Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/05/2019 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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2019-Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

nocimiento del personal de todos los centros educativos dependientes de esta Dirección General; Que en el Art. 9 del Decreto N 930/15 se prevé un término de cinco 5 días para la inscripción de los aspirantes en el Concurso, a partir de la última publicación de la convocatoria; Que en virtud de las disposiciones establecidas en la Ley 10618 destinadas a la simplificación y modernización de la administración pública, se implementa la inscripción al Concurso en formato electrónico o digital; Que la designación de los miembros del Jurado, titulares y suplentes, será por Resolución del Ministerio de Educación, con antelación al inicio del período de inscripción, tal como lo establece el Art. 29 del Decreto N 930/15, reglamentario de la Ley 10237; Que las pruebas de oposición previstas en el Art. 25 del Decreto Ley 214/E/63, se implementarán de acuerdo con la Reglamentación de Concursos establecida en el Decreto N 930/15 y Resolución Ministerial N
1475/16; Por todo ello, EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL R E S U E L V E Art. 1º.-DECLARAR ad referéndum del Ministerio de Educación, la vacancia de dos 2
cargos de Inspector de Enseñanza Media dependientes de esta Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional; los que se detallan en el Anexo I que, compuesto por un 1 folio, forma parte del presente instrumento legal.- Art. 2º.- CONVOCAR a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir dos 2 cargos vacantes de Inspector de Enseñanza Media que se encuentran detallados en el Anexo I, teniendo lugar la inscripción de aspirantes en el período comprendido entre el 31 de mayo de 2019 y el 06 de junio de 2019 inclusive. Art. 3º.-
Podrán acceder al concurso previsto en el Art. 2 ut supra, todos aquellos docentes que ejerzan cargo de Director Titular o Interino dependiente de esta Dirección General, que reúnan los requisitos establecidos en el Art. 14 de la Ley 10.237 modificatorio del Art. 61 Decreto Ley 214-E-63 y que a la fecha se desempeñen en el Nivel Secundario de la modalidad Técnica, revistando en situación de servicio activo en establecimientos dependientes de cualquier zona de inspección de esta Dirección General y no se encuentren incursos en las causales de inhabilitación previstas en el Art. 11 del Decreto N 930/15. Art. 4.- Los aspirantes se inscribirán para las vacantes on-line a través de la Página Oficial de Gobierno de la Provincia de Córdoba http
www.cba.gov.ar/concursos-de-cargos-directivos-y-de-inspección/Art.5.Los aspirantes deberán presentar el Formulario de Inscripción impreso por duplicado y su legajo docente en el periodo de inscripción citado en el Art.
2 de la presente resolución ante la Junta de Clasificación cita en calle Salta 74 barrio Centro, Córdoba Capital, conteniendo documentación de antecedentes que consideren pertinentes, a los efectos del Concurso, según se especifica en Anexo III de la presente resolución. Aquellos aspirantes que participaron de Convocatorias anteriores de Cargos Directivos o de Inspectores NO deberán presentar nueva carpeta de antecedentes. Sólo deberán presentar el Formulario de Inscripción impreso por duplicado, Constancia de Servicios firmada por el aspirante, original y actualizada 30 días como máximo, Régimen de Incompatibilidades original y actualizado 30 días como máximo y agregar nuevos antecedentes, si los tuviese, a los fines de su valoración para el concurso, acompañados por un nuevo índice por duplicado. El Certificado de No Inscripción en el Registro Provincial de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual validez un año, deberá ser presentado ante la Comisión Permanente de Concursos en la primera Instancia Concursal presencial. El docente aspirante que solicite el beneficio de eximición de la Prueba Teórica Resolución Ministerial N
1475/16, deberá requerirla por nota dirigida al Jurado interviniente, consignando en la misma Nivel, N de Resolución de Convocatoria de Concurso Aprobado y Cargo para el cual aspiró en dicho concurso. La solicitud puede hacerse personalmente ante la Comisión Permanente de Concursos Colón 97 5to piso Córdoba-Capital o vía email a la dirección concursoBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 102
CORDOBA, R.A. JUEVES 30 DE MAYO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

docentetecnicaley10237@gmail.com,. En este último caso deberá además presentarla en soporte papel en la primera instancia presencial entrevista individual. Art. 6.- Los aspirantes al Concurso se notificarán fehacientemente al momento de la inscripción, de la presente Resolución de Convocatoria, como así también del Reglamento de Títulos y Puntajes, Resolución Ministerial 1475/16, Resolución Ministerial de designación del Jurado y Resolución S.E. N 10/17, a través de la página de gobierno disponible en : http www.cba.gov.ar/concursos-de-cargos-directivos-y-de-inspeccion/
Art. 7.- El Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición, se realizará en dos 2 etapas Art. 24 del Decreto N 930/15: a Etapa de verificación de títulos y valoración de antecedentes por la Junta de Clasificación. b Etapa de evaluación de oposición: Prueba Teórica y Prueba Práctica con presentación de Proyecto Institucional y entrevista. Cada prueba será eliminatoria y su NO APROBACIÓN producirá la automática exclusión del concurso. Art.
8.-INCORPORAR el Programa de Concurso y la Bibliografía como Anexo II, integrado por trece 13 folios; documentación necesaria al momento de la inscripción como Anexo III, integrado por 1 un folio y Cronograma General como Anexo IV, integrado por 1 un folio, los que forman parte de la presente Resolución.- Art. 9.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Comisión Permanente de Concursos, a las Inspecciones de esta Dirección General y por su intermedio a los Centros Educativos, a los interesados, a la Junta de Clasificación; publíquese en el Boletín Oficial y archívese. FDO.
ING. DOMINGO HORACIO ARÍNGOLI DIRECTOR GENERAL D EDUCACIÓN TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL. http boletinoficial.cba.
gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2019/05/Resolucion-411.pdf 4 días - Nº 211023 - s/c - 30/05/2019 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA Y
FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución N 412. Córdoba, 22 de mayo 2019 VISTO: La Ley N 10237, el Decreto N 930/15, Decreto Ley 214/E/63 y la Resolución N 0411 /2019 de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, mediante la que se convoca a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir los cargos de Inspector Titular, vacantes en la Zona de Inspección IV y Zona de inspección XIII; CONSIDERANDO: Que, para determinar las condiciones en las que se realizarán los Concursos de Inspector, deberán tenerse presentes las disposiciones del Art. 61 del Decreto Ley N
214/E/63, modificado por el Art. 14 de la Ley 10237; Que en las Resoluciones Nº 1209/11 BIS y Nº 981/12 de la ex Dirección de Enseñanza Media y las Resoluciones emitidas por la Secretaría de Educación donde se establecen las condiciones de títulos docentes, requerimiento ineludible de admisibilidad del aspirante; Que según el Artículo 24 del Decreto N 930/15
se podrán dejar establecidos los criterios de valoración de los antecedentes aplicables para el concurso de título, antecedentes y oposición; Que en el Artículo 22 del Decreto N 930/15 se establece que los Concursos serán de Títulos, Antecedentes y Oposición por lo que deberá fijarse un tope de puntaje para la clasificación de títulos y antecedentes que represente el veinte 20% por ciento del total posible, siendo el ochenta 80% por ciento para la prueba de oposición; Que sea procedente habilitar a aquellos aspirantes que habiéndose sometido a Concurso y hubieren aprobado todas las instancias del mismo, pero no hubieren resultado adjudicatarios de la/las vacantes declaradas a tales efectos, en la hipótesis en que se presentaren nuevamente a Concurso en el mismo cargo, nivel y modalidad, y en el término de dos años, puedan solicitar se les reconozca como aprobada la Prueba Teórica con el puntaje que hubieren obtenido en el Concurso precedente. Que, siendo el título y la antigedad docente requisitos para acceder al concurso, éstos no se valorarán como antecedentes; Por todo
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/05/2019 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha30/05/2019

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones3968

Primera edición01/02/2006

Ultima edición10/05/2024

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