.250
1. Tasa Ambiental Anual para Generadores: pesos veinticinco mil $
25.000.
2. Tasa Ambiental Anual para Transportistas: pesos seis mil $6.000
por cada Vehículo acreditado para dicho Transporte.
3. Tasa Ambiental Anual para Operadores: pesos cincuenta y cinco mil $55.000.
Las tasas fijadas en el presente anexo deberán abonarse mediante depósito en la cuenta del Fondo Provincial de Protección Ambiental del Banco Patagonia Cuenta Corriente N 900001994, Nº de CBU: 0340250600900001994000 y acreditar de manera fehaciente el mismo, acompañando copia de la constancia de pago a esta Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable juntamente con la presentación a efectuar.

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5744.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/01/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha31/01/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1912

Primera edición03/01/2002

Ultima edición09/05/2024

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