Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/12/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5519

DECRETO Nº 1979.- 24-11-2016.- Aceptar, a partir del 14 de octubre de 2016, la renuncia presentada por el agente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, Sra. Liliana Hilda Catellani, Cuil Nº 27-06688439-8, Legajo Personal Nº 510115/8, con situación de revista en la Categoría 18 - Agrupamiento Administrativo - Planta Permanente de la Ley L Nº 1844 y modificatorias, por haber obtenido el beneficio de la Jubilación Ordinaria.- Expte. Nº 139.478-DRH-2016.
DECRETO Nº 1980.- 24-11-2016.- Aceptar, a partir del 1 de agosto de 2016, la renuncia presentada por el Sr. Alejandro Andrés Pasaron, Cuil Nº 20-10044959-6, Planta Permanente, Categoría 08 - Agrupamiento Administrativo de la Ley 1844, del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, de acuerdo al Art. 86, Inc. c de la Ley L Nº 3487.- Expte. Nº 42.139-DRH-2016.
DECRETO Nº 1981.- 24-11-2016.- Transfiérase, a partir de la fecha del presente Decreto, con su correspondiente cargo presupuestario, a la Sra.
Sofía Lento, DNI. Nº 28.750.621, Legajo Nº 660421/8, agente de Planta Permanente, Ley L Nº 1844, Agrupamiento Profesional, Categoría 12, abogada, con funciones en el Organismo Central, Jurisdicción 44 Programa 14.00.00.00 del Ministerio de Salud, con destino a la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro.- Notifíquese a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo A.R.T. de la transferencia de la Sra.
Sofía Lento, a la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro.- Expte. Nº 95882-S-2016.
DECRETO Nº 1982.- 24-11-2016.- Promuévase automáticamente, a la Sra. Solano Joana Yanet, DNI. Nº 30.514.749, según la Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente Decreto, por aplicación del Art.
23 de la Ley L Nº 1844.

Planilla Anexa I al Decreto Nº 1982

Expte. Nº 035628-DRH-2016.
DECRETO Nº 1983.- 24-11-2016.- Promover en forma automática, según lo estipula los Arts. 15 y 23 del Anexo II de la Ley L Nº 1844, a los agentes y a las categorías que se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto, con situación de revista en la Jurisdicción 49, Programa 11, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Partida 100, Recurso 12.811, dependiente de la Lotería de Río Negro.

Anexo al Decreto Nº 1983
Reubicación Personal Planta Permanente Escalafón Ley L Nº 1844

Expte. Nº 54.624-GGA-2016.
DECRETO Nº 1985.- 24-11-2016.- Promover automáticamente, al agente Alejandro David Ayalef, Cuil Nº 20-31172919-6, de la Agencia de Recaudación Tributaria a la Categoría 12, Agrupamiento Profesional, a partir de la firma del presente Decreto, por aplicación de lo establecido en el Anexo II, Arts. 13 y 15 de la Ley L Nº 1844 y el Decreto Nº 497/
10.- Reconocer, a partir de la fecha del presente Decreto, la equiparación de Categoría en los términos remunerativos del agente mencionado.Expte. Nº 014.618-ART-2016.
DECRETO Nº 1986.- 24-11-2016.- Encárgase el Despacho del Ministerio de Salud, desde el día 28 de noviembre de 2016 al 2 de diciembre de 2016 inclusive, al Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
DECRETO Nº 1987.- 24-11-2016.- Adherir a los festejos organizados con motivo de la conmemoración del 103 Aniversario de la fundación de la localidad de Coronel Belisle, el día 12 de diciembre de 2016.
DECRETO Nº 1988.- 24-11-2016.- Adherir a los festejos organizados con motivo de la conmemoración del 105 Aniversario de la fundación de la localidad de Sierra Colorada, el día 7 de diciembre de 2016.
DECRETO Nº 1989.- 24-11-2016.- Adherir a los festejos organizados con motivo de la conmemoración del 89 Aniversario de la fundación de la localidad de Los Menucos, el día 7 de diciembre de 2016.

Viedma, 12 de Diciembre de 2016

RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro SECRETARÍA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE
Resolución Nº 1288
Viedma, 23 de Noviembre de 2016
Visto: el Expediente N 006587-SAYDS-2016 del Registro de la Secretaría General, caratulado EIA - Planta de Tratamiento y Disposición Final para Residuos Especiales - Treater Neuquén S.A, la Ley 4.741, M N 3.266 y 3.250, J N 3.284, la Constitución de la Provincia de Río Negro, la Ley N
25.675; y CONSIDERANDO:
Que, con fecha 14 de Septiembre de 2.016 el apoderado de la empresa Treater Neuquén S.A presenta el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto de construcción, funcionamiento y abandono de la Planta de tratamiento y disposición final para residuos especiales a ejecutarse en la localidad de Campo Grande, Departamento de General Roca, Provincia de Río Negro;
Que, se constata que el Consultor ambiental Alberto Montorfano, se encuentra inscripto en el Registro de Consultores Ambientales de la Provincia, cumplimentando así con lo estatablecido por la Resolución N 028/04 y lo que prescribe la Ley M N 3.266. Asimismo, se adjunta el comprobante de pago de la tasa por Pesos Mil Quinientos $ 1.500 en concepto de presentación de EsIA y constituyen domicilio legal en la ciudad de Viedma en calle Alvaro Barros N 135, Planta Alta Nº 838;
Que, en un análisis preliminar el área técnica del organismo hace saber que el Estudio de Impacto Ambiental EsIA corresponde al proyecto de la Planta de Tratamiento y Disposición Final de Residuos Especiales la que contará con un relleno de seguridad, una planta de tratamiento físico químico de líquidos especiales, un lavadero de tanques, piletas y equipos, una planta de tratamiento por desorción térmica, un repositorio para disposición transitoria de suelos afectados por hidrocarburos, e instalaciones complemertarias como laboratorio, galpón, oficina y estacionamiento;
Que, mediante Dictamen Técnico N 198/16 se deja observado aspectos a cumplimentar respecto del proyecto, entorno y sobre las medidas y plan de gestión ambiental. Dichas observaciones fueron notificadas mediante Nota SAyDS - GFO N 437/2016 a los fines de continuar con la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental por parte de este organismo;
Que, de acuerdo a la magnitud e importancia del proyecto en cuestión y atento a los antecedentes referenciados, se evidencia la necesidad y conveniencia de recabar datos complementarios dando lugar a la presentación de opiniones y posturas, tanto de la ciudadanía involucrada como de otros organismos y entidades. Todo ello motiva suficientemente la convocatoria a Audiencia Pública que este organismo lleva adelante por medio de la presente;
Que, dentro del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental previsto en la Ley M N 3.266 Artículo 7 Inc. c es facultad de esta Secretaría tomar la decisión de convocar a audiencia pública en forma previa a emitir la Resolución ambiental correspondiente;
Que, la mentada normativa provincial se enmarca en los presupuestos mínimos establecidos por la Ley General de Ambiente N 25.675, la cual preceptúa en su Artículo 20, que las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente;
Que, en el ámbito de la Provincia de Río Negro, ello ha sido reglamentado por la Ley J N 3.284, la cual define la Audiencia Pública como una instancia de expresión y/o reclamo colectivo, actos de conocer la opinión de la ciudadanía previo a la toma de decisiones previo a la toma de decisiones administrativas, para que todos aquellos que puedan verse afectados o tengan un interés particular expresen su opinión respecto a ella;
Que, podrá participar de la misma, toda persona física y/o jurídica con domicilio en la Provincia de Río Negro, que invoque un derecho o interés simple o difuso, de incidencia colectiva relacionado con el objeto de la audiencia, podrá participar como público en general o como expositor. Para este último supuesto deberá inscribirse con un mínimo de 72 horas hábiles a la celebración de la Audiencia Artículo 25 Ley J N 3.284, en un registro de expositores habilitado a tal efecto por medio de la presente Resolución;
Que, la autoridad podrá invitar a participar como expositores de la presente a testigos y/o expertos nacionales o extranjeros, a fin de que se facilite la comprensión de la temática objeto de la Audiencia;
Que, deberá preverse la aistencia de un cuerpo de taquígrafos conforme lo establece el art. 31 Inc. h;
Que, el expediente estará a disposición de la ciudadanía, para su consulta en la sede del organismo, y las copias que se realicen serán a costa del solicitante. Se dispondrá la entrega de resúmenes del proyecto a quienes lo soliciten para una mejor comprensión;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/12/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha12/12/2016

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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