Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/05/2019 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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2019-Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

torias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. CARLOS C. KOVAL YANZI. Subdirector de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 321/18. R.G. 2164/19.
Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba 5 días - Nº 206832 - s/c - 10/05/2019 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000306/2019. Córdoba, 29 de abril 2019. VISTO:
Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 6170970, en los autos caratulados DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ MAGGIOLI, Judith Adriana y otros - PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA
- EXPEDIENTE ELECTRONICO han resultado en un todo infructuosas.
Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ratificar la validez del proceso judicial.
Que el Artículo 10 5 de la ley 9024 conf. sustitución por Art. 3º ap. 7 Ley Nº 10117 B.O. 21.12.2012, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el numeración vigente en dicho momento - artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 2164/19 y Dcto.
321/18. EL SUBDIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA
DE LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. R E S U E
L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER al Contribuyente MAGGIOLI JUDITH ADRIANA, que en el/la SEC.DE GESTION COMUN DE EJECUCION
FISCAL NRO 1 de la ciudad de CORDOBA, sito en ARTURO M. BAS 244PLANTA BAJA SECRETARIA FEDERICO MASCHIETTO, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, diecinueve 19 de diciembre de 2016. Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido.
Admítase la petición inicial en los términos de lo dispuesto en el artículo 10
5 de la Ley N 9268. Texto Firmado digitalmente por: RIVA Blanca Alejandra.- ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: 110117434591 , LIQUIDACIÓN JUDICIAL N 501008822015 , por la suma de DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS $
18.984,69 por los períodos: 2012/10-20-30-40-50; 2013/10-20-30-40-50-, para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 84
CORDOBA, R.A. LUNES 06 DE MAYO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006
T.O. 2015 por decreto 400/2015 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10 6, ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. CARLOS C. KOVAL YANZI. Subdirector de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 321/18. R.G. 2164/19. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 206834 - s/c - 10/05/2019 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000307/2019. Córdoba, 29 de abril 2019. VISTO:
Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 6426975, en los autos caratulados DIRECCIÓN DE RENTAS DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ SUCESION INDIVISA DE AGERO TEODOMIRO DE LA LUZ - PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA han resultado en un todo infructuosas. Y CONSIDERANDO:
Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O.
2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ratificar la validez del proceso judicial. Que el Artículo 10 5 de la ley 9024 conf. sustitución por Art. 3º ap. 7 Ley Nº 10117 B.O. 21.12.2012, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el numeración vigente en dicho momento - artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O.
2015 por decreto 400/2015, RG 2164/19 y Dcto. 321/18. EL SUBDIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA DE LA DEUDA DE
LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. R E S U E L V E: ARTÍCULO
1º.-HACER SABER al Contribuyente SUCESION INDIVISA DE AGERO
TEODOMIRO DE LA LUZ, que en el/la OFICINA DE EJECUCION FISCAL
JUZG.2A NOM - de la ciudad de COSQUIN, sito en Catamarca 167
SECRETARIA Nilda M. Gonzalez, se ha dictado la siguiente resolución:
COSQUIN, 07/09/2017. Téngase presente. Por denunciado el domicilio del demandado. Proveyendo a la demanda: Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido. Admítase la petición inicial en los términos de lo dispuesto en el artículo 10 5 de la Ley N 9268. Sin perjuicio de ello, líbrese oficio al Registro de Juicios Universales pertinente a fin de que informe si existe iniciada declaratoria de herederos a nombre del causante y en caso, por ante qué Tribunal tramita, estado procesal, nombre y domicilio de los herederos.- Oportunamente, publíquense
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/05/2019 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha06/05/2019

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones3978

Primera edición01/02/2006

Ultima edición23/05/2024

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