Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/02/2024 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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AÑO CXI - TOMO DCCX - Nº 44
CORDOBA, R.A. JUEVES 29 DE FEBRERO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

catastral nro. 2704-130101109010 y matrícula registral nro. 27-1410413-0;
todos ellos con domicilio en la localidad de Luque.

Categoría 9 $ 364.404,00
Categoría 10$ 383.676,00

Artículo 2º: COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DESE AL REGISTRO
MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.

Art, 2º: El personal contratado tendrá el siguiente aumento de sueldo a partir del día 01 de enero del corriente año, un incremento del 15% quince por ciento sobre la remuneración básica.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Luque a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil veintitrés.
Promulgada mediante Decreto Nº 148/2023 de fecha 27 de diciembre de 2.023.

Art. 3º: COMINÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Provincial y Archívese.
DADA en la sala de sesiones del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Luque el día 22 de enero del año dos mil veinticuatro.

firma: Romano GabrielaCasanova Marta 1 día - Nº 512962 - s/c - 29/2/2024 - BOE

PROMULGADA mediante Decreto del DEM Número 16/2024 del día 23 de enero de 2024.
firma:Romano Gabriela-Casanova Marta
ORDENANZA N2072/2024

1 día - Nº 512964 - s/c - 29/2/2024 - BOE

FUNDAMENTOS:
Considerando los aumentos del costo de vida, se propone establecer a partir del mes de enero de 2024, un incremento del 15% quince por ciento, de los salarios básicos para las Autoridades del Departamento Ejecutivo Municipal, Miembros del Concejo Deliberante y Miembros del Tribunal de Cuentas, y para las Categorías de 1 a 10 del Personal de la Planta Permanente, quedando fijados en los siguientes términos:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1º: OTORGAR a partir del 01 de enero de 2024, un incremento equivalente al 15% quince por ciento, sobre las remuneraciones para el Personal de la Planta Permanente, las Autoridades Superiores y, cuando correspondiere, las dietas de los Señores Concejales y Miembros del Tribunal de Cuentas, serán fijadas con arreglos a las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal Nº 8.102, sus modificatorias y las establecidas en la Ordenanza General de Presupuesto vigente.

ORDENANZA N 2073/2024
FUNDAMENTOS
La Municipalidad de Luque por Ordenanza N 2070/2023 se modificó el nombre de la calle, vía pública, CÓRDOBA, que atraviesa la localidad como continuidad de la Ruta Provincial n13 en el ejido municipal, con el nombre de Avenida AMÉRICO E. ALLADIO.
Que en razón de lo anterior vecinos con domicilio sobre la Avenida han querido actualizar sus respectivos domicilios en los documentos de identidad lo que importa que deban afrontar la erogación de la tasa por renovación del documento.

Que en virtud del cambio de nombre de la vía pública ser una decisión del Municipio se estima conveniente eximir a los vecinos con residencia en dicha avenida del pago de la tasa por renovación del documento nacional de identidad siempre que el mismo se realice dentro del plazo de dos años de la aprobación de la presente.
Por ello y lo dispuesto por el artículo 30 inc. 18 de la Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba, 8102;

Los Salarios Básicos para las Autoridades Superiores del Departamento Ejecutivo Municipal, miembros del Concejo Deliberante y Tribunal de Cuentas, a partir del 01 de enero de 2024, se fijan en los siguientes montos:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Intendente Municipal $1.106.648,00
Secretario de Economía y Finanzas $ 738.376,00
Secretario de Obras e Infraestructura
$ 738.376,00
Miembros del Concejo Deliberante y Tribunal de Cuentas $ 132.367,00

Art. 1º.- EXÍMASE a los vecinos con domicilio de residencia en la Avenida AMÉRICO E. ALLADIO del pago de la tasa de renovación de Documento Nacional de Identidad siempre que el trámite se realice en el plazo de dos años desde la aprobación de la presente.

Los Salarios Básicos para las categorías 1 a 10 del Personal de la Planta Permanente, a partir del 01 enero de 2024, se fijan en los siguientes montos:

Art. 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.

Categoría 1

DADA en la sala de sesiones del Concejo Deliberante de la Municipalidad

$ 209.937,00

Categoría 2
$ 228.835,00
Categoría 3
$ 248.369,00
Categoría 4 $ 271.254,00
Categoría 5 $ 284.737,00
Categoría 6 $ 306.422,00
Categoría 7 $ 325.192,00
Categoría 8 $ 345.046,00
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

de Luque el día 22 de enero del año dos mil veinticuatro.
PROMULGADA mediante Decreto del DEM N 16/2024 del día 23 de enero de 2024.
firma:Romano Gabriela Casanova Marta 1 día - Nº 512967 - s/c - 29/2/2024 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/02/2024 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha29/02/2024

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones1438

Primera edición31/07/2018

Ultima edición30/05/2024

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