Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/11/2018 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLVII - Nº 212
CORDOBA, R.A. VIERNES 2 DE NOVIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

trativo. Dto 2523/2010. Resolución Gral Nº 1574/2008. Resolución de la S.I.P.
Nº 15/2016. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 179832 - s/c - 02/11/2018 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000889/2018. Córdoba, 23 de octubre del 2018. VISTO: Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 6469688, en los autos caratulados DIRECCIÓN DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ SUCESION INDIVISA DE BOLLO
GILBERTO ROMANO - PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA - EXPEDIENTE ELECTRONICO han resultado en un todo infructuosas. Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ratificar la validez del proceso judicial. Que el Artículo 10 5 de la ley 9024 conf. sustitución por Art. 3º ap. 7 Ley Nº 10117 B.O. 21.12.2012, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el numeración vigente en dicho momento - artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 1574/08 y Res.
S.I.P. 15/16. EL JEFE DE AREA DE PREJUDICIAL Y EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA CON CONTROL JUDICIAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE RENTAS R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER
al Contribuyente SUCESION INDIVISA DE BOLLO GILBERTO ROMANO
que en el/la SEC.DE GESTION COMUN DE EJECUCION FISCAL NRO 2

de la ciudad de ARTURO M. BAS 244 PBCIUDAD DE CORDOBA SECRETARIA FEDERICO MASCHIETTO EJECUCIONES FISCALES se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 25 de julio de 2017.- Al punto I:
Atento a los documentos adjuntos a la petición de fecha 11/07/2017: Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido. Al punto II: Admítase la petición inicial en los términos de lo dispuesto en el artículo 10 5 de la Ley N 9024 y sus modificatorias. Al punto V:
Téngase presente la condición tributaria manifestada. Asimismo, teniendo en cuenta los beneficios que traería aparejada la tramitación única de las presentes demandas, que han sido interpuestas en contra de un mismo demandado, respecto de un mismo tributo y a los que les corresponde idéntico trámite, entiende esta magistrada que corresponde acumular en el expediente N 6469688, los expedientes N6469689, 6469690, 6469691, 6469692, los que a partir de la fecha encontrándose cumplidos los requisitos previstos por los artículos 449 y 450 del C.P.C.se tramitaran como uno. Tómese razón en el S.A.C. Notifíquese al domicilio tributario y por edictos.-Texto Firmado digitalmente por: SMANIA Claudia Maria. FEDERICO MASCHIETTO ARTÍCULO 2º.-NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: 170530975714170530975684-170530975676-170530975692-170530975706, LIQUIDACIÓN JUDICIAL N 500750222017-500750192017-500750182017500750202017-500750212017, por la suma de pesos PESOS DIECIOCHO
MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 15/100 $18868,15 por los períodos 2012/10; 2013/10; 2014/10; 2015/10; 2016/10; 2012/20; 2013/20;
2014/20; 2015/20; 2016/20; 2012/30; 2013/30; 2014/30; 2015/30; 2016/30;
2012/40; 2013/40; 2014/40; 2015/40; 2016/40; 2012/50; 2013/50; 2014/50;
2015/50; 2016/50 para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10 6, ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO
3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. ASTRADA HUGO SEBASTIAN. Jefe de Área Prejudicial y Ejecución Fiscal con control Administrativo. Dto 2523/2010. Resolución Gral Nº 1574/2008. Resolución de la S.I.P. Nº 15/2016. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 179834 - s/c - 02/11/2018 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/11/2018 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha02/11/2018

Nro. de páginas59

Nro. de ediciones3987

Primera edición01/02/2006

Ultima edición06/06/2024

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