Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/07/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLV - Nº 137
CORDOBA, R.A. MARTES 23 DE JULIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

MARTINEZ MARCELA ALEJANDRA, DNI No 18.330.657, con domicilio en calle Libertad No 758, Barrio Acceso Sur de esta ciudad, por el cual se solicita la eximición del pago de las Contribuciones que Inciden Sobre los Inmuebles Tasa Municipal de Servicios a la Propiedad, del inmueble de su propiedad.
Y CONSIDERANDO:
Que analizada la documentación obrante en las presentes la propiedad citada acreditaría los extremos para encuadrarse dentro de las exenciones subjetivas que son de tratamiento en el Artículo 135 inc. o Capítulo , VI, de la Ordenanza No 2685, Código Tributario Municipal.
Que la solicitud se realizó dentro de la fecha establecida en el Articulo 138 CTM.

Que según estado de cuenta emitido por la División Contribución sobre los Inmuebles con respecto a la tasa por servicio a la propiedad se estarían adeudado el período 2018 cumpliendo con el requisito principal e ineludible del art. 139 de dicho Código.
Que la Secretaría de Asesoría Legal y Técnica informa habiéndose dado cumplimiento con los requisitos establecidos en la ordenanza que lo regula, corresponde otorgar la exención solicitada.
Que atento a todo lo antes mencionado y lo determinado por la Ley Orgánica Municipal No 8102, el Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones,
Y CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza No 3210 y modificatorias establece en su Artículo 16 el monto de pesos Doscientos Treinta $230 como valor base del metro lineal de Obra.
Que se establece el proceso de actualización del valor base del metro lineal desde el inicio efectivo de la obra de acuerdo a lo normado en el Artículo 16 de la Ordenanza No 3210 y modificatorias.
Que la fecha del inicio efectivo de la Obra se produce en el mes de febrero del año 2014.

Que la Dirección de Estadística de la Provincia de Córdoba ha publicado a la fecha el valor de los índices de Costo de la Construcción y costo de vida a marzo/2019.

Que conforme lo expresado y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal,
DECRETA
Artículo 1o.- ACTUALÍZASE el valor base del metro lineal conforme el procedimiento establecido en el Artículo 16 de la Ordenanza No 3210/2010
y modificatorias.
Artículo 2o.- FÍJASE el valor actualizado de metro lineal de acuerdo al cálculo realizado en la Planilla que, compuesta de una 1 foja forma parte integrante del Presente Decreto como Anexo I.

DECRETA
Índice costo Construcción Artículo 1o.- EXIMASE a la señora MARTINEZ MARCELA ALEJANDRA, DNI No 18.330.657, con domicilio en calle Libertad No 758, Barrio Acceso Sur de nuestra ciudad, del pago total de la deuda que mantiene con esta Municipalidad en concepto de CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LOS INMUEBLES TASA MUNICIPAL DE SERVICIOS A
LA PROPIEDAD, correspondiente a los años 2018 y 2019, del inmueble de su propiedad designada catastralmente como: 23-03-11-26-01-124-011000000, conforme a los fundamentos que se detallan en los considerandos.
Artículo 2o.- EL presente Decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Finanzas Públicas.

Oct-10Mar-19Coeficiente 61.74609.849.87755102
Índice costo de Vida Oct-10Mar-19Coeficiente 51.99391.237.525036167
Coeficiente Promedio Valor Metro Base Coeficiente de Corrección - Materiales Valor Actualizado Metro Base
8.701293594
$230.00
1.15
$2,301.49

Artículo 3o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.
Categorías
FDO: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretario de Economía y Finanzas Públicas, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 217581 - s/c - 23/07/2019 - BOE

DECRETO N 0279/19
Cosquín, 15 de mayo de 2019
VISTO: Lo dispuesto en el Titulo II y XVI, de la Ordenanza No 2685 - Código Tributario Municipal y modificatorias, respecto de las funciones y facultades para la confección y emisión de los Certificados de Deudas; y lo dispuesto en los Artículos Números 16, 18 y 21 de la Ordenanza No 3210
Distribución Domiciliaria de Gas Natural para la Ciudad de Cosquín y modificatorias.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Valor Actualizado
Inmuebles no edificados baldíos 2,301.49
Inm. Edificados destinados uso Residencial 2,301.49
Instituciones, edificios oficiales públicos 2,301.49
Inmuebles destinados a uso comercial, industrial o de servicios, que utilicen gas natural en su actividad con consumo menor o igual a 6 mts3
/h 3,222.09
Inmuebles destinados a uso comercial, industrial o de servicios, que utilicen gas natural en su actividad con consumo mayor a 6 mts3/h. y menor a 30 mts3/h 4,142.69
Inmuebles destinados a uso comercial, industrial o de servicios, que utilicen gas natural en su actividad con consumo mayor a 30 mts3
/h 5,063.28
Artículo 3o.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/07/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha23/07/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones1438

Primera edición31/07/2018

Ultima edición30/05/2024

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