Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/10/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
santía notificada el día 07/06/2019 se le siga abonando su remuneración hasta el alta médica o el vencimiento del plazo de 570 días corridos, por encontrarse gozando de una licencia de largo tratamiento desde el día 30/11/2018, con fundamento en su adicción al alcohol.
Y CONSIDERANDO:
Que la petición ha sido presentada antes del vencimiento del plazo que tiene el actor para recurrir a la instancia judicial a través de una acción contenciosa si considera vulnerados sus derechos.
Que el Decreto No 0303 notificado al recurrente el día 07/06/2019 que resuelve la cesantía del agente Romero quedó firme al no haber sido recurrido en tiempo y forma; en consecuencia tiene carácter de cosa juzgada administrativa que solo puede modificarse por sentencia judicial. A su vez, habría adquirido la calidad de ejecutoriada si se verificase que al vencimiento del plazo para interponer la acción judicial contencioso administrativa no lo hubiere hecho.
Que tampoco en la acción judicial iniciada para remover la tutela sindical que ostentaba, el agente Romero asumió su defensa y mucho menos pretendió hacer valer lo que ahora reclama. La decisión judicial removió la tutela sindical autorizando la cesantía con justa causa por lo que la decisión final fue absolutamente legítima.

Que la cesantía puso punto final a la vinculación de Romero con la Municipalidad de Cosquín por lo que pretender que la misma continúe como si hoy el ex agente tuviera licencia por los plazos que indica, no encuentra respaldo en ninguna disposición legal que lo ampare ya que el art. 57 inc. B punto II licencia por largo tratamiento no resulta aplicable para el supuesto de que el agente haya sido cesanteado con justa causa.
Que debe tenerse presente que la licencia médica que ahora invoca la inició luego de haberse iniciado el sumario que culminó con su cesantía ya que desde febrero de 2018 en que se notificó el Decreto de iniciación hasta la toma de licencia que fue el 30/11/2018 transcurrieron más de nueve meses y cuando el sumario ya concluía y después de haberse iniciado el trámite judicial de exclusión de tutela, solicita licencia psiquiátrica por tratamiento de ansiedad y alcohol in extremes o para decirlo de modo simple fue el último recurso
para salvarse y que duró varios meses ya que la sentencia judicial es de fecha 15/05/19 y la cesantía del 07/06/19.
Por ello y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal, D E C R ETA
Artículo 1o.- RECHAZAR el pedido de reconocimiento de goce de haberes formulado por el señor ROMERO ANDRES EXEQUIEL, DNI No 31.997.219, ex agente municipal, presentado mediante Expediente No 2019-2024-1, Mesa de Entradas, registro de esta Municipalidad, de acuerdo a lo vertido en los considerando del Presente.
Artículo 2o.- REFRENDASE el presente Decreto por el señor Secretario de Gobierno.

AÑO CV - TOMO DCLVIII - Nº 196
CORDOBA, R.A. JUEVES 17 DE OCTUBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Artículo 3o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

FDO: Sr. Raúl Carlos Ariel Acuña, Secretario de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 232547 - s/c - 17/10/2019 - BOE

DECRETO Nº 0474/19
Cosquín, 03 de septiembre de 2019
VISTO: El Expediente No 2019-46-1 División Compras y Suministros, registro de esta Municipalidad, por el que se solicita la renovación de la relación contractual con la firma TRANSITCARD S.A., por el período comprendido desde el 01/07/2019 al 31/12/2019.
Y CONSIDERANDO:

Que corresponde que la contratación de que se trata sea realizada por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante acto administrativo en el que conste el monto afectado, el respaldo presupuestario y las obligaciones que se generen.
Que la Secretaría de Asesoría Legal y Técnica, ha emitido informe correspondiente, el que se encuentra adjunto en el expediente en cuestión.
Que conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas Públicas en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal D E C R ETA
Artículo 1o.- APRUEBASE el Contrato de Prestación de Servicios de fecha 01/01/2019, celebrado con la firma TRANSITCARD S.A., representada por su Presidente señora María José SORIANO, DNI No 22.221.957, con domicilio en Lote 140, Manzana 60 de Mendiolaza, Provincia de Córdoba, por el período, retribución global y demás condiciones establecidas en el mismo que adjunto al presente Decreto forma parte integrante como Anexo I.
Artículo 2o.- ESTA contratación será imputada a la Partida 1.3.32.308
Alquiler de Equipos de Computación y Fotocopiadoras, del Presupuesto vigente.
Artículo 3o.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.

Artículo 4o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretario de Economíay Finanzas Públicas, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal ANEXO
1 día - Nº 232988 - s/c - 17/10/2019 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/10/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha17/10/2019

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones1425

Primera edición31/07/2018

Ultima edición11/05/2024

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