Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/08/2021 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 168
CORDOBA, R.A. MARTES 17 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

ESTABLECER los montos a abonar por los frentistas afectados por las obras de construcción de la Red de Distribución Domiciliaria de Gas Natural en Pozo del Molle, de acuerdo a la categorización indicada en el siguiente cuadro de detalle y en conformidad con lo establecido en el artículo Nº 2 de la presente Ordenanza:

en la Dirección de Catastro Municipal de la Municipalidad, sita en .
. Nº . de la localidad de Pozo del Molle. Suscripta la correspondiente acta de inicio de la obra en frente a su propiedad, usted tendrá la obligación de abonar el costo que se establece a continuación, haciendo uso de las siguientes opciones: COSTO DE LA OBRA: $ . la UNIDAD
de Construcción UC.

CategoríaMontos Abonar por Metro Lineal Inmuebles no edificados baldíos
ANEXO

A Determinar por el DEM

Inmuebles Edificados, destinados a uso residencial exclusivamente.
Determinar por el DEM

1 día - Nº 328594 - s/c - 17/08/2021 - BOE

A

Inmuebles destinados a uso Comercial categoría A No obtienen del uso del combustible un beneficio directo para el desarrollo de su actividad. Ej:
Kiosco, veta de ropa, almacén, etc.
A Determinar por el DEM
Inmuebles destinados a uso Comercial categoría Bconsumos hasta 30
mts.
Obtienen del uso del combustible un beneficio directo para el desarrollo de su actividad. Ej: Restaurantes, etc.
A Determinar por el DEM
Inmuebles destinados a uso Comercial categoría Cconsumos mayor a 30 mts.
Obtienen del uso del combustible un beneficio directo para el desarrollo de su actividad. Ej: Panaderías etc.
A Determinar por el DEM
Inmuebles destinados a uso Comercial categoría D Hoteles, Residenciales, etc.
Complejos de Cabañas Vivienda de casero y/o encargado Instituciones Públicas y/o Privadas
A Determinar por el DEM
A Determinar por el DEM

Inmuebles que no están destinados al uso residencial Industrias con consumos mayores a 90 m3/h. Se evaluará particularmente.
Lotes dentro del Parque Industrial
Se evaluara particularmente
Nota Importante: En aquellos lotes en donde se superpongan viviendas residenciales, locales comerciales y/o habitaciones para alquiler, se deberán sumar las U.C. conforme el cuadro anterior, según el concepto que corresponda, para determinar el monto a tributar.
ANEXO III
SE ADJUNTA ARCHIVOS A ORDENANZA.
ANEXO IV
Sr.Vecino:
Ud. se encuentra en un sector previsto para la ejecución de la obra: Red de Gas Natural al Parque Industrial, según lo establecido por Ordenanza Nº, por lo que le hacemos llegar la información conducente para su correcta evaluación y eventual oposición en el Registro dispuesto al público BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ORDENANZA Nº 1730
VISTO: Que la Secretaría de Planeamiento Estratégico ha realizado un relevamiento del estado de la flota vehicular Municipal del cual surge la existencia de vehículos cuyo estado no es apto para la prestación de servicios, poseyendo en la flota de la MUNICIPALIDAD DE POZO DEL MOLLE la unidad vehicular acoplado marca CORMETAL DOMINIO CCL182, modelo año 1998, chasis N 97-25TT.CONSIDERANDO:
El estado - no apto - en que se encontraba la unidad vehicular acoplado marca CORMETAL DOMINIO CCL182, modelo año 1998, chasis N
97-25TT del Municipio de Pozo del Molle.
Que luego de su revisión, se ha observado que su estado de deterioro implica una erogación que el Municipio no está en condiciones de afrontar tornando dicho gasto en superfluo ante otras necesidades que la gestión Municipal debe afrontar y priorizar. Que en virtud del estado general desuso del vehículo indicado lo más conveniente es proceder de manera urgente a su desafectación del patrimonio Municipal y venta para evitar así una mayor obsolescencia que deprecie aún más su valor al tiempo que evitar el tener que incurrir en gastos mensuales de conservación y mantenimiento sin mayor sentido. Que el Sr. ARIEL GUSTAVO MELANO, D.N.I. Nº 25.971.909, de la localidad de Pozo del Molle, cuya actividad es la de Productor Agropecuario ofrece a la Municipalidad de Pozo del Molle adquirir, en el estado en que se encuentra y asumiendo a su costo la puesta en condiciones y/o reparaciones que deba realizársele, la unidad mencionada por la suma de PESOS
TRESCIENTOS MIL $300.000 de contado efectivo, opción que resulta conveniente a los intereses locales. Que la urgencia de venta por las razones esgrimidas sumada a la oportunidad de concretarlo ante una oferta que apareció como conveniente hizo necesario realizar la venta en forma inmediata y directa.- Razón por la cual es que se procedió a su venta autorizada mediante decreto del D.E.M.
N 139/2020, de fecha 01/12/2020, habiéndose suscripto por dicho motivo entre la MUNICIPALIDAD DE POZO DEL MOLLE y el SR. ARIEL GUSTAVO MELANO un boleto de compraventa sobre el vehículo referenciado con fecha 14/12/2020, con las condiciones anteriormente enunciadas.POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE POZO DEL MOLLE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N 1730
ART. 1.- RATIFICAR Y REFRENDAR el Decreto N 139/20 de fecha 01 de Diciembre de 2020, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, el cual se anexa y forma parte de la presente ordenanza, ratificando de esta manera la compraventa realizada con el Sr. ARIEL GUSTAVO ME-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/08/2021 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha17/08/2021

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1443

Primera edición31/07/2018

Ultima edición08/06/2024

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