Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/03/2019 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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2019-Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

ción del jurado, normativa que se encuentra en: http www.cba.gov.ar/
concursos-de-cargos-directivos-y-de-inspeccion/ declarando conocer y aceptar, Artículo 14 del Decreto N 930/15. Artículo 7: El Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición se realizará en dos etapas Artículo24 del Decreto 930/15: Etapa de Verificación de Títulos y valoración de antecedentes por la Junta de Clasificación. Etapa de Evaluación de Oposición: Prueba Teórica y Prueba Práctica con Presentación de Proyecto Institucional y Entrevista ante el Jurado. Cada prueba será eliminatoria y su NO aprobación producirá la automática exclusión del Concurso. Artículo 8:
INCORPORAR el Programa de Concurso y la Bibliografía como Anexo II integrado por diecisiete 17 fojas,como Anexo III documentación necesaria al momento de la Inscripción integrado por un 1 folio y como Anexo IV Cronograma general integrado por un único folio y que forman parte de la presente resolución. Artículo 9: PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Comisión Permanente de Concursos, a las Inspecciones de esta Dirección General y por su intermedio a los centros educativos, a los interesados, a la Junta de Clasificación; publíquese en la Página Oficial de Gobierno de la Provincia, en el Boletín Oficial y archívese. Fdo : Profesor Carlos O. Brene, Director General de Educacion de Jóvenes y Adultos.

AÑO CVI - TOMO DCLI - Nº 54
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 20 DE MARZO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Resolucion N 039. Cordoba, 13 de marzo de 2019. Reglamento VISTO: La Ley N 10237, el Decreto N 930/15, Decreto Ley 214/E/63 y la Resolución N 038/2019 de esta Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, mediante la que se convoca a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir los cargos de Director y Vicedirector en Centros Educativos de Nivel Secundario con carácter titular, vacantes en las zonas de Inspección dependientes de la misma, y; CONSIDERANDO: Que, para determinar las condiciones en las que se realizarán los Concursos de Director y Vicedirector, se deberá tener presentes las disposiciones del Art.
62 y Art. 63 del Decreto Ley N 214/E/63, modificado por el Art. 15 y 16 de la Ley 10237; Que en las Resoluciones Nº 1209/11 BIS y Nº 981/12 de la ex Dirección de Enseñanza Media y las Resoluciones emitidas por la Unidad Provincial de Certificación y Alcance de Títulos se establecen las condiciones de títulos docentes, requerimiento ineludible de admisibilidad del aspirante; Que, según el Artículo 19 del Decreto N 7385/68, se podrán dejar establecidos los criterios de valoración de antecedentes aplicables para esta Convocatoria; Que en el Art. 22 del Decreto 930/15 se establece que los Concursos serán de Títulos, Antecedentes y Oposición, por lo que deberá fijarse un tope de puntaje para la clasificación de títulos y antecedentes que represente el veinte 20% por ciento del total posible, siendo el ochenta 80% por ciento para la prueba de oposición; Que sea procedente habilitar a aquellos aspirantes que habiéndose sometido a Concurso y hubieren aprobado todas las instancias del mismo, pero no hubieren resultado adjudicatarios de la vacante declarada a tales efectos, en la hipótesis en que se presentaren nuevamente a Concurso en el mismo cargo, nivel y
inscripción en el Concurso de Directores y Vicedirectores Titulares de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, dependiente del Ministerio de Educación, revistar en horas cátedra titulares en la Modalidad y Nivel Secundario, acreditar ocho 8 años de antigedad docente, cuatro 4 de los cuales deben ser en el nivel y modalidad y tener título docente o titulación reglamentada con alcance docente.- Artículo 2.- DISPONER
que el proceso concursal se desarrolle en dos etapas, con un puntaje máximo, por ambos conceptos, de cien 100 puntos. Las diferentes etapas serán eliminatorias. 1 ETAPA: Verificación de Títulos y valoración de antecedentes por la Junta de Clasificación: sujetos a normativa y criterios establecidos en la Convocatoria; El tope máximo de puntaje para la etapa de clasificación de antecedentes será de veinte 20 puntos, lo que representa el veinte por ciento 20% del total posible. El concursante deberá hacerse acreedor a un mínimo de cinco 5 puntos para el cargo de Director y de cuatro 4 puntos para el cargo de Vicedirector para acceder a la siguiente etapa. 2 ETAPA: Evaluación de Oposición: Prueba Teórica y Prueba Práctica con presentación de Proyecto Institucional con propuestas de mejora y Entrevista ante el Jurado. El tope máximo de puntaje para la Etapa de Oposición será de 80 puntos lo que representa el ochenta por ciento 80%
del total posible. Estará integrada por dos pruebas; cada prueba será eliminatoria. Su no aprobación producirá la automática exclusión del Concurso.
I - Prueba Teórica: Consistirá en una evaluación escrita por cada concursante a quien se le plantearán situaciones problemáticas, cuya resolución deberá ser elaborada situado desde el ejercicio efectivo del cargo directivo al que se postula. El tope máximo de puntaje para la prueba teórica será de treinta 30 puntos. El concursante deberá hacerse acreedor a un mínimo de quince 15 puntos para acceder a la siguiente etapa. Que en virtud de la Resolución N 1475/16 del Ministerio de Educación se dispensa de realizar la prueba teórica a los docentes que hubieren aprobado un concurso en los marcos legales citados, en idéntico cargo y nivel o modalidad, y no hubieren resultado adjudicatarios por falta de vacantes. Para lo cual, el aspirante deberá solicitar peronalmente el beneficio, presentando una nota ante Comision Permente de Concursos Colon N 93 5 Piso o vía email a: concursodocenteadultosley10237@gmail.com dirigida en ambos casos al Jurado Intrerviniente; consignando en la misma: Nivel, N de Resolución de Convocatoria de Concurso Aprobado y Cargo para el cual aspiró en dicho concurso. En este último caso, deberá presentar dicha nota en la primera Instancia Concursal Presencial Entrevista Individual. II.Prueba Práctica: Presentación del Proyecto Institucional con propuestas de mejora según corresponda al cargo directivo que se postula: Observación, Proyecto y Entrevista. El tope máximo de puntaje para la prueba práctica será de cincuenta 50 puntos. El concursante deberá hacerse acreedor a un mínimo de veinticinco 25 puntos para acceder a la siguiente etapa. La misma constará de tres momentos: Momento Uno.- Observación del funcionamiento del Centro Educativo que se concursa. El concursante deberá contar con sus propios instrumentos de observación y recolección de información, a fin de registrar en los mismos todos los datos que considere significativos para dar cuenta de las dimensiones observadas. Los instrumentos elaborados con la información relevada se enviaran al Jurado en formato digital al finalizar la observación a los efectos de su visado, acompañado del comprobante de su asistencia al centro educativo. Momento
modalidad, y en el término de dos años, puedan solicitar se les reconozca como aprobada la Prueba Teórica con el puntaje que hubieren obtenido en el Concurso precedente, según Resolución Ministerial N 1475/16; Que, siendo el título y la antigedad docente requisitos para acceder al concurso, éstos no se valorarán como antecedentes; Por todo ello, EL DIRECTOR
GENERAL DEDE EDUCACIÓN DE JOVENES Y ADULTOS R E S U E L V
E Artículo 1.-
ESTABLECER como requisito indispensable para la
Dos.- Proyecto Institucional con Propuestas de Mejora Deberá contener: 1
Una apreciación diagnóstica del Centro Educativo en su conjunto que se concursa, que identifique las fortalezas y problemáticas más significativas y relevantes teniendo en cuenta las dimensiones pedagógica, institucional, política y cultural; con una jerarquización de las fortalezas y problemas detectados y que serán abordados en el Proyecto.2 Definición de metas logros esperados, que configuren las Propuestas de Mejora en las cuatro
https boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2019/03/37185.pdf 4 días - Nº 199606 - s/c - 22/03/2019 - BOE

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE JÓVENES Y ADULTOS.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/03/2019 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha20/03/2019

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones3989

Primera edición01/02/2006

Ultima edición08/06/2024

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