Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/12/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 8 de Diciembre de 2016

BOLETIN OFICIAL N 5518

Que, encontrándose ausente la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, suscribe la presente el Subsecretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, designado mediante Decreto N 309/2015, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución N 22/SAYDS/2016;
Por ello:
El Subsecretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable RESUELVE
Artículo 1: Convóquese a Audiencia Pública en el marco de la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto de construcción, funcionamiento y abandono de la Planta de Tratamiento y Disposición Final para residuos especiales presentado por Treater Neuquén S.A. en el marco del Expediente N 006587/SAyDS/2.016, caratulado EIA - Planta de Tratamiento y Disposición Final para Residuos Especiales - Treater Neuquén S.A, según lo normado por el art. 7 inc. c de la Ley M Nº 3.266 y la Ley J N 3.284, y de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en los considerandos precedentes.Art. 2: Apruébase el Anexo, como parte integrante de la presente, donde constan las especificaciones y contenido de la Audiencia Pública.Art. 3: Invítese al Municipio de Campo Grande a adherirse a la presente y prestar su colaboración.Art. 4º: Créase en el ámbito de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable el Registro para la inscripción de los expositores de la Audiencia Pública, los cuales deberán proceder conforme lo establecido en el Anexo de la presente Resolución.Art. 5: Publíquese la presente convocatoria integrando las prescripciones de los Arts. 22 y 23 de la Ley J Nº 3.284.Art. 6º: Regístrese, Comuníquese, Notifíquese, Dése al Boletín Oficial, Publíquese y Archívese.Guillermo Ceballos, Subsecretario, Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
ANEXO
RESOLUCIÓN N 1288/SAyDS/2016
Contenido de la Convocatoria 1. Autoridades convocantes: La audiencia pública será convocada por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.2. Objeto de la Convocatoria: Por la presente convocatoria, se invita a los interesados en participar en la Audiencia Pública como instancia de expresión ciudadana en el proceso de toma de decisiones de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, en relación al proyecto de construcción, funcionamiento y posterior abandono de la Planta de Tratamiento y Disposición Final de Residuos Especiales a ejecutarse en el Municipio de Campo Grande, presentado por Treater Neuquén S.A en el marco del Expte N 006587/SAyDS/2.016, caratulado EIA - Planta de Tratamiento y Disposición Final para Residuos Especiales - Treater Neuquén S.A.3. Fecha de Celebración de la Audiencia Pública: Se realizará el día 28 de Diciembre de 2016, en el Salón Comunitario Municipal, sito en la calle Bueros Aires N 250 - Sargento Vidal de la localidad de Campo Grande, a partir de las 09:00 horas, pudiendo ser prorrogada al día siguiente en virtud de su extensión, a criterio de las autoridades.4. Derecho a vista del Expediente: Cualquier interesado podrá tomar vista de las presentes actuaciones y del Expte N 006587/SAyDS/2016, caratulado EIA - Planta de Tratamiento y Disposición Final para Residuos Especiales - Treater Neuquén S.A, dentro del horario de 9:00 a 13:00 hs., en la Sede de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Río Negro, sita en Colón 275 3 Piso de la ciudad de Viedma.
Asimismo, se pondrá a disposición de la ciudadanía un resumen del proyecto en los siguientes lugares: 1 Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable Delegación Gral. Fernández Oro, sita en calle Avda. Cipolletti N 321 - Tel.: 0299 4996787 y 2 Municipio de Campo Grande, sito en la Calle Coronel Lorenzo Vínter y Dr. Luis Pasteur N 69 - Villa Manzano Tel.: 0299 4973173.5. Procedimiento de Inscripción para participar de la Audiencia: Los interesados comprendidos en el art. 13 de la Ley J Nº 3.284 podrán inscribirse para participar de la Audiencia en los sitios detallados en el Punto 4 hasta 72
horas antes de la realización a la audiencia, debiendo invocar un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva. En caso de representación de personas jurídicas se deberá acreditar la personería con los instrumentos correspondientes. La extensión las participaciones no excederá de los cinco minutos, según lo normado por lo normado por el art. 26 de la citada Ley Provincial.6. Expositores: Según la Ley Provincial de Audiencias Públicas, se consideran expositores al Defensor del Pueblo, a los funcionarios del Poder Ejecutivo, legisladores provinciales, así como a los testigos y expertos invitados. Los expositores deben comunicar al organismo de implementación su intención de participar, a fin de posibilitar la confección completa del orden del día.-

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7. Autoridades de la Audiencia: La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Dina Migani, presidirá la Audiencia Pública. Los Dres. Guillermo Ceballos y/o Nancy Peilman, oficiarán -indistintamentecomo Secretarios de la misma y la Sra. Ayelén Cáceres de la Fundación del Centro Patagónico y/o a quien esta última designe, oficiarán de moderadores en el desarrollo del debate.8. Financiamiento: Para la realización de la Audiencia Pública se asignarán fondos de recursos presupuestarios de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable a excepción de los gastos correspondientes a los moderadores y taquígrafos los que deberán ser costeados por el proponente del proyecto.9. Normas de Procedimiento para la Audiencia Pública: En todo lo no reglado por el presente, regirá supletoriamente la Ley J Nº 3.284.oOo Provincia de Río Negro AGENCIA DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
Resolución Nº 888
Viedma, 30 de noviembre de 2016.
Visto: El Expediente N 16.218-ART-2016 del registro de esta Agencia de Recaudación Tributaria, el Código Fiscal de la Provincia de Río Negro, Ley I N 2686 y sus modificatorias, la Ley I N 1301, las Resoluciones Generales ART N 325/13, 251/16 y 1417/2015; y CONSIDERANDO:
Que la Ley I N 2686 establece en el Artículo 97 que la Agencia de Recaudación Tributaria podrá exigir anticipos o pagos a cuenta de obligaciones impositivas del período fiscal en curso o del siguiente, en la forma y tiempo que la misma establezca;
Que la Ley I N 1301, establece la obligación de pagar el impuesto sobre los ingresos brutos por el ejercicio habitual y a título oneroso en jurisdicción de la Provincia de Río Negro del comercio, industria, profesión, oficio, negocio, locación de bienes, obras o servicios, o de cualquier otra actividad, cualquiera sea el resultado económico obtenido y la naturaleza del sujeto que la preste, incluidas las sociecades cooperativas y el lugar donde se realice;
Que mediante la Resolución N 325/13 se estableció un régimen de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para aquellos contribuyentes que desarrollen actividades de salones de baile, discotecas, bailantas, whiskerías, confiterías bailables, café concerts y establecimientos análogos; restaurantes, cantinas, pizzerías y en general, quienes presten servicios de comidas elaboradas para consumo en el lugar, bares, confiterías, cervecerías y similares; y servicios de alojamiento en los centros turísticos de la Provincia Las Grutas, El Bolsón y San Carlos de Bariloche durante los meses considerados de temporada alta;
Que mediante la Resolución N 251/16, y teniendo en cuenta que el régimen de pago a cuenta antes citado se estableció para combatir la alta informalidad de los llamados contribuyentes golondrina, se exceptúo de su cumplimiento a aquellos sujetos obligados en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que posean una antigedad de al menos tres años como contribuyentes de dicho impuesto en provincia y que se encuentren al día con sus obligaciones materiales y formales.
Que el Artículo cuarto de la Rolución N 325/13 determina los importes, parámetros y procedimiento de cálculo del pago a cuenta que corresponde ingresar a los sujetos obligados;
Que la última actualización de los importes utilizado para el cálculo del pago a cuenta, se efectúo a través de Resolución ART nro.1417/2015;
Que a efectos de no desvirtuar los fines del establecimiento del régimen de pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos, es necesario actualizar los importes establecidos en el Artículo 1 de la Resolución N 1417/15;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas al suscripto por los artículos 5, 6, 97 y concordantes de la Ley I N 2686 y modificatorias;
Por ello:
El Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación Tributaria RESUELVE
Artículo 1.- Apruébense los nuevos valores de los parámetros, establecidos en el Artículo 4 de la Resolución ART N 325/13, actualizados por el Artículo 1 de la Resolución ART N 1417/2015, para la estimación del pago a cuenta, conforme al siguiente esquema:

Art. 2º.- Entrada en vigencia. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación.Art. 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, cumplído archívese.Cr. Agustín Domingo, Director Ejecutivo Agencia de Recaudación Tributaria.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/12/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha08/12/2016

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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