Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/09/2019 - 4º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

4

a
2019-Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN DJGD 000799/2019. Córdoba, 22 de agosto 2019. VISTO: Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 6184204, en los autos caratulados DIRECCION
DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ RINCON DEL CHATEAU SRL - EJECUTIVO FISCAL - EXPEDIENTE ELECTRONICO han resultado en un todo infructuosas. Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba;
lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015
por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ratificar la validez del proceso judicial. Que el Artículo 10
5 de la ley 9024 conf. sustitución por Art. 3º ap. 7 Ley Nº 10117 B.O.
21.12.2012, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el numeración vigente en dicho momento - artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015
el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR
ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 2164/19 y Dcto. 321/18. EL SUBDIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA DE LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE RENTAS. R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER al Contribuyente RINCON DEL CHATEAU SRL, que en el/la SEC.
DE GESTION COMUN DE EJECUCION FISCAL NRO 1 de la ciudad de CORDOBA, sito en ARTURO M. BAS 244 SECRETARIA MASCHIETTO FEDERICO, se ha dictado la siguiente resolución: CORDOBA, 23/03/2018. Téngase presente lo manifestado. Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido. Admítase la petición inicial en los términos de lo dispuesto en el artículo 10 5 de la Ley N 9024.- Texto Firmado digitalmente por: MARSHALL MASCO
Efrain. OTRO DECRETO: CORDOBA, 10/06/2019. Agréguese informe de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas. Atento a lo solicitado y constancias de autos, procédase a la publicación de edictos por el término de ley, ampliándose el término de comparendo a veinte días, y debiendo los mismos ser suscriptos por parte del letrado interviniente.- Texto Firmado digitalmente por: PERASSO Sandra Daniela.- ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INGRESOS
BRUTOS, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: 270569005, LIQUIDACIÓN JUDICIAL N 200870262016, por la suma de SIETE MIL
QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL CON TREINTA Y UNO CENTAVOS $ 7.533,31 por los períodos: 2013/01-02-03, para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVI - TOMO DCLVII - Nº 166
CORDOBA, R.A. MARTES 03 DE SETIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015
por decreto 400/2015 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10 6, ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO 3º.PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. CARLOS C. KOVAL YANZI. Subdirector de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 321/18. R.G. 2164/19. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 225700 - s/c - 04/09/2019 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000802/2019. Córdoba, 22 de agosto 2019. VISTO: Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 6111664, en los autos caratulados DIRECCION
DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ LUNA, Amalia Rosa - PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA han resultado en un todo infructuosas. Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba;
lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015
por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ratificar la validez del proceso judicial. Que el Artículo 10
5 de la ley 9024 conf. sustitución por Art. 3º ap. 7 Ley Nº 10117 B.O.
21.12.2012, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el numeración vigente en dicho momento - artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015
el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR
ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 2164/19 y Dcto. 321/18. EL SUBDIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA DE LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER
SABER al Contribuyente LUNA AMALIA ROSA, que en el/la SEC.DE
GESTION COMUN DE EJECUCION FISCAL NRO 1 de la ciudad de CORDOBA, sito en ARTURO M. BAS 244 SECRETARIA MASCHIETTO FEDERICO, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, once 11 de marzo de 2016. Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido. Admítase la petición inicial en los términos de lo dispuesto en el artículo 10 5 de la Ley N 9268. Texto Firmado digitalmente por: TORTONE Evangelina Lorena.- ARTÍCULO
2º.- NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, Número de Cuen-

86

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/09/2019 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha03/09/2019

Nro. de páginas88

Nro. de ediciones3973

Primera edición01/02/2006

Ultima edición16/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930