Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 13/09/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 13 de Septiembre de 2018

BOLETIN OFICIAL N 5704

e Confeccionar un Registro Provincial con las organizaciones que se autoricen.
f Promover la investigación científica en las áreas de nutrición, infectología, inmunología y psicología referidas a la Neonatología y la Perinatología; la formación de recursos humanos aptos para el desempeño de funciones en los Bancos de Leche Materna Humana y su permanente y continua capacitación; la instalación de otros Bancos de Leche Materna Humana y la comunicación y difusión de actividades científicas.
Art. 8.- La presente ley deberá ser reglamentada dentro de los ciento veinte 120 días de promulgada.
Art. 9.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar dentro del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente, las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
Art. 10.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
Aprobado en General y en Particular por Unanimidad Votos Afirmativos: Daniela Beatriz Agostino, Luis Horacio Albrieu, Ricardo Daniel Arroyo, Marta Susana Bizzotto, Adrián Jorge Casadei, Juan Elbi Cides, Norma Beatriz Coronel, Rodolfo Rómulo Cufré Oscar Eduardo Díaz, Mariana E. Domínguez Mascaro, Roxana Celia Fernández, María Liliana Gemignani, Viviana Elsa Germanier, María Inés Grandoso, Graciela Esther Holtz, Elsa Cristina Inchassendague, Javier Alejandro Iud, Elban Marcelino Jerez, Silvana Beatriz Larralde, Tania Tamara Lastra, Leandro Martín Lescano, José Adrián Liguen, Facundo Manuel López, María del Carmen Maldonado, Héctor Marcelo Mango, Humberto Alejandro Marinao, Alfredo Adolfo Martin, Raúl Francisco Martínez, Marta Silvia Milesi, Silvia Beatriz Morales, Jorge Armando Ocampos, Alejandro Palmieri, Silvia Alicia Paz, Carina Isabel Pita, Sandra Isabel Recalt, Sergio Ariel Rivero, Nicolás Rochás, Mario Ernesto Sabbatella, Graciela Mirian Valdebenito, Jorge Luis Vallazza, Miguel Angel Vidal, Elvin Gerardo Williams, Soraya Elisandra Iris Yauhar.
Fuera del Recinto: Edith Garro.
Ausentes: Alejandro Ramos Mejía, Leandro Miguel Tozzi.
Dr. Facundo Manuel López, Vice Presidente 1º a/c. Presidencia de la Legislatura.- Lic. Daniel Arnaldo Ayala, Secretario Legislativo.
Viedma, 31 de Agosto de 2018.
Cúmplase, publíquese, dése al Registro, al Boletín Oficial y archívese.
Alberto E. Weretilneck, Gobernador.- L. F. Zgaib, Ministro de Salud.
DECRETO Nº 1116
Registrada bajo el Número de Ley Cinco mil trescientos ocho 5308.
Viedma, 31 de Agosto de 2018.
Nelson Américo Cides, Secretario General.
oOo LEY Nº 5309
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY
Artículo 1.- La Provincia de Río Negro adhiere en todos sus términos a la ley nacional n 27350 que establece un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud, cuyo texto forma parte de la presente como anexo I.
Art. 2.- La autoridad de aplicación queda facultada a suscribir convenios con el Ministerio de Salud de la Nación tendientes a la aplicación de la ley nacional 27350, de investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados y la articulación de acciones para el cumplimiento de sus objetivos.
Art. 3.- Es autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Salud de la provincia.
Art. 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
Aprobado en General y en Particular por Unanimidad Votos Afirmativos: Daniela Beatriz Agostino, Luis Horacio Albrieu, Ricardo Daniel Arroyo, Marta Susana Bizzotto, Adrián Jorge Casadei, Juan Elbi Cides, Norma Beatriz Coronel, Rodolfo Rómulo Cufré, Oscar Eduardo Díaz,
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Mariana E. Domínguez Mascaro, Roxana Celia Fernández, Edith Garro, María Liliana Gemignani, Viviana Elsa Germanier, María Inés Grandoso, Graciela Esther Holtz, Elsa Cristina Inchassendague, Javier Alejandro Iud, Elban Marcelino Jerez, Silvana Beatriz Larralde, Tania Tamara Lastra, Leandro Martín Lescano, José Adrián Liguen, Facundo Manuel López, María del Carmen Maldonado, Héctor Marcelo Mango, Humberto Alejandro Marinao, Alfredo Adolfo Martín, Raúl Francisco Martínez, Marta Silvia Milesi, Silvia Beatriz Morales, Jorge Armando Ocampos, Alejandro Palmieri, Silvia Alicia Paz, Carina Isabel Pita, Sandra Isabel Recalt, Sergio Ariel Rivero, Nicolás Rochás, Mario Ernesto Sabbatella, Graciela Mirian Valdebenito, Jorge Luis Vallazza, Miguel Angel Vidal, Elvin Gerardo Williams, Soraya Elisandra Iris Yauhar.
Ausentes: Alejandro Ramos Mejía, Leandro Miguel Tozzi.
Dr. Facundo Manuel López, Vice Presidente 1º a/c. Presidencia de la Legislatura.- Lic. Daniel Arnaldo Ayala, Secretario Legislativo.
Viedma, 31 de Agosto de 2018.
Cúmplase, publíquese, dése al Registro, al Boletín Oficial y archívese.
Alberto E. Weretilneck, Gobernador.- L. F. Zgaib, Ministro de Salud.
DECRETO Nº 1117
Registrada bajo el Número de Ley Cinco mil trescientos nueve 5309.
Viedma, 31 de Agosto de 2018.
Nelson Américo Cides, Secretario General.

H Cámara de Diputados de la Nación Presidencia 2427; 3726; 4795; 5618;
6899 y 6965-D-16
OD 751
Buenos Aires, 23 de Noviembre de 2016.
Señora Presidenta del H. Senado.
Tengo el honor de dirigirme a la señora Presidenta, comunicándole que esta H. Cámara ha sancionado, en sesión de la fecha, el siguiente proyecto de ley que paso en revisión al H. Senado.
El Senado y Cámara de Diputados, etc.
INVESTIGACIÓN MÉDICA Y CIENTÍFICA
DEL USO MEDICINAL DE LA PLANTA DE
CANNABIS Y SUS DERIVADOS
Artículo 1- Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud.
Art. 2- Programa. Créase el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, en la órbita del Ministerio de Salud.
Art. 3- Objetivos. Son objetivos del programa:
a Emprender acciones de promoción y prevención orientadas a garantizar el derecho a la salud;
b Promover medidas de concientización dirigidas a la población en general;
c Establecer lineamientos y guías adecuadas de asistencia, tratamiento y accesibilidad;
d Garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis a toda persona que se incorpore al programa, en las condiciones que establezca la reglamentación;
e Desarrollar evidencia científica sobre diferentes alternativas terapéuticas a problemas de salud, que no abordan los tratamientos médicos convencionales;
f Investigar los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados en la terapéutica humana;
g Comprobar la eficacia de la intérvención estudiada, o recoger datos sobre sus propiedades y el impacto en el organismo humano;
h Establecer la eficacia para cada indicación terapéutica, que permita el uso adecuado y la universalización del acceso al tratamiento;
i Conocer los efectos secundarios del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, y establecer la seguridad y las limitaciones para su uso, promoviendo el cuidado de la población en su conjunto;
j Propiciar la participación e incorporación voluntaria de los pacientes que presenten las patologías que la autoridad de aplicación determine y/o el profesional médico de hospital público indique, y de sus familiares, quienes podrán aportar su experiencia, conocimiento empírico, vivencias y métodos utilizados para su autocuidado;

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5704.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 13/09/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha13/09/2018

Nro. de páginas34

Nro. de ediciones1903

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/03/2024

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