Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/12/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 26 de Diciembre del 2005

Nº 4371

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVI
EDICION DE 20 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 20

DECRETOS

DECRETO Nº 1537
Viedma, 06 de diciembre de 2005.Visto, el expediente N 64213-DOYRH-04, del registro de la Secretaría de Familia, dependiente del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios - mediante excepción al Artículo 5 de la Ley N 3238 - del señor Manuel Alejandro DUVO DNI.
N 26.121.987 Categoría 03, Agrupamiento Administrativo, Programa 17, quien cumplirá funciones en el Hogar Pagano de la ciudad de Viedma, dependiente de la Subsecretaría de Promoción Familiar del Ministerio de Familia, a partir del 01 de Agosto de 2005 al 31 de Diciembre 2005;
Que las tareas a realizar por el mencionado agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, mediante Acta N 13/2005
Punto 26, autoriza por excepción la contratación del citado agente;
Que el presente tramite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 101654;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Apruébase en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el señor Ministro de Familia, Don Alfredo Daniel PEGA
DNI. N 12.711.465 y el señor Manuel Alejandro DUVO DNI. N 26.121.987 Categoría 03, Agrupamiento Administrativo, Programa 17, quien cumplirá funciones como operador en el Instituto de Alta Contención de Jóvenes en Conflicto con la Ley "Hogar Pagano", de la ciudad de Viedma, dependiente de la Subsecretaría de Promoción Familia del Ministerio de Familia, a partir del 1 de Agosto de 2005 y hasta el 31 de Diciembre de 2005, que como anexo forma parte del presente Decreto.Art. 2.- Reconózcanse los servicios del agente mencionado en el Artículo anterior, a partir del 1 de Agosto de 2005, hasta la firma del presente Decreto.-

Art. 3.- Comprométase el gasto que demande la presente erogación a los créditos presupuestarios pertenecientes a la Jurisdicción 19 del Programa 17 de la Subsecretaría de Promoción Familiar del Ministerio de Familia.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Familia.Art. 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- A. D. Pega.
CONTRATO
DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre la Provincia de Río Negro representada en este acto por el señor Ministro de Familia, Don Alfredo Daniel PEGA D.N.I N 12.711.465 con domicilio en calle Laprida N 240 de la ciudad de Viedma, por una parte y el señor Manuel Alejandro DUVO DNI N
26.121.987, con domicilio en Calle Las Amapolas N
16, de la localidad de Viedma, por la otra, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATADO prestará servicios bajo relación de dependencia de la Secretaría de Familia, donde cumplirá tareas en el Instituto de Alta contención de Jóvenes en conflicto con la Ley "HOGAR
PAGANO" de la localidad de Viedma, desempeñándose como Operador, con un régimen de 06 seis horas diarias y un total de 30 treinta horas semanales.SEGUNDA: La retribución a favor de EL CONTRATADO, será equivalente al básico de una categoría 03 del Agrupamiento Administrativo, conforme al anexo I, Capítulo IX de la Ley N 3487, de acuerdo a los montos establecidos, con bonificaciones por Salario Familiar y las demás que pudieran corresponderle.TERCERA: La vigencia del contrato será a partir del 1 de Agosto de 2005 hasta el 31 de Diciembre de 2005.CUARTA: La retribución de EL CONTRATADO
estará sujeta a los descuentos de Ley correspondientes.QUINTA: EL CONTRATADO quedará sometido a las disposiciones, ordenes disciplinarías y métodos de trabajos que establezca el Contratante, comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad, ni a la carrera Administrativa que establecen las normas legales vigentes para los empleados públicos provinciales.SEXTA: Cada una de las partes, podrán rescindir el presente Contrato, dando aviso fehaciente de la finalización del mismo con 30 treinta días de anticipación, sin que esto implique para la Secretaría de Familia reconocimiento de indemnización alguna.SÉPTIMA: EL CONTRATADO pondrá en conocimiento a la Secretaría de Familia, de toda ocupación, empleo actividad profesional que haya ejercido o ejerza aún en caso de encontrarse en uso de
licencia de cualquier tipo o percepción de jubilación, pensión o retiro por parte del Estado Nacional, Municipal, Empresas del Estado y/u Organismos Descentralizados.OCTAVA: Para todos los efectos judiciales emergentes en este Contrato las partes constituyen domicilio en los indicados up-supra, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales de la Provincia de Río Negro con asiento en la Ciudad de Viedma.En prueba de conformidad se firman tres 03
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, quedando el original en poder de la Secretaría de Familia, el duplicado para el Contratado y el triplicado para ser agregado al Expediente. N 64213-DOYRH-04, en la ciudad de Viedma Capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes del año 2.005.-oOoDECRETO Nº 1542
Viedma, 06 de diciembre de 2005.Visto, el expediente N 95777-SPF-05, del registro de la Secretaría de Familia del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Familia y la asociación civil denominada "Sembrando Mañanas - Casa de Niños", de la localidad de Viedma Personería Jurídica otorgada bajo Decreto N 847 con fecha 14 de Julio del 2.000;
Que el Ministerio de Familia se compromete a otorgar un aporte a la asociación civil denominada "Sembrando Mañanas - Casa de Niños" de PESOS
CINCO MIL $ 5.000,00, pagaderos en cuatro 04
cuotas iguales y consecutivas de PESOS UN MIL
DOSCIENTOS CINCUENTA $ 1.250,00 cada una, que serán destinados a familias de bajos recursos y tiene como objetivo ayudar a cada uno de sus miembros, respetando su acervo cultural y religioso, su capacidad de elección, para mejorar su calidad de vida tanto en lo humano, económico, salud, educación, trabajo, buen uso del tiempo libre y recreación, alimentación, nutrición y vínculos para que con estos conocimientos y oportunidades sean sus propios agentes de cambio;
Que los objetivos y los modos de intervención propuestos por dicha Asociación se adecuan a los lineamientos generales y específicos de la Subsecretaría de Promoción Familiar, a las Resoluciones de la Organización Mundial y Convención Internacional sobre los Derechos del Niño;
Que a fs. 31 y 32 obra Informe Técnico, donde se recomienda la suscripción del Convenio;
Que la presente tramitación se encuadra en lo normado por el Artículo 2 del Decreto N 194/76 y modificatorias;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 101490;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/12/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha26/12/2005

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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