Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/09/2019 - 5º Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)
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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLVI - Nº 183
CORDOBA, R.A. JUEVES 26 DE SETIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
ayuda económica para la manutención de su hogar, destinados a solventar los gastos de alimentos, vestimenta, servicios, etc.
Que no posee los recursos para la manutención de su hogar, no cuenta con los recursos que le permitan adquirir lo que requiere, que incide en el estado de su bienestar, por lo que solicita ayuda atento la situación general que transita, por lo que se aprecia conveniente otorgarla. Que se observa una situación de razonable imposibilidad de afrontar gastos para la manutención, por lo que conforme Informe Socioeconómico acompañado se aprecia conveniente continuar otorgando la ayuda solicitada. Que el estado municipal no debe permanecer indiferente a las necesidades y carencias de la comunidad, mas aun tratándose de un tema tan vital, de las personas de nuestra comunidad que no cuentan con los recursos para proveer la misma. Que existen recursos para afectar a las erogaciones que el presente implica. Que es facultad del Ejecutivo Municipal conforme Ordenanza 042/2009.-
ayuda económica para la manutención de su hogar, destinados a solventar los gastos de alimentos, vestimenta, servicios, etc.
Que no posee los recursos para la manutención de su hogar, no cuenta con los recursos que le permitan adquirir lo que requiere, que incide en el estado de su bienestar, por lo que solicita ayuda atento la situación general que transita, por lo que se aprecia conveniente otorgarla. Que se observa una situación de razonable imposibilidad de afrontar gastos para la manutención, por lo que conforme Informe Socioeconómico acompañado se aprecia conveniente continuar otorgando la ayuda solicitada. Que el estado municipal no debe permanecer indiferente a las necesidades y carencias de la comunidad, mas aun tratándose de un tema tan vital, de las personas de nuestra comunidad que no cuentan con los recursos para proveer la misma. Que existen recursos para afectar a las erogaciones que el presente implica. Que es facultad del Ejecutivo Municipal conforme Ordenanza 042/2009.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO EN USO
DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO EN USO
DE SUS ATRIBUCIONES DECRETA:
Articulo Primero: OTORGUESE en concepto de Subsidio a la Sra.
Guzmán Yesica Vanesa, DNI N35.743.013, Recibo Nº 00000501 equivalente al monto de Pesos Seiscientos. $600.00 para solventar los gastos de su familia, atento los gastos que todo ello genera por carecer de los recursos para ello generando una situación de urgencia, de imposibilidad razonable de afrontar gastos de manutención, de solución imprescindible y atento lo Vistos y considerandos precedentes, conforme Informe Socioeconómico acompañado y demás constancias obrantes conforme Ordenanza 042/2009 y decreto reglamentario.-
Articulo Primero: OTORGUESE en concepto de Subsidio al Sr. Villareal Jesus Ceferino, DNI N35.674.572, Recibo Nº001791equivalente al monto de Pesos Quinientos. $500.00 para solventar los gastos de su familia, atento los gastos que todo ello genera por carecer de los recursos para ello generando una situación de urgencia, de imposibilidad razonable de afrontar gastos de manutención, de solución imprescindible y atento lo Vistos y considerandos precedentes, conforme Informe Socioeconómico acompañado y demás constancias obrantes conforme Ordenanza 042/2009 y decreto reglamentario.-
Articulo Segundo: Impútese la erogación ocasionada a la partida 1.3.1.02.02.01. Subsidios a Individuos Particulares, del Presupuesto de Gastos y Recursos vigente.-
Articulo Segundo: Impútese la erogación ocasionada a la partida 1.3.1.02.02.01. Subsidios a Individuos Particulares, del Presupuesto de Gastos y Recursos vigente.-
Articulo Tercero: Refrenda este acto el Sr. Secretario de Gobierno, Sr.
Claudio Charras.
Articulo Tercero: Refrenda este acto el Sr. Secretario de Gobierno, Sr.
Claudio Charras.
Articulo Cuarto: COMUNIQUESE EN EL BOLENTIN OFICIAL, DESE
COPIA, CUMPLIDO, ARCHIVESE.-
Articulo Cuarto: COMUNIQUESE EN EL BOLENTIN OFICIAL, DESE
COPIA, CUMPLIDO, ARCHIVESE.-
Fdo:
Fdo:
Intendente Municipal Gustavo Pedernera
Secretario de Gobierno Claudio Charras
Intendente Municipal Gustavo Pedernera
1 día - Nº 230731 - s/c - 26/09/2019 - BOE
DECRETO 193/2019
Secretario de Gobierno Claudio Charras 1 día - Nº 230732 - s/c - 26/09/2019 - BOE
DECRETO 194/2019
Villa Cura Brochero, 08 de abril de 2019.-
Villa Cura Brochero, 08 de abril de 2019.-
VISTO: La solicitud formulada al Departamento Ejecutivo mediante Expte.
Nº203, en cuanto se otorgue Subsidio al Sr. Villareal Jesus Ceferino destinado a gastos de manutención.-
VISTO: La solicitud formulada al Departamento Ejecutivo mediante Expte.
Nº205, en cuanto se otorgue Subsidio al Sr. Flores Jalil Alberto destinado a gastos de manutención.-
Y CONSIDERANDO:
Que el solicitante requiere con carácter de urgente se le provea de
Y CONSIDERANDO:
Que el solicitante requiere con carácter de urgente se le provea de
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