Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/10/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLVIII - Nº 201
CORDOBA, R.A. JUEVES 24 DE OCTUBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

MUNICIPALIDAD de
VILLA CURA BROCHERO
DECRETO 657/2019
Villa Cura Brochero, 17 de octubre de 2019.VISTO: La ordenanza Nº 269-12/2003, sancionada con fecha 11 de diciembre de 2003.Y CONSIDERANDO:
Que dicha ordenanza establece autorización para la venta de inmuebles, terrenos y lotes que pertenezcan al Dominio Municipal y no se encuentren afectados al uso público. Se debe reglamentar la misma a los fines de regular la venta de acuerdo al alcance e interpretación de lo dispuesto por la ordenanza denunciada.
Que ello es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal, conforme Art. 49 inc. 1 de Ley 8102 Orgánica Municipal.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA

Articulo Tercero: La oferta publica se efectuara previa publicación por medios radiales de la zona por el termino de tres 3 días y dos 2 días en medio grafico regional, Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, transparente y web de la Municipalidad de Villa Cura Brochero, en el plazo que establezca la convocatoria que no podrá ser menor a seis 6 días corridos de la comunicación por medios locales y regionales. Articulo Cuarto: La publicación consignara la descripción de los inmuebles puestos a la venta, Precio de Tasación de los mismos, siendo el precio de venta final no menor al precio promedio que surja de sumar los distintos precios estimados por cada inmobiliaria. Articulo Quinto: Los gastos de transferencia de dominio serán a cargo exclusivo de los adquirentes.
Articulo Sexto: Vencido el plazo de presentación de las propuestas de los particulares o personas jurídicas, la Secretaría de Hacienda procederá a su apertura y adjudicación, en caso que de haber cumplimentados los requisitos establecidos en la convocatoria.
Articulo Séptimo: Refrenda este acto el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda, Claudio Gustavo Charras.-

Articulo Primero: El Departamento Ejecutivo deberá solicitar por lo menos a dos inmobiliarias de la zona debidamente inscriptas, habilitadas y con matricula de Corredor Inmobiliario publico que efectúen Tasación de los inmuebles a vender.
Artículo Segundo: La venta de los inmuebles se realizara mediante oferta pública, que deberá ser presentada en sobre cerrado por ante Secretaria de Hacienda del Municipio formulada de contado.-

Articulo Octavo: COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE COPIA, CUMPLIDO, ARCHIVESE.FDO: Intendente Municipal, Luis Gustavo Pedernera - Secretario de Gobierno y Hacienda, Claudio Gustavo Charras.2 días - Nº 235944 - s/c - 24/10/2019 - BOE

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Responsable: Liliana Lopez http boletinoficial.cba.gov.ar
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/10/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha24/10/2019

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones1425

Primera edición31/07/2018

Ultima edición11/05/2024

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