Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/02/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 25 de Febrero del 2002

Nº 3970

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLIII
EDICION DE 16 PAGINAS

MINISTERIO
DE COORDINACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

SECCION ADMINISTRATIVA

LEYES

LEY Nº 3595
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Modifícase el Art. 7 en los siguientes incisos: m, n, ñ y o de la Ley N 2038, modificado por Ley N 3446, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 7.- inciso:
m Proponer régimen de licencias especiales a deportistas, técnicos, dirigentes y árbitros habilitados en el Registro de la Autoridad de Aplicación, que participen en competencias no aranceladas de nivel provincial, regional, nacional o internacional que figuren en el calendario oficial de la Federación correspondiente, cuando representen a ésta.
n Proponer regímenes de licencias especiales para padres o tutores del deportista amateur, que en representación del país participe en competencias internacionales y deba ser acompañado por razones plenamente justificadas.
ñ Proponer, auspiciar y disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los fines previstos en el artículo 5 inciso f.
o Coordinar con las autoridades competentes el desarrollo de la medicina deportiva y el dictado de las normas médicas que deberán cumplir quienes intervengan en las competencias deportivas.
Art. 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil dos.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.Oscar J. Meilán, Secretario Legislativo.

Viedma, 5 de febrero del 2002.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Pablo Verani, Gobernador.- Dr. Alejandro Betelú, Ministro de Salud y Desarrollo Social.
DECRETO Nº 107
Registrada bajo el número tres mil quinientos noventa y cinco 3595.
Viedma, 5 de febrero del 2002.
Carlos Ernesto Bravo, Secretario de Estado de la Secretaría General Administrativa y de Control de Gestión del Ministerio de Coordinación.-

LEY Nº 3596
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Confórmase la Comisión para el estudio de la Problemática Financiera Universitaria.
Art. 2.- La Comisión estará integrada por tres 3
legisladores, dos 2 por la mayoría y uno 1 por la minoría, un 1 representante del Poder Ejecutivo y dos 2 de la Universidad Nacional del Comahue.
Art. 3.- La Comisión no ocasionará demanda presupuestaria.
Art. 4. - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil dos.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.Oscar J. Meilán, Secretario Legislativo.

Viedma, 5 de febrero del 2002.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Pablo Verani, Gobernador.- Cdor. José Luis Rodríguez, Ministro de Economía.- Ana María K. de Mazzaro, Ministro de Educación y Cultura.
DECRETO Nº 108
Registrada bajo el número tres mil quinientos noventa y seis 3596.
Viedma, 5 de febrero del 2002.
Carlos Ernesto Bravo, Secretario de Estado de la Secretaría General Administrativa y de Control de Gestión del Ministerio de Coordinación.oOo LEY Nº 3597
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Modifícase el Art. 3 de la Ley N 2535, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 3.- Las medidas cautelares que se pretendan realizar sobre bienes muebles e inmuebles propiedad de los municipios de la provincia, deberán previamente requerir la individualización de los mismos, para que la administración municipal dentro del plazo que fije el Juez, justifique su destinó en los términos del artículo 55 de la Constitución Provincial, como condición necesaria para que pueda efectivizarse la medida".

Art. 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil dos.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.Oscar J. Meilán, Secretario Legislativo.

Viedma, 5 de febrero del 2002.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Pablo Verani, Gobernador.- Cdor. Esteban Joaquín Rodrigo, Ministro de Gobierno.
DECRETO Nº 109
Registrada bajo el número tres mil quinientos noventa y siete 3597.
Viedma, 5 de febrero del 2002.
Carlos Ernesto Bravo, Secretario de Estado de la Secretaría General Administrativa y de Control de Gestión del Ministerio de Coordinación.oOo LEY Nº 3598
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Adhiere a la ley nacional n 23.634, de Promoción de la Cunicultura.
Art. 2.- Establece como órgano de aplicación de la presente ley, a la Dirección de Agricultura y Ganadería dependiente de la Secretaría de Estado de Producción u organismo que en el futuro la reemplace.
Art. 3. - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil dos.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.Oscar J. Meilán, Secretario Legislativo.

Viedma, 5 de febrero del 2002.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Pablo Verani, Gobernador.- Cdor. José Luis Rodríguez, Ministro de Economía.
DECRETO Nº 110
Registrada bajo el número tres mil quinientos noventa y ocho 3598.
Viedma, 5 de febrero del 2002.
Carlos Ernesto Bravo, Secretario de Estado de la Secretaría General Administrativa y de Control de Gestión del Ministerio de Coordinación.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/02/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha22/02/2002

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1908

Primera edición03/01/2002

Ultima edición18/04/2024

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