Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/04/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5028

Que han tomado intervención los Organismos de Control de la Provincia, Asesoría Legal, Ministerio de Economía y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 946/12;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades contenidas por el Artículo 181 inciso 5 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Fíjase la escala de Asignación del Cargo Haber Bruto para las Autoridades Superiores de la Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río Negro, equiparando el cargo de Interventor al de Secretario, Gerente General al de Subsecretario y Director al de Director, a los fines remunerativos que correspondan, de acuerdo a las consideraciones efectuadas;
Art. 2.- Apruébese las equiparaciones de Haberes Brutos, de Autoridades Superiores de la Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río Negro, según anexo único del Decreto N 187/11;
Art. 3.- El presente será refrendado por el Ministro de Economía.Art. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. A. Palmeri.
oOo DECRETO Nº 298
Viedma, 21 de marzo de 2012.
Visto: El Expediente N 27434-SSH-11, del Registro del Ministerio de Economía, los anticipos de fondos otorgados en el marco del Artículo 63
del Decreto Provincial H N 1.737/98, reglamentario del Artículo 63 de la Ley Provincial H N 3.186, y;
CONSIDERANDO:
Que el Estado Provincial atendiendo la demanda sobre situaciones transitorias de iliquidez ha otorgado anticipos financieros a Municipios, Empresas Públicas, Entidades Gremiales y/o Asociaciones Mutuales en el marco del Artículo 63 del Decreto Provincial H N 1.737/98;
Que los citados anticipos se otorgaron con el compromiso de la parte demandante de efectuar su devolución dentro del ejercicio financiero en el cual fueron otorgados con avales de proyecciones razonables, liquidaciones futuras o sumas liquidadas en los meses anteriores;
Que ante una eventual imposibilidad de devolución por desequilibrios financieros o económicos, o práctica de descuento de los montos necesarios para el ingreso a Rentas Generales conforme a la ley, resulta oportuno prorrogar los mismos hasta el 31 de Diciembre de 2012;
Que han tomado debida intervención los Organismos de control, Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante vista N 4535/11;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Prorróguese hasta el 31 de Diciembre de 2012 el plazo de devolución a Rentas Generales de todo anticipo financiero de Coparticipación y de fondos otorgados a los Municipios, Empresas Públicas, Entidades Gremiales y/o Asociaciones legalmente reconocidas, otorgado en los términos del Artículo 63 Apartado 2 Inciso c y e del Decreto Provincial H N
1.737/98, reglamentario del Artículo 63 de la Ley Provincial H N 3.186.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Economía.Art. 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. A. Palmeri.

Viedma, 5 de Abril de 2012

DECRETO Nº 302
Viedma, 22 de marzo de 2012.
Visto: El Expediente N 134.517-F-2.012, del Registro del Ministerio de Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la Declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario Provincial, a productores frutícolas, hortícolas y vitícolas de la provincia, afectados por la ocurrencia de sucesivos fenómenos de lluvias y granizos de carácter extraordinario acaecidos los días 27 de Noviembre de 2.011, 7, 14 y 17 de Enero de 2.012 y 16 de Febrero de 2.012, en los Departamentos de Avellaneda, Pichi Mahuida y General Roca;
Que mediante Acta de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria del día 22 de Febrero del corriente, la Comisión propuso la Declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario en la zona afecta por el plazo de doce 12 meses contados a partir del dictado del presente Decreto;
Que estos fenómenos climáticos extraordinarios han provocado importantes daños sobre la producción frutícola, hortícola y vitícola de los Departamentos mencionados;
Que la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria analizó los informes presentados por la Secretaría de Fruticultura dependientes del Ministerio de Producción de la Provincia, de los cuales surge la necesidad de proponer la Declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario a fin de aliviar la situación financiera de los productores afectados permitiéndoles reiniciar el ciclo productivo y mantener los puestos de trabajo habituales en las diferentes actividades;
Que es necesario el apoyo del Gobierno Provincial para contra restar los daños producidos por estos fenómenos climáticos;
Que las presentes actuaciones se encuadran en las prescripciones de la Ley E N 1.857;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción y Fiscalía de Estado mediante Vista N 01164-12 obrante a fojas 19;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Declarar en Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, por los fenómenos de lluvias y granizos de carácter extraordinario, a los productores frutícolas, hortícolas y vitícolas de los Departamentos de Avellaneda, Pichi Mahuida y General Roca, cuya producción se encuentre afectada en más de un cincuenta por ciento 50% y en más de un ochenta por ciento 80%, respectivamente.Art. 2.- La presente Declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario tendrá un plazo de doce 12 meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto.Art. 3.- La Secretaría de Fruticultura, perteneciente al Ministerio de Producción, será la responsable de la evaluación de los daños a los efectos de incorporar a los productores en el Régimen de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda en virtud de la magnitud de los daños y la confección de los Certificados de Afectación.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Producción.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y Archivar.WERETILNECK. J. M. Pichetto.

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DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 142.- 27-12-11.- Designando a partir del 10 de diciembre de 2011, al Lic. Guido Marchisi DNI. Nº 27.514.151 en el cargo de Director de Economía Social, dependiente del Mtrio. de Producción.
DECRETO Nº 148.- 28-12-11.- Designando a partir del 10 de diciembre de 2011, al Dr.
Fabián Gustavo Gatti DNI. Nº 1.866.165
en el cargo de Subsecretario de la Función Pública, dependiente del Mtrio. de Economía.

DECRETO Nº 149.- 29-12-11.- Designando a partir del 10 de diciembre de 2011, al Dr. Guerino Angel Curzi DNI. Nº 25.126.597 en el cargo de Director de Tierras y Colonias, dependiente del Mtrio. de Producción.
DECRETO Nº 150.- 29-12-11.- Designando a partir del 10 de diciembre de 2011, al Sr. Heber Nazareno Tappata L.E. Nº 7.848.950 en el cargo de Vocal del Ente Regulador de la Electricidad EPRE.
DECRETO Nº 159.- 29-12-11.- Designando a partir del 10 de diciembre de 2011, al Arquitecto Aldo Marcelo María Mercapide DNI. Nº
17.693.920 en el cargo de Subsecretario de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
DECRETO Nº 160.- 29-12-11.- Designando a partir del 10 de diciembre de 2011, al Sr. Pablo Augusto Maestri DNI. Nº 21.061.171 en el cargo de Director de Hábitat Social, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.
DECRETO Nº 164.- 30-12-11.- Designando a partir del 10 de diciembre de 2011, a la Sra.
María Elena Pesado DNI. Nº 17.425.842 en el cargo de Directora de Registro dependiente de la Contaduría Gral. de la Pcia. de Río Negro.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/04/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha05/04/2012

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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