Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/09/2023 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Y CONSIDERANDO:
Que tratan las presentes actuaciones sobre la donación a favor de la Comuna de La Población, Departamento San Javier de esta Provincia, de una fracción de terreno ubicado en dicha localidad, que según Plano de Subdivisión aprobado en Expediente N 0100-040236/2001 por la Dirección General de Catastro, se designa como LOTE DIEZ, con una superficie total de 8.592m2, inscripta en el Registro General de la Provincia en el Protocolo de Planos con el N127.249 y bajo Matricula N 1.379.367 29, a nombre de la Provincia de Córdoba.

Que se acompaña la solicitud de donación efectuada por la Comuna de La Población, manifestando su actual Jefe Comunal que en el inmueble en cuestión se construirá un Parque Temático que permitirá brindar diferentes eventos turísticos y/o culturales.
Que lucen incorporados los antecedentes registrales del predio a donar, a saber: a El inmueble a donar formaba parte de un lote de mayor superficie de 22.263 m2, cuyo dominio adquirió la Provincia de Córdoba por prescripción adquisitiva por Decreto N 146/1994 -Ley N 24.477-, siendo inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matricula N 426.705, antecedente dominial de la citada Matricula N 1.379.367 29 y afectado a la Escuela Manuela Cabral de Terzaga de la localidad de La Población, b Dicha mayor superficie fue fraccionada en dos partes: una de 8.592 m2 lote 10 y la otra de 13.671 m2
lote 11 conforme Plano de Subdivisión visado por la Dirección de Catastro en Expediente N 0100-040236/2001; c La Provincia de Córdoba cede y transfiere a la Corporación Inmobiliaria Córdoba S.A, el mencionado lote 10 al estar incluido en el Anexo I, punto 30 de la Ley N 9593, produciéndose la restitución de su dominio pleno a favor de la Provincia de Córdoba al dictarse la Ley N 9999 que extrajo el inmueble en cuestión de la medida establecida por su similar N 9593
al eliminar el punto 30 del Anexo I; todo lo cual fue materializado en Escrituras N 83 A de fecha 12 de mayo de 2010 y N 126 A del 1 de diciembre de 2014, labradas por la Escribanía General de Gobierno, respectivamente, quedando el fundo de que se trata bajo la órbita del Ministerio de Educación y cuya desafectación se produjo por Resolución N188/2016 del Ministerio de Finanzas.
Que toman la intervención de su competencia la Contaduría General de la Provincia, mediante Informes Nros. 11-179/2016 y 11-361/2016, entre otros, y la Dirección de Patrimonial de la Secretaría de Gestión de Inmuebles, Seguros y Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación, en sentido favorable a lo propiciado.

Que obra Visto Bueno del señor Secretario General de la Gobernación.

Que atento a lo reseñado, procede en la instancia materializar la donación solicitada, con la correspondiente intervención de la Escribanía General de Gobierno, conforme las disposiciones de la ley N 5004.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, las previsiones del artículo 19 y concordantes de la Ley N 10.580 y su Decreto reglamentario N
927/2019, el artículo 1542 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, la Resolución N 1130/2019 de la Secretaria General de la Gobernación, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaria de Gestión de Inmuebles, Seguros y Asuntos Legales de la Secretaria General de la Gobernación con el N 339/2021, por la Fiscalía de Estado bajo el N 676/2021 y en uso de atribuciones constitucionales; EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA DECRETA: Artculo 1- DÓNASE a favor de la Comuna
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCV - Nº 177
CORDOBA, R.A. VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

de La Población, C.U.I.T. N 30-66924559-5, un lote de terreno ubicado en el lugar denominado La Población, Pedanía San Javier, Departamento del mismo nombre, de esta Provincia de Córdoba, que según Plano de Subdivisión aprobado en Expediente N 0100-040236/2001 por la Dirección General de Catastro, se designa como LOTE DIEZ que mide: su lado Norte línea C-G
114,42 ms., lindando con Lote 11; su lado Este línea G-F 71,41 ms., lindando con parcela 5 de propiedad de Valdemar Skitbsted; su lado Sud línea F-E
131,39 ms., lindando con Parcela N 2535-2484, propiedad de Pedro Gustavo Romero; su lado Oeste está formado por dos tramos, partiendo del vértice Sud-Oeste, el primero con rumbo Norte línea E-D de 5,47 ms. y el segundo, con leve inclinación Nor-Este línea D-C de 64,17 ms. Lindando ambos tramos con calle pública; lo cual hace una superficie total de 8.592 m2, inscripta en el Registro General de la Provincia en el Protocolo de Planos con el N
127.249 y bajo Matrícula N 1.379.367 29, a nombre de la Provincia de Córdoba, empadronado en Cuenta Tributaria N 2903-4155079/1 y Nomenclatura Catastral N 29-03-32-01-01-005-010-000. Artículo 2- FACÚLTASE a la Escribanía General de Gobierno para que formalice la inscripción del inmueble descripto en el artículo 1, en los términos del artículo 1553 del Código Civil y Comercial de la Nación, en el Registro General de la Provincia a nombre de la Comuna de La Población, previa aceptación por parte de la misma de la donación en cuestión. Artículo 3- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Coordinación y el señor Fiscal de Estado, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación. ARTICULO 4.- Protocolícese, comuníquese, dese intervención a la Secretaria General de la Gobernación, a la Contaduría General de la Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. DECRETO N1049. Hay cinco firmas, de los Sres.. Juan Schiaretti, Gobernador de la Provincia de Córdoba, Silvia Rivero, Ministra de Coordinación; Jorge Eduardo Córdoba, Fiscal de Estado; Julio César Comello, Secretario General de Gobernación; y Miguel Angel Garay, Jefe de División, Registros Oficiales y Expedición.
LA COMISIÓN DE LA POBLACION, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, RESUELVE:
Artículo 1.- Departamento Ejecutivo Comunal pone en conocimiento de las autoridades comunales la donación del inmueble por parte de la Provincia de Córdoba, y que hace mención el Artículo 1º del Decreto Nº 1049
de fecha 06-09-2021.
Artículo 2.- Que el inmueble que se recibe en donación se construirá un Parque Temático, que permitirá brindar diferentes eventos turísticos y/o culturales; no pudiéndosele dar otro destino.
Artículo 3: COMUNÍQUESE, Publíquese en el Boletín Oficial de Córdoba, dése al Registro comunal y archívese.
Fdo: Francisco Raul Martinez jefe comunal Pedro Alfredo Sosa tesorero 3 días - Nº 481011 - s/c - 25/09/2023 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/09/2023 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha16/09/2023

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones1443

Primera edición31/07/2018

Ultima edición08/06/2024

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