Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/06/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 29 de Junio de 2015

Nº 5367

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 42 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 42

DECRETOS

DECRETO Nº 295
Viedma, 6 de Abril de 2015.
Visto: El Expediente N 081273-DRH-2015 del Registro de la Secretaría General, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita el otorgamiento de un Adicional Especial Funcional para adquirir indumentaria de trabajo, de carácter no remunerativo y no bonificable. por única vez, de Pesos Ochocientos Cincuenta 00/100 $ 850,00 para todos los agentes del territorio de la provincia de Río Negro de Planta Permanente o personal transitorio que revisten y presten funciones como personal de la Ley L N 1844 dependiente de la Secretaria General;
Que es política de la Secretaría General, garantizar las condiciones de Seguridad laboral, acorde a la legislación vigente; y el acta N 1/2015 del Consejo de la Función Publica y Reconversión del estado, punto cuatro 4;
Que el Estatuto General y Básico para el personal de la Administración Pública de la Provincia de Río Negro, Ley L N 3487. establece el Anexo I
Art. 23 Inc. n que el personal deberá usar la indumentaria de trabajo que se le provea en carácter de agente público;
Que es facultad del Estado proveer directamente la indumentaria de trabajo u otorgar una suma de dinero a tal fin, estimándose más conveniente en esta oportunidad otorgar el dinero a cada agente, para que pueda adquirir en forma inmediata la indumentaria apropiada para cada actividad que desarrolla en el ámbito de la Secretaría General;
Que la Ley A N 2397 faculta a los titulares del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial a dictar las normas que regulen en su ámbito de aplicación el sistema de bonificaciones y adicionales personales y/o funcionales;
Que los agentes beneficiados para el otorgamiento de dicho adicional destinado a la adquisición de indumentaria son aquellos agentes de la Secretaría General que hayan prestado real y efectivo servicio al día 31 de Marzo de 2015 ascendiendo a la cantidad de cuatrocientos dieciséis 416 agentes;

Que la presente erogación demanda la suma de Pesos Trescientos Cincuenta y Tres Mil Seiscientos con 00/100 $ 353.600,00;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal de la Secretaría General a fojas Nº 28, la Secretaría de la Función Pública a fojas N 32, Contaduría General de la Provincia de Río Negro a fojas N 36 y la Fiscalía de Estado mediante Vista Nº 01049-15;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Otórguese un adicional especial funcional para adquirir indumentaria de trabajo, por única vez, de carácter no remunerativo y no bonificable de Pesos Ochocientos Cincuenta 00/100 $ 850,00 para todos los agentes del territorio de la Provincia de Río Negro de planta permanente o personal transitorio que revisten y presten funciones como personal de la Ley L Nº 1844 dependientes de la Secretaría General, al día 31 de Marzo de 2015, de acuerdo a lo expresado en los considerandos del presente Decreto.Art. 2.- Apruébese el monto total que demandará el pago del adicional no bonificable para adquirir indumentaria por la suma de Pesos Trescientos Cincuenta y Tres Mil Seiscientos 00/100 $ 353.600.00 a los agentes detallados en planilla anexa que forma parte integrante del presente Decreto.Art. 3.- Será deber del agente procurarse la vestimenta de trabajo con el adicional otorgado.Art. 4.- Quedará expresamente excluido de los alcances del presente Decreto el personal que presta funciones de conducción política.Art. 5º.- Abónese por el Departamento de Sueldos de la Secretaría General según lo dispuesto por el Decreto Nº 1062/98 de acreditación automática de haberes a los empleados de la Provincia de Río Negro.Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Gobierno.
Art. 7.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. L. Di Giácomo.

PLANILLA ANEXA AL DECRETO Nº 295

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/06/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha29/06/2015

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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