Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/10/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

valor equivalente de 25 U.B.E cuyo importe alcanza la suma de PESOS
cincuenta mil trescientos noventa $ 50.390,00.
Art. 03º.- DETERMÍNESE que la obra continuará paralizada hasta tanto se cumplimente lo estipulado en cuanto a los requisitos de Obras Privadas y lo dispuesto en la presente Resolución.
Art. 04º.- COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE, DESE AL REGISTRO
COMUNAL Y ARCHÍVESE.
FDO: LUCAS MARTÍN SÁNCHEZ. PRESIDENTE DE LA COMISIÓN COMUNAL DE LOS REARTES - PALMIRA MERCEDES BRUNELLI. TESORERA DE LA COMISIÓN COMUNAL DE LOS REARTES
1 día - Nº 234261 - s/c - 16/10/2019 - BOE

RESOLUCION Nº 2053
Los Reartes, 09 de Octubre de 2019.
Y VISTO: EL Expediente Nº 3088, correspondiente a desarrollo de actividad comercial sin Habilitación Comunal en el inmueble con nomenclatura 1201180102091015 con designación oficial de Manzana 73 Lote 15 Bº El Vergel, propiedad de la Sra. Pacheco Yolanda Beatriz DNI 11.972.837.
Y CONSIDERANDO:
QUE en fecha 29 de diciembre de 2017, por Nota Comunal, se informa la intimación para habilitación comercial sin habilitación correspondiente, y emplaza en un término de 7 días hábiles para el cumplimiento de los requisitos de Habilitación Comercial.
QUE en fecha 09/01/2018, se recibe nota firmada por Oscar Henin, en la que dice: en el día de la fecha me hago presente en la comuna de Los Reartes donde poseo una propiedad en la cual renuncio a la renta de la misma la persona que se presenta digo ser esposo de la titular Yolanda Pacheco DNI 11.972.837
QUE se verifica, la presencia de un anuncio en Booking.com: la publicación de Cabaña Los Reartes, con fecha 17/11/2017, detallando información: ubicación: Vélez Sarsfield Esquina Sargento Cabral, 5194 Los Reartes Argentina - Casa de 2 habitaciones Recomendado para 4 adultos fotografías del lugar.
QUE se verifica, la presencia de un anuncio en mercado libre: la publicación de Cabaña Estilo Alpina en Calamuchita, con fecha 06/10/2018, detallando precio $ 1.800, fotografía del lugar.

QUE en fecha 26/9/2018, se constata en la página LetsBookHotel.com el aviso de Cabaña Los Reartes: Vélez Sarsfield Esquina Sargento Cabral, Los Reartes 5194.
QUE en fecha 12/10/18, funcionario público comunal labra Acta Nº 1455 en la que se constata en manzana 73 lote 15 que no hay inquilino alquilando.
QUE en fecha 13/10/18, funcionario público comunal labra Acta Nº 1460 en la que se constata en Mz. 73 lt. 15. La ocupación de la vivienda en forma temporal, por el fin de semana, siendo amigos de la familia.
Firmada por Aldana.

QUE en fecha 18 de diciembre de 2018, por CD817875478, se notifica al domicilio Mariano Benitez 1656 C.P: 5001 Córdoba, con respecto al Acta de constatación Nº 1460, de fecha 13/10/18, en la que se constata en Mz. 73 Lt. 15, la ocupación de la vivienda en forma temporal. De BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CV - TOMO DCLVIII - Nº 195
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 16 DE OCTUBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

acuerdo a lo establecido en Art. 138, Resolución 1076 del Código de Faltas:
El que iniciare actividades comerciales, industriales y/o servicios, sin la debida autorización Comunal, será pasible de sanción, pudiendo disponer la clausura del comercio. A tal fin, se le otorga un plazo de 7 siete días hábiles de recibida la presente para formular su descargo por escrito y ofrecer las pruebas que hagan a su derecho.

QUE 14/01/19, según Acta Nº 1527, se constata en manzana 73 lote 15 que la cabaña se encuentra con gente, los cuales declaran ser amigos del titular.
QUE con fecha 14/01/19 se recibe un descargo de la Sra. Yolanda Pacheco la cual manifiesta les presento descargo por la constatación Nº 1460 mencionada por Uds. de la cual no tengo constancia: el descargo se fundamenta en que el día 12/10 recibimos una notificación por escrito en donde consta se consta que la Cabaña estaba desocupada. Al día siguiente arriban a nuestra propiedad parientes provenientes de Entre Ríos, y el 15/10 llega también mi hijo con su familia y que la propiedad es de uso familiar los fines de semana.
QUE en fecha 28 de enero de 2019, por CD817867233, se notifica al domicilio Mariano Benitez 1656 C.P: 5001 Córdoba, acerca del descargo realizado el 04 de enero de 2019 donde indica que: que la propiedad es de uso familiar los fines de semana o periodos vacacionales, les solicitamos aceptar este descargo, se le comunica que se acepta el descargo propuesto intimándolo a la remoción inmediata de toda publicidad existente en internet indicando alquiler de cabaña y todo tipo de publicidad al respecto., la que además se notificó en mz. 73 lt. 15, de Bº El Vergel, de esta localidad de Los Reartes, dejándola en el portón de ingreso.
QUE el día 07/10/2019 se recibe por WhatsApp desde el número celular existente en la publicación de alquiler del inmueble la confirmación de disponibilidad, con capacidad para 5 personas, paquete de 4 días 3
noches $ 8000. Indicando además la ubicación Av. V. Sarsfield esq. Sgto.
Cabral. Barrio El Vergel, Los Reartes, Los Reartes. V. de Calamuchita.
QUE de acuerdo a lo establecido en Art. 138, Resolución 1076 del Código de Faltas: El que iniciare actividades comerciales, industriales y/o servicios, sin la debida autorización Comunal, será pasible de sanción, pudiendo disponer la clausura del comercio.

QUE de las constancias del expediente en particular, de los avisos publicitarios acompañados, actas de constatación incorporadas, lo cual tiene valor probatorio y todo ello constituyen elementos de convicción, permite dar por corroborada la existencia de la falta que se le imputa.

QUE se debe dictar el correspondiente acto administrativo resolviendo la causa con arreglo al mérito de la misma, la que se notificará al domicilio del infractor.

Por ello y lo dispuesto por el artículo 197 de la Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba, 8102;

LA COMISIÓN COMUNAL DE LOS REARTES
RESUELVE

Art. 1º.- DECLARAR a Sra. PACHECO YOLANDA BEATRIZ DNI
11.972.837, responsable de haber cometido las infracciones tipificadas en el artículo 138 de la Resolución Nº 1076 de fecha 19/03/2009.
Art. 02º.- DISPONGASE en virtud de lo expresado anteriormente la aplicación de la siguiente sanción a la responsable de una multa automática por el valor equivalente de 4 U.B.E cuyo importe alcanza la suma de PESOS Ocho mil sesenta y dos con 40/100 $ 8062.40.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/10/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha16/10/2019

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones1433

Primera edición31/07/2018

Ultima edición23/05/2024

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