Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/02/2019 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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2019-Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCXLX - Nº 40
CORDOBA, R.A. MARTES 26 DE FEBRERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10
6, ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE
en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. CARLOS C. KOVAL YANZI.
Subdirector de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 321/1. R.G.
1768/11 R.G. 2157/18. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba.
Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 195780 - s/c - 26/02/2019 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000163/2019. Córdoba, 23 de enero del 2019. VISTO:
Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 6188601, en los autos caratulados DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ NIEVA, Emanuel Alejandro - PROCEDIMIENTO DE
EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA - EXPEDIENTE ELECTRONICO
han resultado en un todo infructuosas.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015
por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ratificar la validez del proceso judicial.Que el Artículo 10 5 de la ley 9024 conf.
sustitución por Art. 3º ap. 7 Ley Nº 10117 B.O. 21.12.2012, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el numeración vigente en dicho momento - artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O.
2015 por decreto 400/2015 el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por , decreto 400/2015, RG 1768/11 RG 2157/18 y Dcto. 321/18. EL SUBDIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA DE LA DEUDA DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER
SABER al Contribuyente NIEVA EMANUEL ALEJANDRO que en el/la SEC.DE
GESTION COMUN DE EJECUCION FISCAL NRO 1 de la ciudad de Córdoba, sito en ARTURO M. BAS 244- PLANTA BAJA SECRETARIA MASCHIETTO
FEDERICO EJECUCIONES FISCALES se ha dictado la siguiente resolución:
CORDOBA, 03/11/2017 Atento documental adjunta, téngase por presentado, .
por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido. Admítase la
petición inicial en los términos de lo dispuesto en el artículo 10 5 de la Ley N 9268. Texto Firmado digitalmente por: GIL Gregorio Vicente MASCHIETTO FEDERICO ARTÍCULO 2º.-NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto AUTOMOTOR, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: JGT075, LIQUIDACIÓN JUDICIAL N
60000921912016, por la suma de pesos PESOS DOS MIL CUATROSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON TREINTA CENTAVOS $2.454,30 por los períodos 2014/10-20-50;2015/10-20-50 para que en el término de veinte 20
días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10 6, ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo:
AB. CARLOS C. KOVAL YANZI. Subdirector de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 321/1. R.G. 1768/11 R.G. 2157/18. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 195782 - s/c - 26/02/2019 - BOE

UNIDAD EJECUTORA LEY 9150
EDICTOS: El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos en el expediente N 0535-096158/2010 BERTONI ELBA MARIA
LUISA Solicita Inscripción en Registro de Posesión por el cual se tramita la solicitud de inscripción de posesión, requerida por BERTONI ELBA MARIA
D.N.I. N4097771 sobre un inmueble según declaración jurada y según reporte parcelario de 598 mts2, ubicado en la calle FRAY MAMERTO ESQUIU S/N, Departamento PUNILLA, Pedanía SAN ANTONIO, Localidad LA FALDA, Barrio VILLA SANTA ROSA lindando al Norte con calle FRAY
MAMERTO ESQUIU , al Sur con lote 12, al Este con Parcela 1 , al Oeste con Parcelas 14, siendo titular de la cuenta N 230206325149 cita al titular de cuenta mencionado GRAVINA LUIS y al titular registral GRAVINA LUIS
y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60 días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33- Ciudad de Córdoba y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14 de la Ley 9150.Fdo. Dr. Darío Conrado Luna, Presidente de la Unidad Ejecutora Cba 07 / 05 / 2018. Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60 días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 195530 - s/c - 26/02/2019 - BOE

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Responsable: Liliana Lopez http boletinoficial.cba.gov.ar
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/02/2019 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha26/02/2019

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones3972

Primera edición01/02/2006

Ultima edición15/05/2024

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