Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 1/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 1, miércoles 1 de enero de 2020

INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE, ABOGADO
Y PROCURADOR:
Demandante: DON KARIN OSE ROCKSEISEN.
Demandados: NAVESA, S.A. Y DON JUAN MORÁN
PÉREZ. Abogado: DON IGNACIO DELGADO DE
BETHENCOURT. Procurador: DON ALEJANDRO
ALFREDO VALIDO FARRAY.
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de enero de 2019.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Por el Procurador DON ALEJANDRO
VALIDO FARRAY, actuando en nombre y representación de DON KARIN OSE ROCKSEISEN, según acredita con el poder que acompaña, se ha presentado demanda de juicio ordinario, señalando como partes demandadas a NAVESA, S.A. Y DON JUAN MORÁN PÉREZ, con domicilio en Alameda San Mamés, número 37, Bilbao y Desconocido en Bilbao, suplicando se dictase en su día sentencia sobre acción declarativa del dominio de su mandante sobre la finca descrita en el hecho primero de su demanda, de acción contradictoria del dominio de inmuebles inscritos y de cancelación de inscripción registral contradictoria los demandados.
SEGUNDO. Expresa el actor que la cuantía de la demanda es la de VEINTICINCO MIL EUROS
25.000 EUROS.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. Examinada la anterior demanda, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados, que la parte demandante reúne los requisitos de capacidad, representación y postulación procesales, necesarios para comparecer en juicio conforme a lo determinado en los artículos 6, 7, 23 y 31 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil LEC.
SEGUNDO. Asimismo, vistas las pretensiones formuladas en la demanda, este Juzgado tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocer de las mismas, según los artículos 37, 38 y 45 de la citada ley procesal.

En cuanto a la competencia territorial, este Juzgado resulta competente por aplicación del artículo 52.1
de la citada ley procesal.
Por último, por lo que respecta a la clase de juicio, la parte actora, cumpliendo lo ordenado en el artículo 253.2 de la LEC ha señalado la cuantía de la demanda en VEINTICINCO MIL EUROS 25.000 EUROS, por lo que procede sustanciar el proceso por los trámites del juicio ordinario, según dispone el artículo 249.2.
TERCERO. Por lo expuesto procede la admisión a trámite de la demanda y, como ordena el artículo 404 de la LEC, dar traslado de la misma, con entrega de su copia y de la de los documentos acompañados, a la parte demandada, emplazándola, con los apercibimientos y advertencias legales, para que la conteste en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES
computados desde el siguiente al emplazamiento.
PARTE DISPOSITIVA
1. SE ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA
presentada por el Procurador DON ALEJANDRO
VALIDO FARRAY, en nombre y representación de DON KARIN OSE ROCKSEISEN, frente a NAVESA, S.A. Y DON JUAN MORÁN PÉREZ, sobre acción declarativa del dominio, acción contradictoria del dominio de inmuebles inscritos y cancelación de inscripción registral contradictoria, sustanciándose el proceso por las reglas del juicio ordinario.
2. Se tiene por personado y parte al mencionado Procurador en virtud de poder notarial.
3. Dese traslado de la demanda a las partes demandadas, haciéndoles entrega de copia de la misma y de los documentos acompañados, emplazándolas con entrega de la oportuna cédula para que la contesten en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, computado desde el siguiente al emplazamiento, con las prevenciones legales.
3. Previamente al emplazamiento, y respecto a la petición de la parte actora de citación al demandado DON JUAN MORÁN PÉREZ a través de edictos, procédase a la averiguación del domicilio actual del demandado, a cuyo efecto se realiza averiguación por el Registro Mercantil con la intención de averiguar si es administrador de la empresa demandada y en caso

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del 1/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas

PaísEspaña

Fecha01/01/2020

Nro. de páginas144

Nro. de ediciones2975

Primera edición01/01/2001

Ultima edición06/05/2024

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