Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 22/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 10, miércoles, 22 de enero de 2020

Artículo 65. Requisitos específicos de los solicitantes.
Artículo 66. Relación de documentos a aportar por los solicitantes.
Artículo 67. Proceso de selección.
Artículo 68. Obligación de los beneficiarios.
Artículo 69. Obligaciones del Cabildo de Fuerteventura, ayuntamientos y empresas que hayan suscrito el convenio.

Artículo 86. Criterios de valoración.
Artículo 87. Conceptos subvencionables.
Artículo 88. Dotación económica y cuantía de las becas préstamo.
Artículo 89. Prórroga de la beca préstamo.
Artículo 90. Forma de pago y justificación.
Artículo 91. Obligaciones de los beneficiarios.

Artículo 70. Incumplimiento y reintegro.

Artículo 92. Reintegro de la subvención.

Artículo 71. Abono y justificación.

Disposición derogatoria única.

CAPÍTULO VII. Bases reguladoras de la concesión de becas de investigación en temas de interés para la isla de Fuerteventura.
Artículo 72. Objeto.
Artículo 73. Requisitos específicos de los solicitantes.
Artículo 74. Relación de documentos a aportar por los solicitantes.
Artículo 75. Criterios de valoración.
Artículo 76. Condiciones de las becas de investigación.
Artículo 77. Criterios de graduación de incumplimiento.
Artículo 78. Justificación.
Artículo 79. Derechos de la corporación.
Artículo 80. Cuantía y forma de abono.
Artículo 81. Modificación de la resolución.
Artículo 82. Seguimiento y control.
CAPÍTULO VIII. Bases reguladoras de las becas préstamo para la realización de estudios universitarios presenciales realizados fuera de la isla de Fuerteventura.

621

Disposición final.
TÍTULO I. OBJETO GENERAL
Artículo 1. Objeto.
El acceso de los ciudadanos a la educación es uno de los derechos fundamentales recogido en la Constitución Española.
El Cabildo Insular de Fuerteventura, cumpliendo con el mandato constitucional, es consciente de la necesidad de adoptar medidas de fomento de la educación, intentado facilitar la mejor formación de los habitantes de la isla, concediendo una serie de Becas o ayudas reguladas en las presentes bases.
Siguiendo con lo estipulado en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se regula el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas;
a los efectos de las presentes bases reguladoras, se entenderá por beca o ayuda al estudio, la cantidad o beneficio económico que el Cabildo Insular de Fuerteventura concederá a quienes se encuentren cursando estudios de enseñanzas conducentes a la obtención de un título oficial con validez en todo el territorio nacional, atendiendo a las circunstancias socioeconómicas y al aprovechamiento académico que se describen en las presentes bases durante el curso académico en que se realice la convocatoria.

Artículo 83. Objeto.
Artículo 84. Requisitos específicos de los solicitantes.
Artículo 85. Relación de documentos a aportar por los solicitantes.

Las becas y ayudas al estudio que sean convocadas considerando las presentes bases reguladoras, tendrán como objeto atender o sufragar a los estudiantes los gastos derivados de cursar estudios oficiales con validez en el territorio nacional, tales como el pago

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 22/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

PaísEspaña

Fecha22/01/2020

Nro. de páginas96

Nro. de ediciones2979

Primera edición01/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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