Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/12/2018 - 4º Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)
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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLVIII - Nº 250
CORDOBA, R.A. JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL
de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14 de la Ley 9150.Fdo. Dr. Darío Conrado Luna, Presidente de la Unidad Ejecutora Cba. 07/11/2018. Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60
días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 189520 - s/c - 27/12/2018 - BOE
UNIDAD EJECUTORA LEY 9150
EDICTOS: El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos en el expediente N 0535-096264/2010 CASTILLO OMAR
ALEJANDROSolicita Inscripción en Registro de Posesión por el cual se tramita la solicitud de inscripción de posesión, requerida por CASTILLO OMAR ALEJANDRO D.N.I. N 26.596.820- Sobre un inmueble según declaración jurada de 149 metros 2, ubicado en Calle: Rafael Obligado N 5126, C.P. 5003, entre Calle Campichuelo y Calle Tacuari,
Departamento: Capital, Localidad: Córdoba, Barrio: Villa Urquiza, lindando al Norte con Lote N 11, al Sur con Calle Rafael Obligado, al Este con Lote N 21 y al Oeste con Lote N 23, siendo el titular de cuenta N 110107803017 cita al titular de cuenta mencionado MAGLA DE OSMANSKY C. M. y al titular registral MAGLA CATALINA MARIAFOLIO
REAL: Matr. 1388131 y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60 días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33- Ciudad de Córdoba y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14 de la Ley 9150.Fdo. Dr. Darío Conrado Luna, Presidente de la Unidad Ejecutora Cba. 17/12/2018. Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60
días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 189562 - s/c - 27/12/2018 - BOE
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