Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 5/4/2024
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 42, viernes 5 de abril de 2024
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destinadas a dar servicio público a la población residente, iii optimizar la edificabilidad turística y residencial que resta por materializar en determinadas parcelas titularidad de Sotavento SAU, bien realizando las transferencias de edificabilidad oportunas a otras más idóneas, bien agrupando unas parcelas con otras buscando como objetivo prioritario el aumento de la implantación de nuevos equipamientos deportivos en la parcela central del ámbito, iv la creación de un parking público aledaño a la avenida marítima que garantice la accesibilidad a la playa tanto a residentes, turistas como servicios de emergencias, y v aprovechar la ocasión para subsanar ligeros desajustes gráficos entre la planimetría del planeamiento y la realidad física que se han detectados al analizar el levantamiento topográfico efectuado sobre las parcelas afectadas por la presente modificación.
Asimismo, de conformidad con el artículo 30.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, resuelve someter a consultas de las administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas la Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada de la 2 Modificación Menor del Plan Parcial Las Playitas, por un plazo de CUARENTA Y CINCO DÍAS HÁBILES.
A los efectos se le indica que la documentación del expediente podrá ser consultada en el siguiente enlace:
https www.gobiernodecanarias.org/planificacionterritorial/materias/evaluacion-ambiental/evaluacion-ambiental-de-planes-l21-2013/
y el expediente estará de manifiesto en la Dirección General de Ordenación del Territorio, sita en la Plaza de los Derechos Humanos, número 22, Edificio de Usos Múltiples I, 7 planta, C.P. 35071, Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 09:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes.
Las Palmas de Gran Canaria, a doce de marzo de dos mil veinticuatro.
LA VICECONSEJERA, Elena Zárate Altamirano.
66.497
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
EXCMO. CABILDO INSULAR
DE FUERTEVENTURA
Servicio de Transportes, Comunicaciones, Accesibilidad y Movilidad ANUNCIO
1.134
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública y atendiendo a lo indicado en el punto 7 del artículo 9 del R.D.
55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, se ha procedido a elaborar una estructura de costes de la actividad, que permita adaptar los coeficientes de la fórmula de revisión utilizada a la realidad insular, que es la que se recoge en el Proyecto DE SERVICIO
DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS EN LA ISLA DE FUERTEVENTURA, y es la que a continuación se muestra:
Coste de Personal de Conducción PR 43,0%
Coste de Mantenimiento de Vehículos. Mano de Obra MP 6,5%
Coste de Mantenimiento de Vehículos. Repuestos MR 2,7%
Coste de Neumáticos N 1,5%