Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/03/2024 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXI - Nº 50
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 6 DE MARZO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

gueño, Malvinas Argentinas Comuna de los Cedros firman el convenio para la creación del Ente Intermunicipal de Gestión Metropolitana ad referéndum de los respectivos Concejos Deliberantes y Comisiones Comunales.
Que con fecha 22 de abril de 2022 los miembros se constituyen con el objeto de formalizar la creación de la Comisión Técnica para la elaboración del Proyecto de Reglamento de Organización y Funcionamiento del Ente Intermunicipal de Gestión intermunicipal.
Que con fecha 07 de Julio de 2022 se firma el acta de Constitución del Ente Intermunicipal de Gestión Metropolitana y se aprueba el Estatuto de Confirmación del mismo, los que fueran oportunamente ratificados por sus respectivos Concejo Deliberante y Comisiones Comunales.
Que con fecha 22 de diciembre de 2022, se constituye en sesión ordinaria la Asamblea del Ente Intermunicipal de Gestión Metropolitana, se aprueba el reglamento del Estatuto del Ente, se designa su Presidente, miembros del Directorio y Comisión Fiscalizadora, se fija domicilio del Ente, se designan representante de cada Integrante y se comprometen los mismos a la cesión del dos por ciento 2% de la Coparticipación Mensual a favor del Ente , como así también la autorización del débito Automático de la misma ante el Ministerio de Finanza de la Provincia de Córdoba en los términos establecidos en el Artículo Décimo tercero del Estatuto que regula el Ente Intermunicipal de Gestión Metropolitana.
Que el artículo décimo séptimo el estatuto del Ente Intermunicipal de Gestión Metropolitana, se establece el procedimiento a cumplir por parte de aquellos Municipios o comunas que manifiesten su voluntad de incorporarse como miembro del Ente debiendo a tal efecto, previo a aprobación por parte de la Asamblea, celebrar el Convenio de Adhesión con el presidente de la Asamblea.
EN VIRTUD DE ELLO, LAS PARTES ACUERDAN:

RESOLUCIÓN Nº 28/2024
Cabalango , 14 de Febrero de 2024
VISTO: La Tareas, funciones y dedicación de tiempo completo, que conlleva de ejercicio de la Presidencia Comunal;
y CONSIDERANDO:
Que este concepto y las funciones que ello conlleva, está definido por la Real Academia como Gastos Representación: Asignación complementaria al sueldo que ciertos funcionarios o trabajadores, públicos o privados, reciben, con el fin de representar a una entidad o empresa Que el artículo 200 de la Ley 8102 establece que El Presidente es el representante legal de la Comuna en todos los actos. . .

Que a los fines antedichos resulta apropiado el dictado de la normativa pertinente que reconozca tal situación
POR ELLO, LA COMISIÓN COMUNAL DE CABALANGO, EN USO DE
LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 8102, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º RECONOCER Gastos Representación a la Presidencia Comunal, fijándose económicamente en un 30%, tomando como base de cálculo el haber mensual que percibe el Presidente Comunal, de carácter no remunerativo.
ARTÍCULO 2º DÉSE cuenta del presente al Tribunal de Cuentas de Comunal, a los fines de la versación previa. ARTICULO 3º: LA PRESENTE Resolución es refrendada por el Tesorero Comunal Sr. Mario A. Griglio ARTÍCULO 4º PROTOCOLICESE, Comuníquese, y archívese.

PRIMERO: La Comuna de Cabalango manifiesta su voluntad de incorporarse como miembro del Ente Intermunicipal de Gestión Metropolitana aceptando en todos sus términos el Estatuto, que forma parte del presente como Anexo Único con siete fojas útiles en el anverso.

SEGUNDO: El presente se suscribe ad-referéndum de la Comisión Comunal de la Comuna de Cabalango.

RESOLUCIÓN Nº29/2024

3 días - Nº 514269 - s/c - 8/3/2024 - BOE

28 de Febrero de 2024
TERCERO: Una vez aprobado el presente por la Comisión Comunal de Cabalango promulgado por Departamento Ejecutivo de dicha comuna y efectuadas las comunicaciones de rigor, se remitirán las actuaciones a la Presidencia del Ente Intermunicipal de Gestión Metropolitana quien pondrá en consideración de la Asamblea la solicitud de incorporación.
CUARTO: En virtud de lo dispuesto por el artículo Décimo Séptimo inciso tercero del Estatuto del Ente dentro de las setenta y dos horas de comunicada la aceptación de su incorporación, la Comuna de Cabalango, bajo apercibimiento de tenerse por rechazada su solicitud de adhesión, deberá efectuar el depósito por adelantado del monto establecido por la cláusula Décimo Tercera inciso primero de dicho Estatuto, tomando como base el último dato de la liquidación de la coparticipación, el que será ajustado una vez obtenido el monto definitivo de recaudación del mes de incorporación.
De conformidad, se firman dos ejemplares de un tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Córdoba los 09 días del mes de febrero de 2024.3 días - Nº 514257 - s/c - 8/3/2024 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

VISTO El Decreto Provincial N 0066/24, por medio de la cual se crea el Programa de Fortalecimiento Educativo Territorial - Coordinaciones Locales de Educación.
CONSIDERANDO
El Decreto Provincial N 0066/24 por medio del cual se invita a la adhesión de la Municipalidad /Comuna al presente Decreto de fecha 31 de enero de 2024;
Que el art. 1º del Decreto Provincial Nº 0066/24 establece la participación de los Municipios y Comunas en vinculación estrecha con el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba a los fines de la concertación y ejecución de iniciativas tendientes a fortalecer el Desarrollo Educativo Local.

Que se establece la creación de Coordinaciones Locales de Educación en las respectivas localidades/comunidades con el propósito de garantizar el derecho a aprender a partir de la habilitación de un ámbito de encuentro para la consensuar, evaluar y ejecutar iniciativas, proyectos y acciones educativas locales enfocados en lograr, a corto y largo plazo, trayectorias
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/03/2024 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha06/03/2024

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1438

Primera edición31/07/2018

Ultima edición30/05/2024

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