Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/02/2019 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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a
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

2015/20- 2015/30- 2015/40- 2015/50- 2016/10- 2016/20- 2016/30- 2016/402016/50- 2017/10- 2017/20- 2017/30- 2017/40 para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10 6, ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE
en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. CARLOS C. KOVAL YANZI. Subdirector de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 321/1.
R.G. 1768/11 R.G. 2157/18. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 192719 - s/c - 08/02/2019 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000046/2019. Córdoba, 21 de enero del 2019. VISTO: Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 2834804, en los autos caratulados DIRECCION DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ CABRERA CORNELIA - PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA han resultado en un todo infructuosas. Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ratificar la validez del proceso judicial.Que el Artículo 10 5 de la ley 9024 conf. sustitución por Art. 3º ap. 7 Ley Nº 10117 B.O. 21.12.2012, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el numeración vigente en dicho momento - artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O.
2015 por decreto 400/2015 el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO
atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21
del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 1768/11 RG 2157/18 y Dcto. 321/18. EL SUBDIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA DE LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE RENTAS. R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER
al Contribuyente CABRERA CORNELIA que en el/la OFICINA UNICA DE
EJECUCION FISCAL JUZG. 2A - MARCOS JUAREZ de la ciudad de MARCOS JUAREZ SECRETARIA STIPANICICH DE TRIGOS EMILIA
EJECUCIONES FISCALES se ha dictado la siguiente resolución: Marcos Juárez, 21/06/2016.-Por acompañado el poder juramentado.- Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio legal constituido.
Admítase. Cumpliméntese con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 9268, modificatoria de la ley 9024.- Fdo: AMIGÓ ALIAGA, Edgar - JUEZ DE 1RA.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVI - TOMO DCXLX - Nº 24
CORDOBA, R.A. LUNES 4 DE FEBRERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

INSTANCIA - y STIPANICICH de TRIGOS, Emilia - PROSECRETARIO LETRADO OTRO DECRETO: MARCOS JUAREZ, 10/04/2018. Agréguese.
Téngase presente lo manifestado. Bajola responsabilidad de la institución actora y en virtud de loestablecido en el art. 4 de la Ley 9024, autorícese a notificar en laforma peticionada. Fdo: STIPANICICH de TRIGOS, Emilia - PROSECRETARIO/A LETRADO STIPANICICH DE TRIGOS EMILIA ARTÍCULO 2º.-NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: 190204596593, LIQUIDACIÓN JUDICIAL N 500568582016, por la suma de pesos PESOS DIECISEIS MIL
NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS
$16941,37 por los períodos 2012/81; 2013/10-20-30-40-50-81 para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O.
2015 por decreto 400/2015 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10 6, ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. CARLOS C.
KOVAL YANZI. Subdirector de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 321/1. R.G. 1768/11 R.G. 2157/18. Dirección General de Rentas.
Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 192748 - s/c - 08/02/2019 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000026/2019. Córdoba, 21 de Enero del 2019. VISTO: Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 6150865, en los autos caratulados DIRECCION DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ SAIREZ, Manuel Agustin - PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA han resultado en un todo infructuosas. Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ratificar la validez del proceso judicial.Que el Artículo 10 5 de la ley 9024 conf. sustitución por Art. 3º ap. 7 Ley Nº 10117 B.O. 21.12.2012, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el numeración vigente en dicho momento - artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O.
2015 por decreto 400/2015 el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO
atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21
del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015,
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/02/2019 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha04/02/2019

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones3982

Primera edición01/02/2006

Ultima edición29/05/2024

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