Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/09/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLVI - Nº 174
CORDOBA, R.A. VIERNES 13 DE SETIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA CUMBRE, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO
DOS MIL DIECINUEVE
FDO: PABLO ALICIO
Secretario de Coordinación y Relaciones con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. / Cr. RUBEN JUSTO OVELAR
Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.

Siendo que de acuerdo al Convenio celebrado con fecha de 01/04/2019, la Empresa ERSA URBANO S.A, comienza abonar sólo por un local.
Por todo lo expuesto y realizado erróneamente desde el área de cobranza, debe procederse a la devolución de la suma equivalente a un mes de alquiler, para ser acreditada en el mes de Mayo de corriente año, por la suma de PESOS DOS MIL CIENTO OCHENTA $2180-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;

1 día - Nº 228029 - s/c - 13/09/2019 - BOE

DECRETO N 54/2019
VISTO: El contrato celebrado con la Empresa ERSA URBANO S.A, representada por el Apoderado Especial Sr.. ROBERTO SEVERINO LOPEZ
D.N.I 14.145.965, con fecha 01/04/2019, en razón CONCESIÓN DE USO
DE UN LOCAL, ubicado en la Estación de Terminal de Ómnibus, Local Nº 13, destinado a la venta de pasajes.Y CONSIDERANDO:

Que conforme surge de la cláusula tercera 3 del Convenio celebrado con la firma de ROBERTO SEVERINO LOPEZ, con fecha 01/04/2019, se fija en común acuerdo el precio de la concesión en la suma de PESOS
DOS MIL CIENTO OCHENTA $2180- mensuales. En razón de ello, habiéndose cobrado en el mes de Abril del corriente, de acuerdo al convenio realizado con anterioridad a la fecha mencionada donde la Empresa ERSA URBANO S.A, abonaba por la concesión de dos locales la suma equivalente a PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA $4360.

MUNICIPALIDAD de
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1: DEVUELVASE a la Empresa ERSA URBANO S.A, el importe correspondiente a un mes de alquiler, por la suma de PESOS DOS
MIL CIENTO OCHENTA $2.180, ACREDITANDOSE LA MISMA AL MES
DE MAYO DEL CORRIENTE. Articulo: 2: COMUNIQUESE, publiquese, dese copia a las oficinas correspondientes, al Registro Municipal y ARCHIVESE.DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA CUMBRE, A LOS VEINTIUNO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO
DOS MIL DIECINUEVE
FDO: PABLO ALICIO
Secretario de Coordinación y Relaciones con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. / Cr. RUBEN JUSTO OVELAR
Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 228031 - s/c - 13/09/2019 - BOE

ADELIA MARIA

ORDENANZA 1341
EL CONCEJO DELIBERANTE DE ADELIA MARIA, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1.- Acéptese la donación ofrecida por el señor Héctor Alberto Silveyra de dos fracciones de terreno con superficie total de mil quinientos ochenta y seis metros con doce centímetros cuadrados 1586,12 m2, destinada a la apertura de calles Publicas, designadas como polígonos P-QC-O-P, con una superficie de ciento noventa y seis metros cuadrados 196
m2 y M-N-E-F-M, con una superficie de mil trescientos noventa metros con doce centímetros cuadrados 1.390,12 m2 en el plano de Mensura y Subdivisión confeccionado por el Ingeniero Civil Luis A. Molinari, Mat.
1531/0, para el inmueble identificado como Lote 38365-2483, Dep. 24, Ped.
06, Pblo 02, Circ. 01, Secc. 02, de propiedad del mismo, según Matricula N
1.151.563 Propiedad N 2406-2.553.890/5.
Artículo 2.- La donación referenciada en el artículo precedente se destinara a la apertura de calles públicas como prolongación de calle Eugenio Sola y prolongación de calle publica, ambas hacia el este, según plano de mensura y subdivisión que como anexo forma parte de la presente ordenanza. Ambas fracciones de terreno objeto de donación serán afectadas el dominio público municipal.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 3.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO
MUNICIPAL Y ARCHIVESE.
Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante de Adelia María, en sesión ordinaria, a los treinta días del mes de julio del año dos mil diecinueve.
1 día - Nº 228283 - s/c - 13/09/2019 - BOE

ORDENANZA 1342
VISTO: La nota presentada por el Taller Protegido El Delfín, en el que se expresa el deseo de dicha institución de rendir homenaje a todos los padres, con la creación del Monumento al Padre, y Y CONSIDERANDO:
Que dicha institución merece ser tenida en cuenta como propulsora de este tipo de inquietudes, siendo de relevancia lo expresado en la nota presentada sobre el convencimiento de que la confianza, la fortaleza y la seguridad que transmiten los padres son fundamentales para que niños y adolescentes tengan clara la importancia de la figura paterna y su papel dentro de la familia.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/09/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha13/09/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones1429

Primera edición31/07/2018

Ultima edición16/05/2024

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